Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2004 (07/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2004 Candidato promedio Candidato Superior Candidato Excelente : 10 puntos : 20 puntos : 30 puntos

NORMAS LEGALES

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El postulante que obtenga menos de 10 puntos quedara descalificado. Articulo 15º.- Cuadro de Evaluacion.- El Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, elaborara un Cuadro de Evaluacion en el que se consignara, en orden de puntaje alcanzado, la relacion de postulantes que aprobaron la fase de evaluacion. El Cuadro de Evaluacion se publicara en la misma forma que la convocatoria, al culminar cada fase de la evaluacion con la relacion de postulantes calificados y los descalificados, en estricto orden de meritos. Se publicara tambien al concluir todo el MORDAZA de evaluacion con los resultados finales. Articulo 16º.- Del Nombramiento.- El Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, una vez concluido el Concurso Interno, procedera a la emision de las respectivas resoluciones administrativas de designacion en los cargos. Disponiendo que la Gerencia General celebre los respectivos contratos, en los terminos establecidos en el articulo 2º del presente Reglamento. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Los servidores que se hayan inscrito en la convocatoria previa del 2003, podran participar en el concurso que se convoque y seran evaluados conforme al presente Reglamento, pudiendo completar los documentos de su Curriculum MORDAZA dentro de los plazos que establecera el Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para el resto de postulantes. Segunda.- Los postulantes que resulten ganadores del Concurso Interno deberan presentar a la Gerencia General (Gerencia de Personal y Escalafon Judicial) en el plazo de 5 dias habiles de publicados los resultados, lo siguientes documentos: a) Certificado de Antecedentes Penales; b) Certificado de Antecedentes Judiciales; c) Partida de Nacimiento; d) Certificado de Salud otorgado por entidad oficial Tercera.- El presente reglamento podra ser utilizado en las convocatorias posteriores a este Concurso Interno, para cubrir las plazas vacantes de Secretarios y Relatores de las MORDAZA de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. DECLARACION JURADA DEL POSTULANTE Yo,................................................................, con DNI Nº............................, con domicilio legal en ..................................., Distrito ............................, Provincia ...................................... y Depar tamento.............................; de conformidad con lo dispuesto por el articulo 42º de la Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General, DECLARO BAJO JURAMENTO LO SIGUIENTE: a) Que no registro antecedentes penales o judiciales; b) Que no me encuentro suspendido, separado o destituido en cargo judicial; c) Que no se sido destituido de ningun cargo publico ni he sido despedido de la actividad privada por infraccion disciplinaria grave; d) Que no he renunciado de la funcion publica con incentivos en los ultimos cinco (5) anos; e) Que no tengo incompatibilidad por razon de parentesco de acuerdo a ley f) Que poseo buena salud; g) Que, no tengo impedimento para contratar con el Estado; h) Que conozco, acepto y me someto al reglamento del concurso;

i) Que soy responsable de la veracidad de los documentos e informacion que presento para efectos de ser considerado postulante; j) Que conoce las sanciones previstas en el articulo 428º del Codigo Penal para las declaraciones falsas. .......................... Firma 12628

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Constituyen Comision Especial para la designacion de Jueces de Paz de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 05-2004-CED-CSJLI/PJ MORDAZA, 14 de junio del 2004 VISTO: El Informe presentado por la Comision de Asuntos de Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolucion Administrativa Nº 019-2004-CE-PJ del 5 de febrero del 2004 y su respectiva modificatoria Resolucion Administrativa Nº 063-2004-CE-PJ del 31 de marzo del ano en curso, ha aprobado el Reglamento Transitorio de Designacion de Jueces de Paz, el mismo que establece los lineamientos para la designacion de los Jueces de Paz en tanto no se implemente lo dispuesto por la Ley de Eleccion Nacional de Jueces de Paz Nº 27539 y Ley Nº 28035; Que, el glosado Reglamento Transitorio establece dos formas para la designacion de Jueces de Paz: primero reconoce el derecho de las Comunidades Campesinas y Nativas a designar a sus Jueces de Paz segun sus usos y costumbres; y, en MORDAZA lugar establece la eleccion de Jueces de Paz de los distritos geograficos, senalando que su designacion debe sujetarse al MORDAZA que se describe en dicha norma; Que, la Corte Superior de Justicia de MORDAZA cuenta con Jueces de Paz en comunidades campesinas y en distritos geograficos ubicados en las provincias de MORDAZA y Huarochiri; Que, segun el articulo 4º del Reglamento, el organo responsable y encargado de llevar a cabo la designacion de los Jueces de Paz en cada sede distrital del Poder Judicial es el Consejo Ejecutivo Distrital o la Sala Plena que haga sus veces; Que, corresponde al Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA elegir en su seno una Comision Especial para los efectos de la designacion de Jueces de Paz, la que estara conformada por no menos de dos integrantes del Consejo; Que, la Corte Superior de Justicia de MORDAZA cuenta con una Comision de Asuntos de Justicia de Paz la misma que se ha venido encargando de coordinar todas las acciones relacionadas a eleccion y designacion de Jueces de Paz, apoyo y capacitacion, por lo que resulta necesario que preste apoyo en este MORDAZA de designacion de Jueces de Paz; Que el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA esta integrado actualmente por cinco miembros, razon por la cual es necesario adecuar la conformacion de la Comision Especial con magistrados que son parte de la Comision de Asuntos de Justicia de Paz, en forma tal que se observe adecuadamente el MORDAZA de la doble instancia en los procedimientos recursivos que puedan generarse al interior del MORDAZA de designacion de los Jueces de Paz;

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