Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2005 (19/12/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, lunes 19 de diciembre de 2005 VISTO:

NORMAS LEGALES

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El Memorandum Nº 246-2005-GD/ONP de fecha 10 de noviembre de 2005 y el Memorandum Nº 264-2005GD/ONP de fecha 24 de noviembre de 2005, emitidos por la Gerencia de Desarrollo de la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP), mediante los cuales se sustenta y se solicita la exoneracion de los procesos de seleccion correspondientes para la adquisicion del programa de licenciamiento de Software Microsoft y para la contratacion del servicio de soporte integral de Software Microsoft; CONSIDERANDO: Que, el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, en adelante la Ley, establece que las adquisiciones y contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos y existe proveedor unico, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º de la Ley, todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular de la Entidad, la misma que requiere de un informe tecnico - legal previo; Que, asimismo, la disposicion acotada en el considerando precedente, senala que dicha Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del articulo 19º de la Ley, remitiendose MORDAZA de la misma y del informe tecnico - legal que la sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento de la Ley, dispone que en caso no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Dicha MORDAZA precisa que se entendera que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, mediante los Memorandums Nº 246-2005-GD/ ONP de fecha 10 de noviembre de 2005 y Nº 264-2005GD/ONP de fecha 24 de noviembre de 2005, la Gerencia de Desarrollo de la ONP justifica la necesidad de adquirir el programa de licenciamiento de Software Microsoft y contratar el servicio de soporte integral de Software Microsoft, los mismos que son proveidos solamente por las empresas MSLI Latam Inc. y Microsoft Peru S. R. L., respectivamente, unicos proveedores autorizado por Microsoft Corporation, para licenciar y ofrecer los servicios de productos Microsoft en el Peru, por lo que procederia la exoneracion de los procesos de seleccion correspondientes para su adquisicion y contratacion al configurarse la causal de exoneracion referente a un bien y un servicio que no admiten sustitutos y existe proveedor unico para cada caso; Que, en los mencionados documentos se menciona que mediante Resolucion de Gerencia General Nº 0702003-GG/ONP de fecha 8 de MORDAZA de 2003, se aprobo la Directiva Nº 007-2003-GG/ONP, referente a "Estandar de Software", con el proposito de establecer el estandar del software institucional que permita la correcta administracion y uso, una adecuada interconexion y optimizacion de los procesos de la ONP, estableciendose en los puntos 4.1.3 y 4.2.4 que el software de ofimatica, el software de sistema operativo (estaciones de trabajo y servidores) y utilitarios de equipos de computo personal deben ser de productos Microsoft. Que, adjunto al Memorandum Nº 264-2005-GD/ONP, se acompanan las constancias de exclusividad del programa de licenciamiento de Software Microsoft y para la contratacion del servicio de soporte integral de Software Microsoft a cargo de las empresas MSLI Latam Inc. y Microsoft Peru S. R. L., respectivamente;

Que, teniendo en cuenta las consideraciones tecnicas expuestas en los Memorandums Nº 246-2005-GD/ONP y Nº 264-2005-GD/ONP de la Gerencia de Desarrollo que justifican la procedencia y necesidad de las exoneraciones para adquirir el programa de licenciamiento de Software Microsoft y contratar el servicio de soporte integral de Software Microsoft, por encontrarse dentro del presupuesto normado en el inciso e) del articulo 19° de la Ley, por tratarse de un bien y un servicio que no admiten sustitutos y existe proveedor unico para cada caso, resulta procedente autorizar la contratacion directa de las referidas prestaciones, exonerandolas de los correspondientes procesos de seleccion, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º de la MORDAZA acotada y segun el procedimiento que determinan los articulos 146º, 147º y 148º de su Reglamento; Que, mediante el Informe Legal Nº 198-2005-GL.AL24/ONP de fecha 18 de noviembre de 2005, la Gerencia Legal considera que resulta procedente la exoneracion de los procesos de seleccion correspondientes para adquirir el programa de licenciamiento de Software Microsoft y contratar el servicio de soporte integral de Software Microsoft, en virtud de que estos se encuentran enmarcados dentro del presupuesto establecido en el inciso e) del articulo 19º de la Ley; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la Directiva Nº 011-2001CONSUCODE/PRE, aprobada mediante la Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades conferidas mediante el numeral 4 del articulo 5º de la Ley Nº 28532 y en merito a la designacion efectuada por la Resolucion Suprema Nº 018-2004-EF; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la exoneracion de los MORDAZA de Licitacion Publica y Adjudicacion Directa Publica, para la adquisicion del programa de licenciamiento de Software Microsoft y para la contratacion del servicio de soporte integral de Software Microsoft, al haberse configurado la causal a que se refiere el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Administracion a adquirir el programa de licenciamiento de Software Microsoft a traves de la empresa MSLI Latam Inc. y contratar el servicio de soporte integral de Software Microsoft a traves de la empresa Microsoft Peru S. R. L., por un plazo un (1) ano y con los valores referenciales de US$ 210,338.00 (Doscientos Diez Mil Trescientos Treinta y Ocho y 00/100 Dolares Americanos) y US$ 47,600.00 (Cuarenta y Siete Mil Seiscientos y 00/100 Dolares Americanos), respectivamente. El egreso que irrogue las contrataciones objeto de la presente exoneracion se afectara a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan la presente exoneracion, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Jefatural debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de su emision y publicarse adicionalmente en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA PESTANA Jefe 21376

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