Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2005 (19/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, lunes 19 de diciembre de 2005

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanza Nº 131-MSI que establece tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de San MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 380 MORDAZA, 13 de diciembre de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de diciembre del ano en curso, el Oficio Nº 001-09000002913 del Servicio de Administracion Tributaria -SAT, adjuntando el expediente de Ratificacion de la Ordenanza Nº 131-MSI que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de San Isidro. CONSIDERANDO: Que, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos; y en el mismo sentido MORDAZA el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, MORDAZA el procedimiento para la ratificacion de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. Que, en aplicacion de la normatividad vigente y la Ordenanza Nº 739 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que aprobo la Ordenanza MORDAZA de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la provincia de MORDAZA, la Municipalidad Distrital recurrente, aprobo la Ordenanza, objeto de la ratificacion, remitiendola con tal fin, conjuntamente con la informacion y/o documentacion sustentatoria respectiva. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las las Ordenanzas Nºs. 607, 727, 739 y y las opiniones del Servicio de Administracion TributariaSAT y de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 2312005-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Por tal electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob.pe). ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza Nº 131MSI que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en la circunscripcion del distrito de San Isidro. Articulo Segundo.- Precisar que el presente Acuerdo ratificatorio entrara en vigencia luego de su publicacion, por lo que su aplicacion MORDAZA de la citada condicion es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios del distrito. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcadia 21436

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Establecen Procedimiento Simplificado para la obtencion de la Licencia de Apertura de Establecimiento
ORDENANZA Nº 240-MDMM MORDAZA MORDAZA, 9 de diciembre del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia politica comprende la facultad de las municipalidades de aprobar y expedir sus normas y desarrollar las funciones que le son inherentes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, es funcion especifica exclusiva de los municipios distritales, conforme a lo prescrito por el articulo 79º, numeral 3.6.4 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, entre otras, normar y regular la apertura de establecimientos, comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion; En ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite y lectura del acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- OBJETO Y ALCANCES La presente Ordenanza establece el procedimiento simplificado para la obtencion de la Licencia Municipal de Apertura de Establecimiento en el distrito de MORDAZA del Mar. Articulo Segundo.- OBLIGADOS Estan obligados a obtener Licencia Municipal de Apertura de Establecimiento, con anterioridad a la apertura de locales en los que se desarrollen actividades de comercio, industriales, de servicios y/o profesionales en el ambito del distrito de MORDAZA MORDAZA, las personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeros, incluyendo empresas o entidades del estado que desarrollen actividades con o sin fines de lucro. Articulo Tercero.- REQUISITOS GENERALES PARA TRAMITAR LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO Para iniciar el tramite de Licencia de Apertura de Establecimiento para locales que no requieran una inspeccion tecnica de detalle de seguridad en defensa civil y no posean un area total mayor a 100 m2, el solicitante debera cumplir con los siguientes requisitos: a) Presentar la "Solicitud-Declaracion Jurada de Licencia de Apertura de Establecimiento" debidamente llenada en el formato que gratuitamente proporcionara la Municipalidad, el cual tambien podra ser descargado del MORDAZA electronico http://www.munimagdalena.gob.pe b) Adjuntar MORDAZA de su documento de identidad o del representante. c) Adjuntar poder vigente y documento de identidad del representante legal, en caso de personas juridicas.

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