Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2005 (19/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de diciembre de 2005

en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el articulo unico del Decreto Ley Nº 17667, publicado el 28 de MORDAZA de 1969 establece que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado es necesaria la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47ª de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que en nombre y representacion del Estado inicie, impulse y culmine las acciones legales correspondientes contra los senores MORDAZA CANTURIN, MORDAZA Valeriano; MORDAZA MORDAZA, Clemente; CAMPOMANES MORDAZA, Lorenzo; MOSQUERA MESTANZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso mencionado al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 21443

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de presentar certificados falsos en MORDAZA de seleccion convocado por PROVIAS RURAL
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 944-2005 MTC/02 MORDAZA, 15 de diciembre de 2005 VISTAS: Las Notas de Elevacion Nº 083-2004-MTC/21 y Nº 109-2005-MTC/21 mediante las cuales el Director Ejecutivo de PROVIAS RURAL solicita se autorice al Procurador Publico Ad Hoc encargado de los asuntos judiciales de PROVIAS NACIONAL, PROVIAS DEPARTAMENTAL y PROVIAS RURAL, a interponer las acciones legales correspondientes en defensa de los derechos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones por el perjuicio ocasionado por la ONG "Asociacion de Progreso, Desarrollo y Bienestar" - APRODEBI - al presentar certificados falsos en un MORDAZA de seleccion convocado por PROVIAS RURAL y; CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de Entendimiento de fecha 20 de diciembre de 2001 suscrito por el Director Ejecutivo del ex Programa de Caminos Rurales, el representante del Banco Interamericano de Desarrollo y el representante del Banco Internacional de Reconstruccion de Fomento, se aprobo el Manual de Operaciones del Programa de Caminos Rurales; Que, en el Capitulo VIII del citado Manual de Operaciones, se establecen las "Normas para la Inscripcion en el Listado Interno de Proveedores, de Contratistas y Consultores del Programa de Caminos Rurales". En este registro deben inscribirse quienes, previa evaluacion, son seleccionados para participar en los procesos que convoque PROVIAS RURAL;

Que, con fecha 11 de MORDAZA de 2002, la ONG "Asociacion de Progreso, Desarrollo y Bienestar" APRODEBI-, a traves de su representante legal, la Sra. MORDAZA MORDAZA Jatcoparco, solicito su inscripcion en el Listado Interno de Proveedores de PROVIAS RURAL, para lo cual presento tres certificados acreditando experiencia en gestion de Proyectos de Desarrollo, tres certificados acreditando tener antecedentes de Proyectos con Impacto Positivo y tres certificados acreditando experiencia en la utilizacion de Mecanismos Participativos; Que, la ONG "Asociacion de Progreso, Desarrollo y Bienestar" - APRODEBI - se presento como postor en la Adjudicacion Directa Nº002-2002-MTC/15.02.PERT. 03.ANCASH, para la elaboracion de los "Estudios de Mejoramiento de Caminos de Herradura - Paquete B" y adjunto como parte de su propuesta tecnica MORDAZA simple de 1 certificado emitido supuestamente por la Municipalidad Distrital de Copallin; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 803-2002/ 15.02.PERT.03, de fecha 2 de agosto de 2002, el Director Ejecutivo de PROVIAS RURAL declaro nula la Adjudicacion Directa Nº 002-2002-MTC/15.02.PERT.03. MORDAZA, al identificar defectos formales en la elaboracion del documento "Instrucciones para la Preparacion de Propuestas" entregado a los postores invitados; Que, los postores que se habian presentado inicialmente al citado MORDAZA de seleccion, manifestaron que se inhibirian de participar en la nueva convocatoria por lo que, haciendo uso de la facultad establecida en el articulo 7º del Capitulo VIII del Manual de Operaciones del Programa de Caminos Rurales, que permite contratar directamente servicios de consultoria por montos inferiores a US$ 50,000.00, el Director Ejecutivo de PROVIAS RURAL, mediante Resolucion Directoral Nº 856-2002-MTC/15.02.PROVIAS RURAL declaro la nulidad de la Adjudicacion Directa Nº 002-2002-MTC/ 15.02.PERT.03.ANCASH y autorizo su contratacion directa; Que, con fecha 24 de setiembre de 2002, PROVIAS RURAL suscribio con la ONG "Asociacion de Progreso, Desarrollo y Bienestar" - APRODEBI -, el Contrato de Servicios de Consultoria Nº 495-2002-MTC/ 15.02.PROVIAS RURAL. Posteriormente, mediante Resolucion Directoral Nº 479-2003-MTC/21 del 14 de MORDAZA de 2003 se aprobo la Liquidacion Final del citado contrato; Que, a raiz de denuncias periodisticas sobre presuntas irregularidades en la Buena Pro otorgada por PROVIAS RURAL a la ONG "Asociacion de Progreso, Desarrollo y Bienestar" - APRODEBI -, se emitio el Informe AUD-INº 018-2004-02-5304-MTC/06 del 27 de setiembre de 2004, de la Oficina General de Auditoria Interna del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el que se informo que la ONG "Asociacion de Progreso, Desarrollo y Bienestar" - APRODEBI - presento el certificado Nº 00045 de fecha 27 de diciembre de 2001, emitido presuntamente por la Municipalidad Distrital de Copallin, para acreditar experiencia en la Adjudicacion Directa Nº 002-2002-MTC/15.02.PERT.03.ANCASH. y, que con la finalidad de comprobar su autenticidad, curso el Oficio Nº 042-2004-MTC/06.02-CAPVR a la Municipalidad Distrital de Copallin, habiendo recibido en respuesta el Oficio Nº 098-2004-A.MDC de fecha 17 de agosto de 2004, del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad de Copallin, mediante el cual informa que el Certificado Nº 00045 de fecha 27 de diciembre de 2001 no fue extendido por dicha Municipalidad a la ONG "Asociacion de Progreso, Desarrollo y Bienestar" - APRODEBI, y que la firma y sello del certificado son falsos; Que, en tal sentido, dicho Informe del organo de control interno de este Ministerio, recomendo disponer que el Director Ejecutivo de PROVIAS RURAL efectue las acciones legales que correspondan contra la ONG "Asociacion de Progreso, Desarrollo y Bienestar" APRODEBI - por haber presentado documentacion presuntamente falsa en el MORDAZA de seleccion convocado para la contratacion de la "Elaboracion de los Estudios Definitivos de Mejoramiento de Caminos de Herradura - Paquete B"; Que, mediante Nota de Elevacion Nº 083-2004-MTC/ 21, complementado con el Memorandum Nº 651-2004-

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