Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2005 (04/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de marzo de 2005

que tuvieran pendiente por infracciones al MORDAZA cometidas hasta la fecha de la MORDAZA de documentos. En caso de incumplimiento, se procedera a la cancelacion de la autorizacion. En el caso que los conductores no tuvieran deuda pendiente o la misma este fraccionada, deberan acreditarlo presentando los records del SAT correspondientes. Articulo 5º.- El area tecnica, realizara el analisis y evaluacion del itinerario propuesto en las rutas referidas en el Art. 2º, de acuerdo a los siguientes criterios: 1. El origen y/o destino de la ruta solicitada tiene que encontrarse en MORDAZA periferica. 2. Que exista demanda insatisfecha de viajes en el lugar propuesto, el cual no viene siendo atendida y justifique la ruta propuesta. 3. Las rutas no deberan ingresar al Sector Territorial I del Centro Historico de MORDAZA y Vias de Acceso Restringido. 4. No deberan afectar en similitud de mas de 60% el recorrido de las rutas autorizadas, sin embargo, en caso de tener similitud en vias arteriales esta podra ser mayor. 5. Debera existir condiciones adecuadas en la vias propuestas (seccion vial, radios de giro, senalizacion vertical y horizontal, pendiente, entre otros.) para la operacion del MORDAZA de vehiculo propuesto. 6. El recorrido de la ruta sera lo mas lineal o directo segun lo permita la demanda y la necesidad del servicio debidamente comprobada. En tal efecto podra ser modificada por el area tecnica, para buscar su linealidad. Articulo 6º.- El area tecnica, recomendara el codigo a considerarse para el itinerario propuesto por el recurrente, despues de determinarse la factibilidad de la autorizacion especial por parte de la Direccion de Estudios, Autorizaciones y Registros. En el caso de las rutas desiertas o no comprendidas en el Plan Regulador, el codigo se establecera de la siguiente manera: 1. Letra: Representara el MORDAZA de origen del itinerario propuesto. 2. Letra: Representara el MORDAZA de unidad que propone en mayor numero. 3. Numero: Sera el numero posterior a los existentes que identifican los codigos de las rutas del Plan Regulador. En el caso de las rutas propuestas indicadas en el articulo 2º del presente reglamento, el codigo se establecera bajo dos posibilidades: 1. Si el codigo base termina en Numero: se adicionara una letra: A, B, C, etc. 2. Si el codigo base termina en Letra: se adicionara un numero: 1, 2, 3, etc. 3. En ambos casos se verificara la no existencia del valor anadido en el codigo base. Articulo 7º.- El area tecnica, utilizando los criterios senalados en el presente reglamento, verificara lo siguiente: 1. El apoyo de los pobladores referente a la propuesta de la empresa solicitante. 2. Que la ruta no MORDAZA sido propuesta previamente por otra empresa encontrandose su solicitud, en tramite o aprobada. 3. Que la ruta propuesta no afecte los planes, proyectos o politicas de transporte de la MML. 4. La trasgresion de algunos de los puntos de este articulo, sera motivo para declarar improcedente la solicitud. Articulo 8º.- Una vez culminado el analisis y evaluacion del itinerario propuesto de acuerdo a los criterios establecidos en presente reglamento, el area tecnica, remitira su informe a la Direccion General de Transporte para los fines pertinentes y este derivara a la Direccion de Estudios Autorizaciones y Registros de la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, para continuar con los tramites respectivos de acuerdo a lo establecido en el Art. 6º de la Ordenanza Nº 627. Articulo 9º.- La recurrente debera cumplir con presentar todo lo exigido en el presente Reglamento, asi como lo consignado en los articulos correspondientes de la Ordenanza Nº 627, en caso contrario su solicitud sera declarada improcedente. Articulo 10º.- En casos excepcionales la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA podra otorgar la autoriza-

cion especial provisional en rutas no comprendidas o desiertas del Plan Regulador de MORDAZA, con caracteristicas y requisitos distintos a los expresados en el presente reglamento, previa evaluacion del area tecnica correspondiente, si lo considera conveniente y siempre que no contravenga con los planes, proyectos o politicas de la MML, la que sera monitoreada por el area tecnica para establecer el impacto que la ruta origine, y de ser negativo para que de manera inmediata se cancele la referida autorizacion especial. 04706 FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDIA Nº 017 Mediante Oficio Nº 494-2005-SGC/MML, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldia Nº 017, publicado en la edicion del 25 de febrero de 2005. En el Articulo MORDAZA del Anexo 1 DICE: Articulo 4º.- Accesibilidad Las Plantas de Revisiones Tecnicas Vehiculares deberan ubicarse en sectores de la MORDAZA con facilidad de acceso con frente a una Via Metropolitana que cuente con pistas principales de doble sentido, con berma central, separadores laterales y pistas secundarias. Para el caso de las denominadas "Plantas Principales u Obligatorias" se exigira adicionalmente una via de desaceleracion dentro del lote en todo el frente que da a la Via Metropolitana, y las denominadas "Plantas Secundarias o Complementarias" se ubicaran necesariamente en esquina de dos vias, de las cuales por lo menos una sera de caracter Metropolitano. DEBE DECIR: Articulo 4º.- Accesibilidad. Las Plantas de Revisiones Tecnicas Vehiculares deberan ubicarse en sectores de la MORDAZA con facilidad de acceso con frente a una Via Metropolitana (Expresa, SemiExpresa o Arterial) que cuente como minimo con pistas principales de doble sentido y berma central. Para el caso de las denominadas "Plantas Principales u Obligatorias" se exigira adicionalmente una via de desaceleracion dentro del lote en todo el frente que da a la Via Metropolitana, y las denominadas "Plantas Secundarias o Complementarias" se ubicaran necesariamente en esquina de dos vias, de las cuales por lo menos una sera de caracter Metropolitano. 04780

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban plano de lotizacion de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0228 Ate, 16 de febrero de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Expediente Nº 03969-04 y el Anexo Nº 32205 presentado por la Empresa Inversiones Norte S.A. en representacion de Inmobiliaria MORDAZA S.A.C. solicitando la aprobacion de un MORDAZA Plano de Lotizacion en sustitucion del Plano Nº 132-97-MML-DGO-DHU que fuera aprobado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Resolucion Nº 248-97-MML-DMDU, al haberse rectificado el terreno matriz acreditandose en la Partida Electronica Nº 11081238-SUNARP la modificacion de areas y linderos y medidas perimetricas del predio ubicado en la urbanizacion MORDAZA Rosita, distrito de Ate; asi como los Informes Nº 786-04 y Nº 067-05-AHU-SGPUC-GDU/MDA, los Informes Nº 1125-04 y Nº 097-05-SGPUC-GDU/MDA de la Subge-

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