Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2005 (19/12/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de diciembre de 2005

d) Adjuntar Recibo de Pago de la Tasa correspondiente, de conformidad a lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). Los establecimientos que posean un area total mayor a los 100 m2, deberan presentar como requisito adicional el plano de distribucion del local. Tratandose de hostales, se debera adjuntar el documento a que se refiere el numeral 10) de la Ordenanza Nº 137-MDMM, modificada por la Ordenanza Nº 177-MDMM. Asimismo, los locales que conforme a la normatividad vigente requieren una inspeccion tecnica de detalle presentaran como requisito el Certificado de Seguridad vigente emitido por el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Articulo Cuarto.- DERECHO UNICO DE TRAMITE El derecho de tramite para la obtencion de la Licencia Municipal de Apertura de Establecimiento equivale al 7.58% de la UIT vigente mas el pago por el derecho de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil Basica segun MORDAZA vigente solo en caso de locales que segun la normativa de la materia requieran dicho MORDAZA de inspeccion. No se encuentran obligados al pago del derecho de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil Basica, los locales que requieran Inspeccion Tecnica de Detalle del INDECI, los que deberan aprobarla segun las disposiciones de la mencionada entidad, presentando su Certificado ante esta Municipalidad de acuerdo a lo dispuesto en el articulo precedente. Articulo Quinto.- OBLIGACION DEL LLENADO DE LA SOLICITUD-DECLARACION JURADA DE LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO Los datos de la "Solicitud-Declaracion Jurada de Licencia Municipal de Apertura de Establecimiento" deberan ser consignados por el solicitante en la forma que se estipule en el mismo formato. Las omisiones en la informacion requerida deberan ser subsanadas por el interesado en el plazo que se senala en el articulo siguiente. Articulo Sexto.- OBSERVACIONES A LA MORDAZA DE LA SOLICITUD-DECLARACION JURADA DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO El Departamento de Tramite Documentario y Archivo Central, por unica vez, realizara las observaciones pertinentes al momento de la recepcion de la solicitud en caso de incumplimiento de requisitos por parte del solicitante, otorgandole a este un plazo MORDAZA de dos (2) dias habiles a fin que subsane el defecto o la omision formal. Para tales efectos el funcionario responsable anotara la observacion en el cargo y el original de la solicitud. Hasta ese momento la solicitud se considerara no admitida a tramite. Transcurrido el plazo sin que ocurra la subsanacion se tendra como no presentada la solicitud y se devolvera con sus recaudos cuando el interesado se apersone a reclamarlos, reembolsandose el monto de los derechos de tramitacion que hubiese abonado. Articulo Setimo.- ZONIFICACION, COMPATIBILIDAD DE USO, CONDICIONES GENERALES Y NORMAS MUNICIPALES No se concedera Licencia de Apertura de Establecimiento para el desarrollo de giros y el funcionamiento de locales que contravengan las normas de zonificacion e indice de usos para la ubicacion de actividades urbanas, y las normas dictadas por este municipio mediante las cuales se establecen disposiciones, restricciones, prohibiciones y/o limitaciones para el desarrollo de actividades economicas por razones de ubicacion, giro u otros, establecidas en las Ordenanzas Nºs 137-MDMM, 177-MDMM y demas normas pertinentes.

La informacion referida a la zonificacion, indice de usos y demas disposiciones, restricciones, prohibiciones y/o limitaciones municipales para el desarrollo de actividades economicas respecto de un giro y establecimiento determinado sera obtenida por los interesados gratuitamente y de manera previa al inicio del procedimiento en el Modulo de Atencion de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras. Para tal efecto los orientadores de la citada dependencia consignaran en la "Solicitud-Declaracion Jurada de Licencia de Apertura de Establecimiento", si el giro solicitado es compatible o no con la zonificacion y si cumple con la normatividad municipal vigente. Progresivamente, la informacion referida a la zonificacion e indice de usos sera puesta a disposicion del publico a traves del MORDAZA electronico de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA (http://www.munimagdalena.gob.pe). Articulo Octavo.- CONDICIONES ESPECIFICAS PARA LA OBTENCION DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO Ademas de lo dispuesto en el articulo precedente, es condicion para la obtencion de la Licencia Municipal de Apertura de Establecimiento que el local apruebe obligatoriamente la inspeccion de seguridad y acondicionamiento mediante la cual el personal municipal acreditado verifica las condiciones de seguridad del local y la idoneidad de la infraestructura y las instalaciones del establecimiento para el desarrollo del giro. Tratandose de establecimientos sobre los que conforme la normatividad vigente se requiere realizar una Inspeccion Tecnica de Detalle del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) no sera exigible la realizacion de la inspeccion en cuanto se refiere a las condiciones de seguridad del local, pero si en lo que respecta al acondicionamiento del mismo. De igual manera, es condicion para el otorgamiento de la Licencia que los locales dedicados a centros comerciales, galerias, mercados, bingos, casinos, tragamonedas, discotecas, salsodromos, pubs, locales de hospedaje en general, grifos, centros hospitalarios, clinicas, centros educativos, centros de ensenanza, supermercados, salones de baile y afines, cuenten con Licencia de Obra y Conformidad de Obra. Articulo Noveno.- TRAMITE INTERNO DE LA SOLICITUD-DECLARACION JURADA Y OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO Admitida a tramite la solicitud de Licencia de Apertura de Establecimiento, la autoridad municipal llevara a cabo la inspeccion de seguridad y acondicionamiento en un plazo no mayor a 3 dias habiles. La fecha de la inspeccion la determinara la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras y sera comunicada al solicitante en el mismo dia de la admision a tramite de su solicitud en el Modulo de Atencion de la Gerencia de Desarrollo Urbano. La inspeccion del local MORDAZA lugar a los informes respectivos de acondicionamiento y seguridad, los cuales de ser favorables sustentaran la expedicion de la Licencia de Apertura de Establecimiento y el Certificado respectivo por parte de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras. La expedicion de la Licencia de Apertura de Establecimiento no excedera de 3 dias habiles de emitidos los referidos informes. De verificarse la falta de condiciones de seguridad o acondicionamiento del local, el personal municipal encargado de la inspeccion otorgara en el mismo acto un plazo para la subsanacion de las deficiencias. Vencido dicho plazo sin haberse efectuado el levantamiento de las observaciones, se declarara improcedente la solicitud y se archivara el expediente. El informe favorable de seguridad MORDAZA lugar ademas a la emision del Certificado de Defensa Civil por parte del Departamento competente. Articulo Decimo.- PLAZOS Si el local cumple con lo previsto en la presente MORDAZA, las condiciones de seguridad necesarias y se encuentra

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