Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2004 (07/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2004

Visto el Informe Nº 099-04-DR/MDLV de fecha 24 de junio del 2004, por el que el Director de Rentas solicita la ampliacion de Beneficio Especial Tributario para la obtencion de Autorizacion Municipal de Funcionamiento otorgado por Ordenanza Municipal Nº 006-03-MDLV de fecha 17 de setiembre del 2003; CONSIDERANDO: Que, por Oficio Nº 389-04-DAJ/MDLV de fecha 1 de MORDAZA del 2004, la Direccion de Asesoria Juridica opina por la procedencia de la Ampliacion del Beneficio Especial Tributario para la obtencion de Autorizacion Municipal de Funcionamiento, toda vez que por mandato Constitucional y la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, concordante con el Decreto Legislativo Nº 776, es atribucion y prerrogativa Municipal conceder dichos beneficios tributarios; Que, por Ordenanza Nº 006-03-MDLV de fecha 17 de setiembre del 2003, su modificatoria Ordenanza Nº 00803-MDLV de fecha 16 de octubre del 2003 y su ampliatorio Decreto de Alcaldia Nº 019-04-MDLV de fecha 23 de marzo del 2004, se otorgo el Beneficio Especial Tributario consistente en la Rebaja de un promedio del 50% de los costos actuales, para la obtencion de Autorizacion Municipal de Funcionamiento en el distrito de La MORDAZA, precisandose las escalas correspondientes para la Autorizacion Provisional (12 meses), y la Autorizacion Definitiva; Beneficio que se otorgo por el plazo de 30 dias habiles computados a partir del dia siguiente de su publicacion; Que, en la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 006-03/MDLV de fecha 17 de setiembre del 2003, se faculto al MORDAZA a fin de que por intermedio de Decreto de Alcaldia amplie el referido Beneficio; Que, por Decreto de Alcaldia Nº 025-04-MDLV de fecha 14 de MORDAZA del 2004, se amplio el Beneficio MORDAZA referido por el lapso de 30 dias habiles con efectos desde el 23 de MORDAZA del 2004; Que, el Beneficio Especial Tributario otorgado ha tenido una respuesta positiva por parte de los senores comerciantes; sin embargo muchos de ellos, por diversas razones no han podido acogerse a estas facilidades y requieren de una nueva oportunidad a fin de poder formalizar su situacion con la obtencion de la Autorizacion Municipal de Funcionamiento correspondiente; Que, estando a la facultad otorgada en la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 006-03-MDLV de fecha 17 de setiembre del 2003 y de conformidad con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Legislativo Nº 816, al Articulo 83º inciso 3.3.6 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, a la Ley Nº 28015 - Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa y con las atribuciones conferidas en el Articulo 20º inciso 6) de la Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Ampliese el plazo de vencimiento del Beneficio Especial Tributario en el distrito de La MORDAZA, para la obtencion de Autorizacion Municipal de Funcionamiento que fuera otorgado por Ordenanza Nº 006-03MDLV de fecha 17 de setiembre del 2003, publicada con fecha 25 de setiembre del 2003, a su modificatoria Ordenanza Nº 008-03-MDLV de fecha 16 de octubre del 2003, publicada con fecha 9 de noviembre del 2003 y el Decreto de Alcaldia Nº 025-04-MDLV de fecha 14 de MORDAZA del 2004 publicado con fecha 23 de MORDAZA del 2004. Articulo Segundo.- El Beneficio Especial Tributario a que se refiere el Articulo Primero del presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion por el lapso de 30 dias habiles. Articulo Tercero.- La Direccion de Rentas, queda encargada de su debido cumplimiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 12635

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Declaran en situacion de urgencia el suministro de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 056-2004/MDPN Punta Negra, 30 de junio del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUNTA NEGRA VISTO: en Sesion Ordinaria de Concejo del 30 de junio del 2004, el Informe Nº 001-2004-CE/MDPN del Comite Especial y el Informe Nº 096-2004-OAL/MDPN de la Oficina de Asuntos Legales, recomendando declarar situacion de urgencia al abastecimiento de insumos para el Programa del Vaso de Leche del distrito de Punta Negra; CONSIDERANDO: Que, habiendose definido el MORDAZA de alimento por parte de sus beneficiarios, para la atencion del Programa del Vaso de Leche del distrito de Punta Negra, conforme lo senala el Comunicado Nº 001-2003(PRE) del CONSUCODE numeral.3 el cual taxativamente dispone que de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 27470, modificada mediante Ley Nº 27712, constituye facultad de los beneficiarios del Programa de Vaso de Leche elegir el MORDAZA de insumos que se adquirira para la ejecucion del precitado programa; Que, mediante Informe Nº 001-2004-CE/MDPN, del Comite Especial; encargado del MORDAZA para la adquisicion de insumos del programa del Vaso de Leche, se indica que el contrato con el cual se viene abasteciendo el programa, vence indefectiblemente en el mes de junio del presente ano, por lo tanto se hace necesario tomar acciones inmediatas que eviten el desabastecimiento de productos al citado programa, MORDAZA las serias implicancias que conllevarian su paralizacion o interrupcion para la salud de los MORDAZA de ninos beneficiados, en tanto se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, de acuerdo al Informe Nº 096-2004-OAL/MDPN emitido por la Oficina de Asuntos Legales, senala que el analisis a los elementos sustentados por el Comite Especial, justifican al MORDAZA de los articulos 19º y 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, declarar en situacion de Urgencia la adquisicion de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche por 31 dias calendario, debiendo ser aprobado por Acuerdo de Concejo de conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, es imprescindible declarar la situacion de urgencia del abastecimiento de productos del Programa del Vaso de Leche, a fin de asegurar la provision de productos al programa en mencion, y adoptar acciones inmediatas para atender en forma normal las raciones diarias que demanda el Programa del Vaso de Leche, de conformidad con la Ley Nº 27470 y su modificatoria la Ley Nº 27712; Que, el articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001PCM, sobre Exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o adjudicacion Directa, senala en el inciso c. que estan exonerados del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de Emergencia o de Urgencia declaradas de conformidad con la presente ley; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 21º de la acotada ley, se considera situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la con-

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