Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2005 (19/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de diciembre de 2005

y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 21396

y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto por la EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C. contra la Resolucion Directoral Nº 261-2005-PRODUCE/DNEPP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 21397

Declaran improcedente recurso de reconsideracion interpuesto contra la R.D. Nº 261-2005-PRODUCE/DNEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 414-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 12 de diciembre del 2005 Visto el escrito de registro Nº 00033605 de fecha 26 de octubre del 2005, presentado por EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 261-2005PRODUCE/DNEPP de fecha 5 de octubre del 2005, se declaro improcedente la solicitud presentada por la EMPRESA PESQUERA PUERTO RICO S.A.C., sobre el cambio del titular de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "VIVERE" de matricula Nº CO-11940-PM, por cuanto a traves del Oficio Nº V.200-143 de fecha 31 de marzo del 2005, el Director de Control de Intereses Acuaticos de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa informa que segun el Certificado Nacional de Arqueo Nº 243-97-A, la mencionada embarcacion consigna un Arqueo Neto de 82.36 que equivale a 328.99 m 3 de capacidad de bodega, la misma que en la actualidad se encuentra vigente, contraviniendo lo dispuesto por el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, al no ser posible transferir el permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, por haberse producido una variacion en la capacidad de bodega de la mencionada embarcacion; Que mediante el escrito del visto, la recurrente interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral citada en el considerando precedente, alcanzando en calidad de nueva prueba la MORDAZA simple de la solicitud de certificado de arqueo, a fin de sustentar su recurso interpuesto; Que de la evaluacion a la documentacion presentada asi como lo argumentado por la recurrente se establece que, en lo concerniente a la solicitud de certificado de arqueo presentado en calidad de prueba nueva no contiene algun elemento que desvirtue la validez y certeza del Certificado Nacional de Arqueo Nº 243-97-A y el Certificado de Matricula de Naves expedido por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del 6 de octubre del 2005, manteniendose el fundamento establecido en la Resolucion materia de impugnacion, por lo que el Recurso de Reconsideracion interpuesto deviene en improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 3662005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable del Area Legal Pesquera Acuicola a traves de su Informe Nº 00112-2005-PRODUCE/ALPA; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 207º y 208º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion

SALUD
Designan Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Organizacion de la Oficina General de Planeamiento Estrategico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 966-2005/MINSA MORDAZA, 16 de diciembre del 2005 Vista la renuncia presentada por el licenciado en administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Oficio Nº 2773-2005-OGPE; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 126-2005/ MINSA, de fecha 16 de febrero de 2005, se designo al licenciado en administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Organizacion de la Oficina General de Planeamiento Estrategico del Ministerio de Salud; Que resulta conveniente aceptar la renuncia presentada y designar a la profesional propuesta; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el articulo 77º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y los articulos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el licenciado en administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Organizacion de la Oficina General de Planeamiento Estrategico del Ministerio de Salud, Nivel F-4, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la licenciada en administracion MORDAZA MORDAZA MORDAZA MESCUA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Organizacion de la Oficina General de Planeamiento Estrategico del Ministerio de Salud, Nivel F-4. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 21446

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