Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2005 (05/12/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 5 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 305609

area es de 5,233 ha., ubicada en el Bosque de Produccion Permanente de Ucayali; suscribiendo en el ano 2003, la adenda al referido contrato, mediante la cual las partes acuerdan modificar diversas clausulas del mismo; Que, asimismo, con fecha 26 de septiembre de 2003, las referidas partes suscriben el Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-033-03, para el aprovechamiento de los recursos forestales de las Unidades de Aprovechamiento Nºs. 197 y 198, cuyas areas son de 7,377 ha. y 5,063 ha. respectivamente, ubicadas en el Bosque de Produccion Permanente de Ucayali; Que, por ultimo, con fecha 2 de octubre de 2003, el INRENA y el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, suscriben el Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-064-03, para el aprovechamiento de los recursos forestales de la Unidad de Aprovechamiento Nº 194, cuya area es de 6,163 ha., ubicada en el Bosque de Produccion Permanente de Ucayali; Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 0272005-INRENA-IFFS, de fecha 11 de febrero de 2005, se aprueba el Plan General de Manejo Forestal consolidado para los 3 contratos de concesion forestal con fines maderables, suscritos por el concesionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en una superficie de 23,836 ha., cuya area se ubica en el distrito de Iparia, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 0312005-INRENA-IFFS, de fecha 16 de febrero de 2005, se aprueba el Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra correspondiente a los tres Contratos de Concesion Forestal con Fines Maderables suscritos por el concesionario en mencion, en una superficie de 1,188 ha., cuya area se ubica en el distrito de Irazola, provincia de MORDAZA Por tillo, depar tamento de Ucayali; aprobandose, entre otras especies, un total de 28 arboles de caoba y 64 arboles de cedro, con un volumen total de 328.77 m3 y 361.50 m3, respectivamente; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 121-2005INRENA, de fecha 1 de junio de 2005, se autoriza la conformacion de cuatro brigadas de trabajo y una Comision de Asesoramiento que permitan a las Autoridades Administrativa y Cientifica CITES Peru, y a la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables - OSINFOR, la implementacion del articulo IV de la CITES en lo relativo a la especie caoba, en el departamento de Ucayali, designandose a sus miembros; Que, al ampliarse las areas de verificacion en el departamento de Ucayali, mediante Resolucion Jefatural Nº 202-2005-INRENA, de fecha 22 de agosto de 2005, se autoriza, en vias de regularizacion con efectividad al 6 de MORDAZA de 2005, a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, la conformacion de dos brigadas de trabajo y una Comision de Asesoramiento que permitan en una MORDAZA etapa a la Autoridad Administrativa CITES Peru y a la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables OSINFOR, la implementacion del articulo IV de la CITES en lo relativo a la especie caoba, en el departamento de Ucayali, designandose a sus miembros; Que, los dias 12 y 13 de junio de 2005, la Brigada Nº 1 fase 2, ingresa a la Parcela de Corta Anual, correspondiente al Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra de los Contratos de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 25-PUC/C-J-090-02, 25-PUC/C-J-03303 y 25-PUC/C-J-064-03, del concesionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, emitiendo como consecuencia de dicha inspeccion el Informe Nº 330-2005-INRENA-IFFSDCB/BRIGADA Nº 1 fase 2, de fecha 8 de agosto de 2005, en el cual se senala como objetivo especifico verificar la cantidad y ubicacion de los arboles de caoba y cedro con referencia a las coordenadas UTM; Que, en el referido informe, la Brigada Nº 1 fase 2 concluye que, de los 14 arboles aprovechables de caoba seleccionados para su verificacion, no se encontro evidencia de la existencia de ninguno de ellos; de los 25 arboles aprovechables de cedro seleccionados para su verificacion, se encontraron 3 tocones; la informacion reportada en el Plan Operativo Anual es falsa en un 93%; de acuerdo al reporte de volumenes extraidos del SIF, el concesionario en mencion no ha realizado aprovechamiento alguno del total de MORDAZA rolliza de caoba autorizada; sin embargo, no se encontro ningun arbol en pie; de acuerdo al reporte de volumenes

