Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2004 (07/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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tinuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, lo que faculta a esta a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesarios para efectuar el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-PCM, modificado por el D.S. Nº 0792001-PCM, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable a fin de paliar la Urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones correspondientes; Que, el articulo 20º de la acotada MORDAZA, senala que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizan mediante el MORDAZA de Adquisicion de Menor Cuantia, debiendo aprobarse la exoneracion por Acuerdo de Concejo, el cual debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles de su emision; igualmente debe remitirse MORDAZA del Acuerdo de Concejo y de los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por Unanimidad; ACUERDA: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de urgencia, hasta por 31 dias calendario, el suministro de Productos Alimenticios para el Programa de Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion correspondiente, segun el siguiente detalle:
ITEMS Item I: Item II: PRODUCTO Leche Evaporada Entera en Lata Hojuela de Quinua enriquecida CANTIDAD 5,319 Unid. de 410 684.29 Kilogramos TOTAL MONTO S/. 9,255.06 S/. 2,668.73 S/. 11,923.79

Que, las municipalidades son los organos de gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo competentes para administrar sus bienes y rentas, segun lo establecen los articulos 194º y 195º, numeral 3, de la Constitucion Politica, modificada por Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; Que, el articulo 36º del TUO del Codigo Tributario, aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, faculta a la Administracion Tributaria, en casos particulares, conceder aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria al deudor tributario que lo solicite; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 10-98-ALC/ MSI de fecha 12 de MORDAZA de 1998, se aprobo el Reglamento para la aplicacion del Aplazamiento y/o fraccionamiento de Deudas Tributarias dentro del distrito de San MORDAZA, modificado por los Decretos de Alcaldia Nº 0032000-ALC/MSI y Nº 001-2001-ALC/MSI, de fecha 23 de agosto de 2000 y 27 de febrero de 2001, respectivamente; Que, por otra parte, el ejercicio de la capacidad sancionadora reconocida por los articulos 46º y47º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, implica tambien la facultad de establecer facilidades para el pago fraccionado de la multa administrativa, la cual se encuentra prevista en el MORDAZA parrafo del articulo 22º del Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de San MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 071-MSI; Que, en consecuencia, es conveniente aprobar un MORDAZA Reglamento a efecto de facilitar el pago de la deuda tributaria y no tributaria; Estando al Informe Nº 476-2004-15-OAJ/MSI de la Oficina de Asesoria Juridica, los Informes Nº 071-2004-17GREN/MSI y Nº 123-2004-17.3-SRC-GREN de la Gerencia de Rentas y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º y el Articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Fraccionamiento de Deuda Tributaria y No Tributaria, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto y consta de once (11) Capitulos, cuarenta y tres (43) Articulos, tres (3) Disposiciones Finales y tres (03) Anexos. Articulo Segundo.- DEROGAR el Decreto de Alcaldia Nº 10-98-ALC/MSI de fecha 12 de MORDAZA de 1988, y sus modificatorias aprobadas por Decreto de Alcaldia Nº 003-2000-ALC/MSI y Nº 001-2001-ALC/MSI, de fecha 23 de agosto de 2000 y 27 de febrero de 2001, respectivamente. Dado en San MORDAZA, a los dos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS O NO TRIBUTARIAS CAPITULO I

Articulo Segundo.- La fuente de financiamiento correspondiente es la de Transferencias Internas del Sector Publico: Programa Vaso de Leche. Articulo Tercero.- Encargar al Area de Abastecimientos, la adquisicion mediante el MORDAZA de Menor Cuantia, de conformidad a lo establecido por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y su notificacion a la Contraloria General de la Republica, el presente Acuerdo de Concejo, dentro de los diez dias siguientes a su fecha de aprobacion. Articulo Quinto.- Encargar el fiel cumplimiento del presente Acuerdo a las Areas que correspondan. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LI MORDAZA Alcaldesa 12540

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deuda Tributaria y No Tributaria
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2004-ALC/MSI EL MORDAZA DE SAN MORDAZA

FINALIDAD Y DEFINICIONES Articulo 1º.- FINALIDAD El presente Reglamento tiene por finalidad establecer los procedimientos, requisitos y condiciones para acogerse al fraccionamiento de la deuda tributaria o no tributaria devengadas, registradas en el Sistema de Gestion de la Gerencia de Rentas, dejando a salvo el derecho que conforme a ley, corresponde a la Municipalidad.

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