Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2003 (20/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, MORDAZA 20 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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mite en el presente articulo, tambien es de aplicacion para la declaracion de demolicion, salvo tratandose de inmuebles protegidos por la Ley Nº 24047; Que, es politica de la presente administracion brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales, MORDAZA de naturaleza tributaria o administrativa; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º y Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y con la dispensa de tramite de lectura y aprobacion de Acta, el Concejo por UNANIMIDAD aprobo la siguiente; ORDENANZA DE BENEFICIO DE REGULARIZACION DE EDIFICACIONES Articulo Primero.- Establezcase en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia de MORDAZA, el Programa de Regularizacion de Licencias de Construccion, Licencias de Demolicion y Habilitaciones Urbanas para edificaciones efectuadas hasta el 30 de junio del 2003. Articulo Segundo.- El procedimiento aplicable para el presente programa es el establecido en las Leyes Nº 27157 y normas reglamentarias. Articulo Tercero.- La vigencia de la ordenanza es por sesenta dias a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Los infractores que se acogen a la presente ordenanza gozan de la condonacion de las multas administrativas correspondientes. Articulo Quinto.- Se excluye el beneficio de la presente ordenanza a las edificaciones levantadas en contravencion de la normatividad sobre medio ambiente; asi como aquellos que se encuentren en MORDAZA de accion coactiva; bajo responsabilidad del Director de Desarrollo Urbano. Articulo Sexto.- Encarguese a la Direccion de Desarrollo MORDAZA a emitir las directivas correspondientes para la correcta aplicacion de la presente ordenanza. Articulo Setimo.- Encargar a la Direccion Municipal, Oficina de Imagen Institucional, Direccion de Desarrollo MORDAZA y Unidades que la integran el cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA MORDAZA 13651

por infracciones a sus disposiciones; Que, conforme a lo establecido en el Articulo 33º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, el monto del tributo no pagado dentro de los plazos senalados por Ley, devengan un interes equivalente a la Tasa de Interes Moratorio (TIM); Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 41º del Codigo Tributario establece que los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, es politica de la presente administracion brindar a sus contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales, MORDAZA de naturaleza tributaria o administrativa; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º y Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y D.S. Nº 135-99-EF - Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, con dispensa de tramite de lectura y aprobacion de Actas, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA - MORDAZA 2003 Articulo Primero.- Establezcase dentro de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia de MORDAZA, el Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa - MORDAZA 2003. Este Beneficio es para todas aquellas personas que tengan pendientes de pago sus obligaciones tributarias (tributos y multas), o no tributarias (multas administrativas), hasta el 30 de junio del 2003. Articulo Segundo.- Plazo El plazo para acogerse al Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa - MORDAZA 2003 es por quince (15) dias a partir de la publicacion de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Los Contribuyentes y/o infractores que se acojan al MORDAZA 2003 obtendran los siguientes Beneficios: CONDONACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS: 1) 100% de las Multas Tributarias. 2) 100% de los reajustes e Intereses Moratorios. 3) Gastos y costas de Cobranza Coactiva. CONDONACION DE MULTAS ADMINISTRATIVAS: 1) 100% de los reajustes e intereses moratorios. 2) 50% de la sancion impuesta hasta el 30 de junio.2003 por el pago al contado de la multa. 3) 40% de la sancion impuesta para aquellos contribuyentes que efectuen el pago en forma fraccionada hasta en seis (6) cuotas. 4) 30% de la sancion impuesta, para aquellos contribuyentes que efectuen el pago en forma fraccionada hasta en doce (12) cuotas. 5) 20% de la sancion impuesta, para aquellos contribuyentes que efectuen el pago en forma fraccionada en mas de (12) cuotas. 6) Gastos y costas de Cobranza Coactiva. Para que el contribuyente y/o infractor pueda acogerse al presente beneficio, debera adjuntar el recibo de pago de los derechos administrativos por los tramites correspondientes de regularizacion de la infraccion cometida. Articulo Cuarto.- Los Contribuyentes que hayan efectuado CONVENIO DE FRACCIONAMIENTO por deudas tributarias y administrativas podran acogerse a los beneficios establecidos en el articulo precedente solicitando en la Unidad de Recaudacion y Control la liquidacion del importe a pagar, equivalente al tributo insoluto de las cuotas impagas mas el interes de fraccionamiento devengado hasta la fecha de acogimiento. Para el caso de los contribuyentes que tengan CONVENIO DE FRACCIONAMIENTO en tramite en cobranza coactiva, la Unidad de Ejecutoria Coactiva liquidara el importe a pagar, equivalente al tributo insoluto de las cuotas impagas mas el interes de fraccionamiento devengado hasta la fecha de acogimiento. Articulo Quinto.- Para acogerse al MORDAZA 2003, bastara cancelar en la Tesoreria de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, sito en la Av. MORDAZA Mendiola Nº 169, el

Establecen beneficio de regularizacion tributaria y administrativa - MORDAZA 2003
ORDENANZA Nº 052-MDSMP San MORDAZA de Porres, 14 de MORDAZA del 2003 EL MORDAZA MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de MORDAZA de 2003, el Memorandum Nº 137-2003-OAT-SMP, de la Oficina de Administracion Tributaria, por el que remite el proyecto de Ordenanza MORDAZA 2003; y de conformidad con los Articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo ? de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la Administracion Municipal podra crear, modificar, suprimir o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley; Que, segun el Articulo 48º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las ordenanzas municipales determinan el regimen de sanciones administrativas

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