Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2005 (05/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 5 de diciembre de 2005 Viaticos (US$ 200,00 x 2 dias) : US$ 400,00 Pasajes : US$ 605,00 Tarifa Corpac : US$ 28,24

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, el representante de PROMPEX, autorizado mediante el Articulo 1º de la presente resolucion, presentara al Titular de la Entidad un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a liberacion o exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 20555

asi como evaluar la conveniencia de la aprobacion de los convenios internacionales en materias relacionadas a comercio internacional; Que, en razon de lo expresado, resulta necesario formalizar la autorizacion y delegacion de facultad, MORDAZA citada, mediante la expedicion del acto de administracion correspondiente; De conformidad con las Leyes Nºs. 27790, 27619, 27444, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; De acuerdo con el Memorandum Nº 579-2005MINCETUR/SG-AJ e Informe adjunto de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliar la Resolucion Ministerial Nº 323-2005-MINCETUR/DM, incluyendo en su articulo 2º, con efectividad al 18 de octubre de 2005, el texto siguiente: "Asimismo autorizar al senor MORDAZA Bedoya MORDAZA, para que en representacion del MINCETUR, coordine y participe en las labores relativas a la suscripcion del "PROTOCOLO ENTRE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL REINO DE TAILANDIA PARA ACELERAR LA LIBERALIZACION DEL COMERCIO DE MERCANCIAS Y LA FACILITACION DEL COMERCIO", a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, delegandole la facultad suficiente para visar el referido instrumento, anexos y apendices." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 20558

Amplian la R.M. Nº 323-2005MINCETUR/DM, que autorizo viaje de representantes del Ministerio para participar en ronda de negociaciones para la firma de un TLC con Tailandia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 396-2005-MINCETUR/DM MORDAZA, 2 de diciembre de 2005 Visto el Informe Nº 001-MINCETUR/DNAMNCI/APEC de fecha 28 de noviembre de 2005 del Director de la Direccion de APEC de la Direccion Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales y el Memorandum Nº 944-2005-MINCETUR/ VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 323-2005MINCETUR/DM, de fecha 18 de octubre de 2005, se autorizo el viaje del senor MORDAZA Bedoya MORDAZA, entre otros profesionales y funcionarios del Viceministerio de Comercio Exterior, a la MORDAZA de Bangkok, Reino de Tailandia, del 30 de octubre al 5 de noviembre del presente ano, para que en representacion del MINCETUR, participen en la VII Ronda de Negociaciones para la suscripcion de un Tratado de Libre Comercio con el Reino de Tailandia. Asimismo se autorizo a dicho profesional, para que viaje del 9 al 19 de noviembre de 2005, a la MORDAZA de Busan, Republica de Corea, para que en representacion del MINCETUR, participe en la Reunion de Lideres de APEC; Que, durante la reunion bilateral entre el Presidente de la Republica del Peru y el Primer Ministro del Reino de Tailandia, realizada en el MORDAZA de la Reunion de Lideres de APEC, los Ministros de Relaciones Exteriores de ambos paises suscribieron en la MORDAZA de Busan, Republica de Corea, con fecha 19 de noviembre de 2005, el "PROTOCOLO ENTRE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL REINO DE TAILANDIA PARA ACELERAR LA LIBERALIZACION DEL COMERCIO DE MERCANCIAS Y LA FACILITACION DEL COMERCIO"; Que, en dicha oportunidad, el Titular del Sector, autorizo al senor MORDAZA Bedoya MORDAZA, para que en representacion del MINCETUR, coordine y participe en las labores relativas a la suscripcion del Protocolo MORDAZA referido, delegandosele ademas la facultad de visar cada foja de dicho documento, anexos y apendices; Que, de conformidad con los incisos h) y j) del articulo 43º del Reglamento de Organizacion y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052002-MINCETUR, son funciones de este Ministerio, a traves de la Direccion Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, analizar las propuestas en materia de negociaciones comerciales internacionales que presenten los organismos o paises,

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operacion de endeudamiento externo a ser acordada con el BIRF
DECRETO SUPREMO Nº 164-2005-EF El PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 20.1º de la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 650 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento -BIRF- hasta por un monto de US$ 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), denominada "Prestamo para el Desarrollo de Politicas de Descentralizacion y Competitividad III"; Que, la referida operacion de endeudamiento externo sera ejecutada por el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, con el apoyo tecnico de la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales - UCPS; Que, el "Prestamo para el Desarrollo de Politicas de Descentralizacion y Competitividad III" se efectuara con cargo al Subprograma "Apoyo a la Balanza de Pagos" referido en el literal c) del articulo 20.1º de la Ley Nº 28423; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Nº 28423 y la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; Que sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la

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