Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2005 (04/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 4 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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- Participar y proporcionar asesoria tecnica en los procesos de adecuacion documentaria e implementacion de la Nueva Estructura Organica de la DIRSAL PNP. - En coordinacion con la DIRSAL PNP, promover la difusion de su Nueva Estructura Organica y su Reglamento. - Participar en los equipos mixtos de implementacion conformados por representantes de la DIRSAL PNP y miem, bros del Comite. - En coordinacion con la DIRSAL, elaborar el Plan de Capacitacion y Entrenamiento de las areas que conforman la Nueva Estructura Organica de la DIRSAL PNP. - Proponer al senor Viceministro del Interior, cuando sea pertinente, los requerimientos de asesoria tecnica especifica, los mismos que podran ser contratados y administrados a traves de la Subdireccion de Administracion de Acuerdos de Gestion de la DIRSAL PNP. - Supervisar permanentemente los procesos de adecuacion e implementacion organica y funcional de la Nueva Estructura Organica de la DIRSAL PNP y su Reglamento, asegurando que dicho MORDAZA se realice dentro del MORDAZA del cumplimiento de los objetivos que llevaron a su reestructuracion. Articulo 5º.- La adecuacion de la Nueva Estructura de la DIRSAL PNP, comprendera: - La elaboracion de los Manuales de Organizacion y Funciones Modelo de todas las unidades de la DIRSAL PNP, en funcion a la Nueva Estructura Organica. - La elaboracion de los Manuales de Normas y Procedimientos Modelo de todas las unidades de la DIRSAL PNP, en funcion a la Nueva Estructura Organica. - El inicio del MORDAZA de integracion de las unidades administrativas de la DIRSAL PNP, la Setima Region de Salud Policial y el FOSPOLI, en la Subdireccion de Administracion de Acuerdos de Gestion. Articulo 6º.- La implementacion organica y funcional de la Nueva Estructura de la DIRSAL PNP, se iniciara inmediatamente despues del MORDAZA de adecuacion documentaria. Articulo 7º.- Disponer que la Direccion de Salud PNP, en el mas breve plazo, proponga el nombramiento de los jefes de las diferentes areas de la Nueva Estructura Organica de la DIRSAL PNP, de acuerdo a los perfiles profesionales, quienes cumpliran con lo estipulado en el MORDAZA Reglamento de la DIRSAL PNP. Articulo 8º.- Los Organos y Dependencias del Ministerio del Interior, en especial la Direccion de Salud de la Policia Nacional del Peru, proporcionaran el apoyo e informacion necesaria a los miembros del Comite de Asesoramiento Tecnico y Supervision de la Nueva Estructura Organica de la DIRSAL PNP y su Reglamento, para el cabal cumplimiento de sus funciones. Articulo 9º.- El Comite de Asesoramiento Tecnico y Supervision de la Nueva Estructura Organica de la DIRSAL PNP y su Reglamento, presentara informes mensuales al Despacho Viceministerial, sobre el desarrollo de los procesos de adecuacion documentaria e implementacion organica y funcional. Articulo 10º.- Disponer la publicacion del Reglamento de la Direccion de Salud de la Policia Nacional del Peru, que se Anexa a la presente Resolucion. Articulo 11º.- Dejar sin efecto el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 2596-2004-IN/PNP, de fecha 23 de diciembre de 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior

funcional de las distintas unidades organicas que conforman la Direccion de Salud de la Policia Nacional del Peru, en adelante DIRSAL PNP. Articulo 2º.- Del ambito El ambito es de nivel nacional, en todas las dependencias de la DIRSAL PNP. Articulo 3º.- Del alcance Las prescripciones del presente Reglamento seran cumplidas obligatoriamente por todos los miembros que laboren en la DIRSAL PNP.

CAPITULO II DE LA BASE LEGAL
Articulo 4º.- De la base legal El presente Reglamento de sustenta en: a. Constitucion Politica del Peru. b. Decreto Supremo Nº 015-B-87-IN de 30 de MORDAZA de 1987, que crea el Fondo de Salud para el Personal de la Policia Nacional del Peru - FOSPOLI. c. Resolucion Ministerial Nº 0095-92-IN/PNP de 29 de enero de 1992, que aprueba el Reglamento del el Fondo de Salud para el Personal de la Policia Nacional del Peru FOSPOLI. d. Ley Nº 26842 de 20 de MORDAZA de 1997, Ley General de Salud. e. Ley Nº 24949 de 6 de diciembre de 1988, Ley de Creacion de la Policia Nacional del Peru. f. Ley Nº 27238 de 21 de diciembre de 1999, Ley de la Policia Nacional del Peru. g. Decreto Supremo Nº 008-2000-IN del 4 de octubre de 2000 que aprueba el Reglamento de la Ley de la Policia Nacional del Peru y sus modificatorios aprobados por Decreto Supremo Nº 016-2002-IN del 29 de noviembre 2002 y Decreto Supremo Nº 017-2002-IN del 30 de diciembre 2002, Decreto Supremo Nº 015-2003-IN y Decreto Supremo Nº 010-2004-IN. h. Resolucion Ministerial Nº 0749-2002-IN-0304 de 6 de MORDAZA de 2002, mediante la cual se considera como Unidad Ejecutora 020 a la Sanidad PNP, dentro del Pliego 007 del Ministerio del Interior, la cual se encargara de ejecutar el Presupuesto para la DIRSAL PNP. i. Resolucion Directoral Nº 1264-2002-DIRGEN/EMG de 30 de MORDAZA de 2002, disponiendo que las Unidades Asistenciales de las Jefaturas de Salud de las Regiones Policiales, asi como las que funcionan en las diferentes Direcciones Especializadas, Direcciones de Apoyo, Direccion de Instruccion y Doctrina de la PNP, dependan administrativa, presupuestal y funcionalmente de la Direccion de Salud PNP. j. Ley Nº 27813 de 13 de agosto de 2002, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud. k. Decreto Supremo Nº 014-2004-IN de 10 de setiembre de 2004 que establece que la administracion del FOSPOLI estara a cargo de la Direccion de Sanidad de la Policia Nacional del Peru.

TITULO II DE LA DIRECCION DE SALUD DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU CAPITULO I

MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU REGLAMENTO DE LA DIRECCION DE SALUD DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU
DICIEMBRE - 2004

DE LA MISION, VISION, RELACION DE DEPENDENCIA, OBJETIVOS FUNCIONALES Y FUNCIONES
Articulo 5º.- De la mision La DIRSAL PNP tiene por mision, brindar un eficiente servicio integral de salud a todos los miembros de la Policia Nacional, a sus familiares con derecho y con proyeccion a la comunidad. Articulo 6º.- De la vision La DIRSAL PNP es una organizacion lider en la atencion integral de salud, respetando la MORDAZA humana, el derecho y la dignidad de la persona para que el personal de la Policia Nacional del Peru y sus familiares, accedan a servicios de salud de calidad, en forma oportuna y con plena satisfaccion de sus necesidades y expectativas.

TITULO I GENERALIDADES CAPITULO I DEL OBJETO, AMBITO Y ALCANCE
Articulo 1º.- Del objeto El presente Reglamento establece la finalidad, las funciones, la estructura organica y los niveles de competencia

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