Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2003 (20/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, MORDAZA 20 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA GRILLO BOCKOS, Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos, como representante de dicho Consejo ante el Comite Binacional para la Promocion y Proteccion de los Derechos de las Personas en la Region Fronteriza Peruano-Ecuatoriana. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DODERO Ministro de Justicia 13715

cie y culmine las acciones legales que correspondan contra Jessy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de que restituya la suma de S/. 35,542.26 mas intereses de ley, a que se contrae la Resolucion Directoral Nº 1309-2001-MTC/ 15.13, conforme se senala en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 13693

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra persona natural para que restituya monto cobrado indebidamente por concepto de pension de orfandad
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 560-2003-MTC/11 MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 04122-2001/ONP-DC-20530, expedida por la Division de Calificaciones de la Oficina de Normalizacion Previsional, se declaro la caducidad del derecho a pension de orfandad a favor de Jessy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir del 29 de agosto de 1994, que le fuera otorgada por Resolucion Directoral Nº 212688-TC/CO.pe de fecha 25 de MORDAZA de 1988; Que, en aplicacion de la Resolucion Nº 04122-2001/ ONP-DC-20530, se dicto la Resolucion Directoral Nº 13092001-MTC/15.13 que establece responsabilidad pecuniaria contra Jessy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la suma de S/. 35,542.26 mas los intereses de ley, por cobro indebido de pension de orfandad (hija soltera mayor de edad) por el periodo que comprende desde el 29 de agosto de 1994 hasta el 31 de MORDAZA de 2001; Que, por Resolucion Nº 457-2002/ONP-GO se declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto por Jessy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Nº 04122-2001/ONP-DC-20530, quedando agotada la via administrativa; Que, la Resolucion Directoral Nº 1309-2001-MTC/ 15.13 no ha sido objeto de recurso administrativo impugnativo no obstante haber sido notificada con fecha 2 de octubre de 2001; Que, la Direccion de Tesoreria de la Oficina General de Administracion, con Memorandum Nº 540-2002-MTC/ 15.12.03 manifiesta que no se ha efectuado la cancelacion del monto senalado en la mencionada Resolucion Directoral; Que, en consecuencia, resulta necesaria la intervencion del Procurador Publico del MTC, para que en defensa de los intereses del Estado, ejerza las acciones legales que correspondan para restituir el monto que se le adeuda por el pago indebido a que se alude precedentemente; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667 y Decreto Supremo Nº 041-2002MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que ini-

Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Ecuador y EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 561-2003-MTC/02 MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 1053-2003-MTC/12.04-SDA, senalando que el inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, realizara una inspeccion tecnica a la aeronave Boeing 767 de matricula OB-1765 de la empresa Aerocontinente S.A., en la ruta MORDAZA - Guayaquil - Miami, como parte de su MORDAZA de certificacion ETOPS (extended twin engine range operations) de sus operaciones aereas internacionales, durante los dias 21 al 23 de MORDAZA de 2003; Que, por lo expuesto, es necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1053-2003-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a las ciudades de Guayaquil (Ecuador) / Miami (Estados Unidos de America) durante los dias 21 al 23 de MORDAZA de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del

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