Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2005 (24/08/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de agosto de 2005

impuestos de Ley, tasas y multas por concepto de obras civiles efectuadas por diversas empresas sin autorizacion municipal aduciendo convenios con el gobierno nacional y/o diversos beneficios de caracter tributario, asi como los deudores y/o subvaluantes de cualquier clase de tributos, tasas, derechos o multas. Asi mismo manifiesta que la municipalidad no cuenta con un organo competente para la labor de fiscalizacion a MORDAZA empresas por la alta especializacion y sofisticacion necesarias para acometer este trabajo, por lo que se solicita la contratacion inmediata con caracter de urgente de personas naturales o juridicas altamente especializadas en brindar servicio de asesoria, soporte y apoyo en los procedimientos de fiscalizacion tributaria, no tributaria y administrativa, que a la vez tengan solvencia economica para asumir los gastos que demande el servicio requerido, y que en retribucion la municipalidad le abone el 33% incluido IGV del monto recaudado producto del servicio detallado; Que, el Informe Nº 034-2005-OAL/MCPNP-H de fecha 21 de junio del 2005, de la Oficina de Asesoria Legal, quien opina que es legal la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion por causal de servicios personalisimos de personas naturales o juridicas para brindar servicio de asesoria, soporte y apoyo en los procedimientos de fiscalizacion tributaria y no tributaria; Que, el Informe Nº 005-2005-GM/MCPNP-H de fecha 22 de junio del 2005, la Gerencia Municipal que remite el sustento tecnico y legal sobre la necesidad de exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion inmediata de personas naturales o juridicas para brindar los servicios invocados en los considerandos precedentes; Estando a las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los articulos 9º, 20º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades con el MORDAZA mayoritario; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, para la contratacion de personas naturales o juridicas que se considere necesario bajo la causal de servicios personalisimos para que brinden servicios de asesoria, soporte y apoyo en los procedimientos de fiscalizacion tributaria, no tributaria y administrativa de los principales contribuyentes que corresponden a la jurisdiccion, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente acuerdo. Articulo Segundo.- Autorizar al senor MORDAZA que bajo la causal de servicios personalisimos realice la contratacion de personas naturales o juridicas que MORDAZA necesarias y que cumplan con los requisitos establecidos para la prestacion de los servicios descritos en la parte considerativa del presente, por el termino de UN ANO computados a partir de la suscripcion

del contrato, cuyo valor referencial es el 33% incluido IGV del monto que se recaude sin limite considerando que se trata de la generacion y recuperacion de rentas no presupuestadas por la municipalidad. Articulo Tercero.- Facultar a la Gerencia Municipal en coordinacion con las Gerencias y Areas correspondientes de la municipalidad realizar las modificaciones pertinentes en el nivel institucional. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los (10) DIEZ DIAS habiles, asi como remitir a la Contraloria General de la Republica y demas entidades pertinentes, anexando el informe tecnico y legal que dieron origen al presente acuerdo, dentro del plazo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo Quinto.- DISPENSAR del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta para el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA SANTILLANA MORDAZA 14646

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil sobre facilidades para el ingreso y MORDAZA de sus nacionales en sus territorios"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/233, comunica que el "Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil sobre facilidades para el ingreso y MORDAZA de sus nacionales en sus territorios", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, el 10 de febrero de 2004, ratificado por Decreto Supremo Nº 052-2004-RE, de 31 de agosto de 2004, publicado el 1 de setiembre del mismo ano. El texto del Acuerdo fue publicado el 2 de setiembre de 2004. Entrara en vigencia el 15 de setiembre de 2005. 14710

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- MORDAZA
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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