extraidos del SIF, el concesionario ha realizado el aprovechamiento del 78.7% de MORDAZA rolliza de cedro autorizada; sin embargo, no se encontro la cantidad de tocones que sustenten dicho aprovechamiento en la Parcela de Corta Anual del Plan Operativo Anual 2004; Que, la Brigada Nº 1 fase 2, senala como datos adicionales que, gran parte del area de la parcela de corta anual verificada, se encuentra en MORDAZA plana inundable; existe campamento base en la concesion; se observaron trabajos de aprovechamiento con tractor forestal; se observaron 6 arboles de regeneracion natural de cedro; y en el momento de la visita se MORDAZA con la presencia del representante de la concesion, senor MORDAZA Ribeyro Barbaran; Que, de acuerdo a lo senalado en la Forma 20 del SIF del INRENA, el concesionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA movilizo, hasta el 17 de agosto de 2005, 95.19 m3 de la especie cedro, no habiendo movilizado volumen alguno de la especie caoba; Que, tal como lo establece el numeral 15.2 del articulo 15º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, para cualquier modalidad de aprovechamiento de los recursos forestales, con fines comerciales o industriales, se requiere de un Plan de Manejo Forestal aprobado por el INRENA; Que, en ese sentido, los titulares de los contratos de concesion forestal deben enmarcar su actividad de aprovechamiento sostenible de los recursos forestales maderables, bajo los lineamientos aprobados en su Plan de Manejo Forestal, el mismo que comprende: a) el Plan General de Manejo Forestal, que proporciona el MORDAZA general de planificacion estrategica y proyeccion empresarial a largo plazo, formulado como minimo para todo el periodo de vigencia de la concesion, y b) el Plan Operativo Anual, que es el instrumento para la planificacion operativa a corto plazo, por un periodo de un ano, es decir el ano operativo, el cual puede o no coincidir con el ano calendario; Que, los Planes Operativos Anuales muestran las actividades a realizarse, en el area de la Parcela de Corta Anual durante cada zafra, debiendo indicar las especies y volumenes aprovechables; en ese sentido, el articulo 60º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA senala que el desarrollo de las operaciones del plan de manejo se efectua a traves de planes operativos anuales, los cuales incluyen obligatoriamente el inventario de aprovechamiento, y consideran la ubicacion en mapa de los arboles a extraerse, determinados a traves de sistemas de alta precision, identificados por especie; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 95º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, los titulares de las concesiones forestales con fines maderables colindantes, pueden efectuar la consolidacion de los respectivos planes de manejo con la finalidad de optimizar el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales del area; Que, concordante con lo establecido en el considerando que antecede, la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA apr ueba, a traves de las Resoluciones de Intendencia Nº 027-2005-INRENA-IFFS y Nº 031-2005-INRENA-IFFS, el Plan General de Manejo Forestal y el Plan Operativo de la MORDAZA zafra, de los contratos Nºs. 25-PUC/C-J-090-02, 25-PUC/C-J-03303 y 25-PUC/C-J-064-03, senalandose como superficie la correspondiente a la suma de las superficies de los tres contratos individuales; Que, de las conclusiones y datos adicionales senalados en el Informe Nº 330-2005-INRENA-IFFSDCB/BRIGADA Nº 1 fase 2, se puede advertir que al ingresar a la Parcela de Corta Anual correspondiente al Plan Operativo Anual de la MORDAZA zafra de los Contratos de Concesion Forestal con Fines Maderables Nºs. 25-PUC/C-J-090-02, 25-PUC/C-J-033-03 y 25PUC/C-J-064-03, la Brigada Nº 1 fase 2, pudo constatar que los bosques en donde se ubica dicha parcela son inundables, sin buen drenaje, por lo que es poco probable que la caoba prospere en dichas zonas; asimismo que, al no haber encontrado la Brigada Nº 1 fase 2, evidencia alguna de la existencia de los 14 arboles de caoba seleccionados para su verificacion; y que al haber encontrado solo 3 tocones de la especie cedro, de los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.