Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2005 (03/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de setiembre de 2005

Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, mediante Acuerdo de Concejo Nº 048-2005-MSI de fecha 19 de MORDAZA de 2005 acepto la donacion efectuada por la MORDAZA de Lauderdale-By-TheSea, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA consistente en diversos bienes; Que, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, de acuerdo con el inciso b) del articulo 3º del Reglamento de la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo a las Donaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2004EF, corresponde al Ministerio de Economia y Finanzas la aprobacion de las donaciones a favor del Banco Central de Reserva del Peru, Superintendencia de Banca y Seguros, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, la Ley Nº 27444 y el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion efectuada por la MORDAZA de Lauderdale-By-The-Sea, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, con eficacia anticipada al 19 de MORDAZA de 2005, fecha en que fue aceptada por Acuerdo de Concejo Nº 048-2005-MSI consistente en sillas de ruedas y otros bienes con un valor aproximado de US$ 15 000,00 (Quince Mil y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), segun Carta de Donacion de fecha 6 de MORDAZA de 2005. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Minister ial a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT - y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 15169 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 431-2005-EF/15 MORDAZA 15 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, mediante Acuerdo de Concejo Nº 066-2005-CDT de fecha 4 de MORDAZA de 2005 aclarado por Acuerdo de Concejo Nº 082-2005CDT de fecha 28 de junio de 2005 acepto la donacion efectuada por la Asociacion de Amigos del Pueblo Peruano (AYNI) de Espana consistente en diversos bienes; Que, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y nor mas modificatorias, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico siempre que sea aprobada por Resolucion Minister ial del Sector correspondiente;

Que, de acuerdo con el inciso b) del articulo 3º del Reglamento de la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo a las Donaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2004EF, corresponde al Ministerio de Economia y Finanzas la aprobacion de las donaciones a favor del Banco Central de Reserva del Peru, Superintendencia de Banca y Seguros, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, la Ley Nº 27444 y el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion efectuada por la Asociacion de Amigos del Pueblo Peruano (AYNI) de Espana, a favor de la Municipalidad Distrital de Talavera, provincia de Andahuaylas, departamento de MORDAZA, con eficacia anticipada al 4 de MORDAZA de 2005, fecha en que fue aceptada por Acuerdo de Concejo Nº 066-2005CDT aclarado por Acuerdo de Concejo Nº 082-2005-CDT consistente, en material escolar, material informatico, medicinas y otros bienes segun Carta de Donacion de fecha 4 de MORDAZA de 2005, con excepcion de las medicinas que carecen de conformidad segun Memorandum Nº 7122005-DIGEMID-DECVS-DCVS/MINSA. Las medicinas donadas con excepcion de las que carecen de conformidad segun Memorandum Nº 7122005-DIGEMID-DECVS-DCVS/MINSA seran destinadas al Comite de Gestion de Administracion Local CLAS Talavera de la Direccion de Salud MORDAZA II Andahuaylas. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT - y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 15170 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 432-2005-EF/15 MORDAZA 15 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Caraveli, departamento de MORDAZA en la Sesion Ordinaria de Concejo Nº 005-2005-MPC de fecha 12 de MORDAZA de 2005 ratificada por la Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 0122005-MPC de fecha 28 de junio de 2005 acepto la donacion efectuada por Association Reconstruction Sud Perou - ARSP de MORDAZA, MORDAZA consistente en diversos bienes que seran utilizados en el Centro Educativo de Computo de Caraveli y las municipalidades distritales; Que, el inciso k) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, de acuerdo con el inciso b) del articulo 3º del Reglamento de la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo a las Donaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2004EF, corresponde al Ministerio de Economia y Finanzas la aprobacion de las donaciones a favor del Banco Central de Reserva del Peru, Superintendencia de Banca y Seguros, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;

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