Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2005 (03/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de setiembre de 2005

Que, mediante el articulo 9º de la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, se establece que las entidades que requieran convocar a licitaciones publicas para la ejecucion de un proyecto que conlleve endeudamiento, deben contar previamente con la resolucion ministerial de Economia y Finanzas que apruebe las condiciones financieras a considerar en dichas licitaciones publicas; Que, el Ministerio de Justicia ha solicitado al Ministerio de Economia y Finanzas la expedicion de la resolucion ministerial referida en el articulo 9º de la Ley Nº 28423, que apruebe las condiciones financieras a considerar para una licitacion publica con financiamiento externo para ejecutar el Proyecto "Inscripcion Registral con Competencia Nacional - IRCN"; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28423; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar las condiciones financieras a considerar en la licitacion publica para la ejecucion del Proyecto "Inscripcion Registral con Competencia Nacional", que conllevara la concer MORDAZA de una operacion de endeudamiento externo, segun el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas ANEXO Nº 1 CONDICIONES FINANCIERAS REFERENCIALES A SER CONSIDERADAS EN EL MORDAZA DE LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL CON FINANCIAMIENTO PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO INSCRIPCION REGISTRAL CON COMPETENCIA NACIONAL - IRCN.
Principales caracteristicas Rangos referenciales a del credito a ser concertado ser considerados Monto del prestamo Plazo total de cancelacion Plazo de MORDAZA Plazo de amortizacion Tasa de interes Hasta por US$ 18 572 600,0 No menor de 8 anos No menor de 3 anos No menor de 5 anos Libor a seis meses mas un margen del 5% anual en Dolares Americanos, o su tasa fija anual equivalente

Interinstitucional estara conformado, entre otros, por un representante de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria; Que, en consecuencia resulta necesario designar al representante de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria; De conformidad por lo dispuesto por la Ley Nº 27594 y el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 274-2005PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como representante de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria en el Grupo de Trabajo Interinstitucional al que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 274-2005-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 15175

Precios CIF de referencia para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria para importaciones de maiz, azucar, arroz y lacteos
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 017-2005-EF/15 MORDAZA, 2 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las impor taciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo Nº 074-2005-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF y la Tabla Aduanera del Azucar a que se refiere el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 153-2002-EF tendran vigencia hasta el 30 de junio de 2006; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 16 y el 31 de agosto de 2005; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maiz Azucar Arroz Leche Entera en Polvo 2 368

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Designan representante de la SUNAT en el Grupo de Trabajo Interinstitucional a que se refiere la R.M. Nº 274-2005PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 450-2005-EF/10 MORDAZA, 1 de setiembre de 2005 Visto el Oficio Nº 00442-2005-SUNAT/100000 del 19 de agosto de 2005 de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 274-2005PCM, publicada el 8 de agosto de 2005 se constituyo un Grupo de Trabajo Interinstitucional responsable de coordinar y elaborar de comun acuerdo con el Gobierno de la Republica Federativa del Brasil, programas y proyectos de cooperacion tecnica, en lo relativo a la implementacion del Proyecto de Exportacion por Envios Postales para las PYMES; Que, en el ar ticulo 2º de la citada Resolucion Ministerial, se establece que el Grupo de Trabajo

Del 16/8/2005 al 31/8/2005

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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ABUGATTAS FATULE Viceministro de Economia 15186

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