Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2004 (07/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 12599 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 301-2004-JUS MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2004 Visto los Oficios Nº 1106 y 1209-2004-JUS/ PPMJ, de fechas 12 y 19 de MORDAZA del 2004, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Registros Nº 558, 614 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante los Oficios Nº 787 y 854-2004/ Z.R.NºXI-JZ, la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº XI- Sede Ica remite a la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentacion sobre indicios de comision de delito, a efecto que se expida la Resolucion Ministerial que autorice iniciar las acciones penales contra las personas que resulten responsables por la presunta comision del delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsificacion de documentos, previsto y penado en el articulo 427º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante Informes Nº 021 y 022-2004-Z.R.NºXIOL, se da cuenta a la Jefatura de la MORDAZA Registral XISede Ica sobre las solicitudes de inscripcion de Titulo Nº 2003 del 2004 y de Publicidad Registral con recibo Nº200302-407 del 2003, presentados ante el Registro de Propiedad Vehicular, en los que conforme se aprecia de los antecedentes, se adjunta documentacion supuestamente falsificada; Que, siguiendo el MORDAZA de celeridad y de conformidad con el articulo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, procede acumular dichos expedientes, en tanto guardan conexion entre si; Que, en ese sentido, y en estricta atencion a lo solicitado por la Procuraduria Publica del Ministerio de Justicia, en sus Oficios Nº 1106 y 1209-2004-JUS/ PPMJ, de fechas 12 y 19 de MORDAZA del 2004, y en virtud a los hechos que se desprenden de los Informes legales Nº 021 y 0222004-Z.R.NºXI-OL, y con el objeto de reunir las pruebas de la presunta comision del delito contra la Fe Publica y las circunstancias en que se habria realizado, corresponde recurrir a la via judicial para establecer la distinta participacion que hayan tenido los autores y otros en la ejecucion del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667;

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra los que resulten responsables conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y antecedentes del caso al Procurador Publico mencionado, para su conocimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 12600 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 302-2004-JUS MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2004 Visto los Oficios Nº 1107 y 1123-2004-JUS/ PPMJ, de fechas 11 y 12 de MORDAZA del 2004, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, Registros Nº 556, 567 y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante los Oficios Nº 199 y 213-2004- SUNARPRPU-GAL/JEF, la Jefatura del Registro Predial MORDAZA remite a la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, la documentacion sobre indicios de comision de delito, a efecto que se expida la Resolucion Ministerial que autorice iniciar las acciones penales contra las personas que resulten responsables por la presunta comision del delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsificacion de documentos, previsto y penado en el articulo 427º de nuestro ordenamiento penal sustantivo; Que, mediante Informes Nº 16 y 21-2004-SUNARPRPU-GAL-AAH, y Hojas Informativas Nº 007 y 011-2004SUNARP-RPU/OAI, se da cuenta de la elaboracion de un documento denominado Certificado Compendioso, con codigo de predio Nº P01001572, supuestamente expedido por el RPU de la Zonal Norte; asimismo se da cuenta que en la calificacion del expediente Nº 03A2022960, sobre el tramite de un procedimiento registral de inscripcion ante el RPU de la Zonal Sur, se adjunta documentacion supuestamente falsificada; Que, siguiendo el MORDAZA de celeridad y de conformidad con el articulo 149º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, procede acumular dichos expedientes, en tanto guardan conexion entre si; Que, en ese sentido, y en estricta atencion a lo solicitado por la Procuraduria Publica del Ministerio de Justicia, en sus Oficios Nº1107 y 1123-2004-JUS/ PPMJ, de fechas 11 y 12 de MORDAZA del 2004, y en virtud a los hechos que se desprenden de los Informes legales Nº 16 y 21-2004SUNARP-RPU-GAL-AAH, y con el objeto de reunir las pruebas de la presunta comision del delito contra la Fe Publica y las circunstancias en que se habria realizado, corresponde recurrir a la via judicial para establecer la distinta participacion que hayan tenido los autores y otros en la ejecucion del mismo; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para

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