Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2004 (07/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2004

tablecidos por el articulo 250º del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, como son: 1. Ser peruano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de veinticinco anos de edad; 2. Tener titulo profesional de Abogado; 3. Haber servido ininterrumpidamente durante mas de dos anos como Relator o Secretario de Sala de la Corte Superior o haber ejercido la abogacia o desempenado docencia universitaria en disciplina juridica, por igual termino; 4. No estar incurso en ninguna incompatibilidad establecida por ley. Ademas de los requisitos senalados en los incisos precedentes, se les exigira, los senalados en el articulo 58º del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 010-2004-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, como son: a) Tener una antiguedad no menor de dos (2) anos de servicio ininterrumpido en la Institucion. b) No haber ascendido en los ultimos dos semestres. c) No haberse hecho acreedor de medida disciplinaria en el ultimo semestre; y, d) Ser personal del Poder Judicial. CAPITULO III EL CONCURSO Articulo 6º.- Etapas del Concurso.- El concurso interno para cubrir las plazas vacantes presupuestadas de Relatores y Secretarios de las MORDAZA Permanentes de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, constara de cuatro (4) etapas: Convocatoria, Inscripcion, Evaluacion y Nombramiento. Articulo 7º.- Convocatoria.- El MORDAZA de Concurso Interno se inicia con la convocatoria, que se efectuara mediante avisos publicados, durante tres (3) dias habiles consecutivos, en la pagina web del Poder Judicial; asi como, en lugares visibles de cada una de las Cortes Superiores de Justicia y de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. Todas las publicaciones deberan efectuarse el mismo dia a nivel nacional, para no alterar el cronograma del concurso, bajo responsabilidad de los Administradores. El aviso de convocatoria contendra obligatoriamente el cronograma del concurso y senalara el lugar, fecha y hora limite para la recepcion de las solicitudes de inscripcion que se presenten. Articulo 8º.- La Inscripcion.- La etapa de inscripcion y MORDAZA de expedientes por parte de los postulantes tiene una duracion de tres (3) dias habiles y se iniciara a partir del dia habil siguiente posterior a la MORDAZA publicacion de la convocatoria, en la Oficina de Tramite Documentario de la Secretaria General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Los postulantes deberan presentar una carpeta que contendra los siguientes documentos: 1.- Solicitud dirigida al Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, indicando el cargo al que se postula, 2.- Curriculum Vitae documentado, actualizado y debidamente foliado; 3.- MORDAZA de documento de identificacion personal con MORDAZA de haber votado en las ultimas elecciones, o en su caso, con la dispensa respectiva; 4.- MORDAZA legalizada del Titulo profesional de abogado; 5.- MORDAZA del Colegio de Abogados en el que se encuentra agremiado, con indicacion de la fecha de incorporacion y de habilitacion; 6.- Declaracion Jurada de acuerdo al formato del Anexo. Articulo 9º.- Doble Inscripcion.- Los servidores que se inscriban al Concurso Interno, solo podran postular a una plaza de las 5 convocadas, en el caso de comprobarse una doble inscripcion, seran descalificados. Articulo 10º.- La Alteracion o Falsedad de Documentos.- La alteracion o falsedad de algun documento o MORDAZA,

asi como su adulteracion o falsificacion, descalifica automaticamente al participante en el Concurso, cualquiera sea la etapa en que se encuentre, sin perjuicio de las sanciones y acciones legales a que hubiera lugar, de acuerdo a ley. Articulo 11º.- La Evaluacion.- El MORDAZA de evaluacion comprende tres fases: 11.1. Calificacion Curricular. 11.2. Evaluacion de Conocimientos. 11.3. Entrevista Personal. Las fases son eliminatorias y excluyentes, significando ello que solo continuaran en el MORDAZA aquellos que aprueben cada una de las fases en forma progresiva y conforme al orden establecido en el presente reglamento. El plazo MORDAZA de esta etapa sera de 12 dias habiles, correspondiendo a cada fase: a) Evaluacion Curricular: 5 dias habiles. Los resultados se publicaran al dia siguiente habil del vencimiento del plazo. b) Evaluacion de Conocimientos: 1 dia habil. Se realizara luego de transcurridos 3 dias habiles desde el dia siguiente a la publicacion de los resultados. c) Entrevista Personal: 2 dias habiles. Los plazos senalados precedentemente, podran, ser variados segun las circunstancias que se presenten, por acuerdo del Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo 12º.- Calificacion Curricular.- En esta fase, se tomara en cuenta el grado de instruccion o formacion profesional, el nivel de conocimientos y experiencia en cargos de igual o similar responsabilidad en Instituciones Publicas y Privadas. a) Aspectos Academicos: (puntaje MORDAZA acumulable 10 puntos). 1. Doctorado: 03 puntos. 2. Maestria: 02 puntos. 3. Titulo Profesional de Abogado: 05 puntos. 4. Cursos y Seminarios en la especialidad: 03 puntos. (0.2 por cada uno) 5. Conocimientos de Informatica, a nivel de usuario: 02 puntos. 6. Idiomas: 01 puntos. b) Experiencia Laboral: (puntaje MORDAZA acumulable 10 puntos). 1. Relator o Secretario de Sala Suprema o Superior: 10 puntos. (02 puntos por ano) 2. Secretario de Juzgado: 08 puntos. (02 puntos por ano) 3. Ejercicio Libre de la Abogacia: 08 puntos. (02 puntos por ano) El postulante que obtenga en esta evaluacion menos de 10 puntos (sumados los items a y b) quedara descalificado. Articulo 13º.- Evaluacion de Conocimientos.- La prueba es objetiva. Sera elaborada por la Comision designada por el Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial o a quien este delegue. Para la asignacion de puntajes se utilizaran los siguientes rangos: Nota de 11 a 13 Nota de 14 a 16 Nota de 17 a 19 Nota 20 : : : : 05 puntos 15 puntos 20 puntos 30 puntos

La nota minima aprobatoria es de 11. El postulante que obtenga menos de esa nota quedara descalificado. Articulo 14º.- Evaluacion Personal.- Esta evaluacion sera desarrollada por el Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a traves de una entrevista personal.

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