Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2004 (07/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2004

competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales, planificar el Desarrollo Integral de su Region, y dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, y proponer las iniciativas legislativas correspondientes; asimismo, el articulo 36º, inciso c) de la Ley acotada, establece que son competencias compartidas "la regulacion de las actividades economicas y productivas en su ambito y nivel, correspondiente, entre otros, el sector Agricultura"; Que, los incisos c) y e) del articulo 51º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, establece como funciones de los gobiernos regionales en materia agraria, participar en la gestion sostenible del recurso hidrico en el MORDAZA de las entidades de cuencas y las politicas de la autoridad nacional de aguas y, desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdiccion; Que, con el Oficio Nº 349-2004-A.A.C.H.CH./P del 24 de junio del 2004 de la Autoridad Autonoma de MORDAZA Hidrografica Chira-Piura, el Oficio Nº 1344-2004/ GOB.REG.PIURA-DRA-P-DIA del 25 de junio del 2004, y el Oficio Nº 423-2004-JUDRCH de fecha 24 de junio del 2004, y habiendose evaluado los mismos, se establecieron las razones tecnicas y economicas por las cuales no resulta pertinente que en el presente ano se lleve a cabo la siembra de arroz en los valles del departamento de MORDAZA, a partir de la fecha y hasta el 30 de noviembre del presente ano, la misma que de realizarse pondria en riesgo la materializacion de la denominada "campana grande" y seria contraria para los propios intereses de los agricultores, en base a la realidad hidrologica del ano 2003-2004, certificada por los bajos aportes en las cuencas de la Region; Que, el Consejo Regional de Desarrollo Agrario (CORDA) creado por Ordenanza Regional Nº 025-2003/GRP-CR, modificadas por las Ordenanzas Regionales Nº 024 y Nº 032-2004/GRP-CR, tiene como mision planificar, ordenar y promover la produccion agraria en la region, constituyendose en un instrumento de concertacion entre los representantes de los productores agrarios, el estado y las instituciones vinculadas e interesadas en el desarrollo agrario; Que, el Consejo Regional de Desarrollo Agrario en su Sesion de fecha 15 de junio del 2004, confirmada el 25 de junio del presente ano, ha acordado proponer la emision de la Ordenanza Regional que prohiba la siembra de arroz en los valles del departamento de MORDAZA, a partir de la fecha y hasta el 30 de noviembre del presente ano; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesion Extraordinaria Nº 12, de fecha 30 de junio del 2004, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE PROHIBE LA SIEMBRA DE ARROZ EN LOS VALLES DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA, A PARTIR DE LA FECHA Y HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE ANO Articulo Primero.- Declarar prohibida la siembra de arroz en los valles del departamento de MORDAZA, a partir de la fecha y hasta el 30 de noviembre del presente ano, y disponer que la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA promueva la siembra de cultivos alternativos. Articulo Segundo.- Disponer que, la Direccion Regional de Agricultura de MORDAZA en coordinacion con la Autoridad Autonoma de la MORDAZA Hidrografica del Chira-Piura, las Autoridades Locales de Agua (Administraciones Tecnicas de los Distritos de Riego) y las Juntas de Usuarios, velen por el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- En caso de incumplimiento de lo estipulado en la presente Ordenanza, se aplicaran las sanciones establecidas en la normatividad vigente. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion.

En MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 12534

Declaran feriado no laborable el dia 13 de MORDAZA de 2004, en el departamento de MORDAZA
ORDENANZA QUE DECLARA FERIADO NO LABORABLE EL DIA 13 DE MORDAZA DEL ANO 2004 EN EL DEPARTAMENTO DE MORDAZA ORDENANZA REGIONAL Nº 044-2004/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificatoria - Ley Nº 27902; y demas normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 3º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, establece que los gobiernos regionales tienen jurisdiccion en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; Que, el inciso k) del articulo 47º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, establece como funciones en materia de educacion, cultura, ciencia, tecnologia, deporte y recreacion de los gobiernos regionales promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones artisticas y culturales de la region, en coordinacion con los Gobiernos Locales; Que, la MORDAZA de MORDAZA es Subsede de los encuentros futbolisticos de la Copa MORDAZA, evento de trascendencia internacional y que permitira dar a conocer las bondades que ofrece nuestro MORDAZA y principalmente nuestra Region; esto, MORDAZA al trabajo conjunto de los Gobiernos: Central, Regional y Local, ademas del apoyo de la empresa privada, lo que ha permitido la ampliacion y remodelacion del estadio MORDAZA Grau para estar a la altura de las exigencias que el evento requiere; Que, simultaneamente a los encuentros futbolisticos del Campeonato de la Copa MORDAZA, la Comision Organizadora de este evento en la MORDAZA de MORDAZA ha programado la realizacion de diversos eventos culturales, esto con la finalidad de dar a conocer a los turistas las potencialida-

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