Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2005 (24/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 24 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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cultivada correspondiendo al programa especial de titulacion -PETT su calificacion de Ley. Articulo 3º.- El area por el cual se solicita el otorgamiento de dicha MORDAZA, se expedira siempre y cuando se acredite la vivencia real del solicitante. Articulo 4º.- No podra otorgarse la MORDAZA de posesion a areas menores de 45 m2 (minimo habitable). Articulo 5º.- No se otorgara la respectiva MORDAZA de posesion, si se involucra areas de usos publicos, llamese vias, MORDAZA, aportes, zonas intangibles (restos arqueologicos, caminos de vigilancia de los MORDAZA de regadio, margenes de los rios); de igual forma aquellos que se encuentran ubicados en zonas de riesgo; de acuerdo al informe tecnico de Defensa Civil. Articulo 6º.- Toda persona que solicite MORDAZA de posesion debe presentar los siguientes documentos: a) Plano de ubicacion catastral del predio expedido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA Rural y Medio Ambiente. b) Declaracion jurada de no existir MORDAZA judicial sobre derecho de propiedad del inmueble, bajo sancion de nulidad. c) Demas requisitos establecidos en el TUPA. d) Inspeccion ocular de DURMA e) En caso de no contar con la documentacion anterior, y en los casos especiales que lo determine la Gerencia de Desarrollo MORDAZA , Rural y Medio Ambiente, siempre y cuando se acredite una posesion de 5 anos, debera de incluirse la encuesta de los vecinos, quienes daran fe de la real vivencia del solicitante. Articulo 7º.- El interesado debera acreditar una antiguedad de 3 anos, pudiendo utilizar indistintamente, cualquier documento por escrito que demuestre en forma indubitable tal condicion. Ademas debera de contar con el Certificado de Zonificacion aprobado por la Municipalidad. Articulo 8º.- Constituye prerrequisito, la Inspeccion Ocular para el tramite de otorgamiento de MORDAZA de posesion; documento que sera expedido en el termino de 15 dias. Articulo 9º.- Areas mayores de 1,000 m2, pagara adicionalmente el 50% pudiendo utilizar todo documento escrito que senale tal condicion. Articulo 10º.- Las constancias de posesion catastral, se entregaran a titulo personal e individual, para aquellos pobladores informales que se encuentren en los planos aprobados por la Municipalidad de Pachacamac. Que, para el caso de las ampliaciones, estas deberan tener una Junta Directiva reconocida por sus pobladores y la Municipalidad, la misma que en su conjunto debera presentar un plano de ubicacion y lotizacion con los lotes respectivos y vivencia efectiva debidamente firmados por el profesional responsable, asi mismo deberan contar con los requisitos establecidos en Art. 7º de la presente ordenanza. Articulo 11º.- En los casos de personas naturales, que hayan adquirido el inmueble materia de posesion, por documento privado de compraventa, sera suficiente el documento de transferencia que le acredite tal condicion, para tal fin deberan previamente inscribirse en el Padron de Contribuyentes. Articulo 12º.- Los costos de los derechos administrativos, se sujetaran a lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigentes de la Municipalidad de Pachacamac. Articulo 13º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA Rural y Medio Ambiente, Gerente de Rentas y a la Secretaria General para su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE POBLET Alcaldesa 14634

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de leche evaporada para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 042-2005-MDPP MORDAZA MORDAZA, 12 de agosto de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA VISTOS: En la Sesion Extraordinaria de Concejo del 12 de agosto del 2005, sobre la Situacion de Desabastecimiento Inminente del Insumo de la Leche Evaporada Entera de 410 gr. del Programa del Vaso de Leche del distrito de MORDAZA Piedra. CONSIDERANDO: Que, en la Sesion de Concejo Extraordinaria de Concejo del 12 de agosto del 2005, sobre la Situacion de Desabastecimiento Inminente del Insumo de la Leche Evaporada Entera de 410 gr. del Programa del Vaso de Leche del distrito de MORDAZA MORDAZA asi como el Informe Nº 138-2005-GAJ/MDPP del 4-8-2005, de la Gerencia de Asesoria Juridica el cual declara Procedente la Situacion de Desabastecimiento Inminente, solicitada por la Jefe del Programa del Vaso de Leche; Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 0268-2005-MDPP del 15-6-2005 se procedio a designar al Comite Especial de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA encargado de llevar a cabo los procesos de adjudicacion directa y adjudicacion de menor cuantia dentro del MORDAZA del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del distrito de MORDAZA MORDAZA para el ano 2005; Que, con Resolucion de Gerencia Nº 033-2005-GPPR/ MDPP del 24-6-2005 se aprobo las Bases Administrativas para la Licitacion Publica Nº 002-2005-CE/MDPP "Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche" de la Municipalidad de MORDAZA Piedra; Que, de acuerdo al calendario aprobado en las Bases Administrativas, el 24-6-2005 se convoca al MORDAZA de seleccion submateria, del 27-6-2005 al 21-7-2005 el Registro de Par ticipantes, del 27-6-05 al 4-7-05 MORDAZA de Consultas, el 7-7-2005 la absolucion de consultas, del 8-7-05 al 12-7-05 la Formulacion de Obser vaciones y el 15-7-05 la absolucion de observaciones; Que, con Carta s/n de fecha 18/7/2005, el postor Nutrial S.A.C., de conformidad con el articulo 116º del D.S. Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en adelante el Reglamento, solicita se eleven las observaciones al CONSUCODE, debido a que sus observaciones no fueron acogidas por el Comite Especial, por lo que dicho colegiado procedio a elevarla con documento de fecha 20/7/2005; Que, con Oficio Nº 521/GTN/ATN del 1/8/2005 la Gerencia Tecnica Normativa del CONSUCODE solicita al Comite Especial que le remita lo actuado en el MORDAZA de seleccion, el mismo que ya habia sido remitida en su oportunidad, por lo que con documento de fecha 3/8/2005 se le hace mencion a ello; Que, con Informe Nº 0140-05-PAVL/MDPP la Jefa del Programa del Vaso de Leche de esta Entidad, senala que como consecuencia de haber sido observada las Bases Administrativas de la Licitacion Publica Nº 002/2005-CE/ MDPP para la Adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche, por uno de los postores, resulta evidente que el CONSUCODE tomara el tiempo de Ley para pronunciarse, lo mismo que el Comite Especial para continuar con el procedimiento, por lo que comunica que el stock que existe en el almacen del Programa del Vaso de Leche, esta garantizado hasta el 14/8/2005, advirtiendo que a partir de esta fecha el programa se MORDAZA afectado por un inminente desabastecimiento;

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