Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2006 (14/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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con PROFA, con respecto a los que carecen de el, a la conformacion de una judicatura con formacion adecuada? La respuesta es afirmativa. En efecto, la formacion de magistrados es conducente a la conformacion de una judicatura de tal naturaleza. Sin embargo, debe advertirse que el MORDAZA de "formacion" es mucho mas amplio que el provisto por una capacitacion postuniversitaria. La formacion juridica comprende la que se presta en la del nivel de pregrado como en la de postgrado, empero, es el pregrado la fase sustancial y de mayor importancia en la formacion juridica, lo cual no implica negar que los estudios ulteriores a los universitarios contribuiran al perfeccionamiento y profundizacion de la formacion juridica. Si por formacion se entiende el aprestamiento en una actividad profesional determinada, MORDAZA se adquiere esencialmente durante los estudios universitarios. No obstante, puede afirmarse que, en via de MORDAZA, una formacion ulterior a la universitaria puede contribuir a la conformacion de una judicatura adecuadamente formada. Aun cuando el vinculo no resulta del todo evidente, la presuncion de constitucionalidad de la ley conduce a que se estime que el trato diferenciado guarda un vinculo de idoneidad con la conformacion de una judicatura adecuadamente formada (objetivo). 67. ¿Existe una relacion de idoneidad entre el objetivo -la judicatura adecuadamente formada- y la finalidad idoneidad judicial-? La respuesta es tambien afirmativa. La conformacion de una judicatura adecuadamente formada conduce a la realizacion del MORDAZA de idoneidad judicial. En consecuencia, el tratamiento diferenciado habria superado el examen del MORDAZA de idoneidad. 68. ¿Es conducente el favorecimiento de postulantes con PROFA, con respecto a los que carecen de el, a la conformacion de una judicatura especializada ? El concepto de especializacion es muy especifico, no se trata de una formacion general cuando, mas bien, de un adiestramiento en una actividad determinada. La formacion brindada por la Academia esta orientada justamente al adiestramiento del abogado en el ejercicio de la funcion jurisdiccional. El favorecimiento de postulantes con PROFA -el tratamiento diferenciado- es asi conducente a la conformacion de una judicatura especializada. Ahora bien, la conformacion de una judicatura especializada, en cuanto objetivo, es conducente a la realizacion del MORDAZA de idoneidad judicial, el fin. En consecuencia, el tratamiento diferenciado examinado ha superado el examen bajo el subprincipio de idoneidad.

una intervencion en la igualdad. El legislador disponia, al menos, de un medio alternativo igualmente idoneo al empleado que no contravenia la igualdad. En consecuencia, la disposicion cuestionada no supera el examen bajo el subprincipio de necesidad y, por lo tanto, infringe el MORDAZA derecho de igualdad. D . CONTROL ABSTRACTO DE CONSTITUCIONALIDAD DE LAS NORMAS INFRALEGALES 71. Como se advirtio en el Fundamento Nº 15 de la presente sentencia, el "Reglamento de Concurso para la seleccion y nombramiento de jueces y fiscales y balotario" expedido por el Consejo Nacional de la Magistratura, reprodujo el contenido de la disposicion legal que este Tribunal Constitucional ha estimado inconstitucional. 72. ¿Puede el Tribunal Constitucional pronunciarse sobre la constitucionalidad de una MORDAZA de jerarquia infralegal -como el citado Reglamento- a traves del MORDAZA de inconstitucionalidad? Adviertase que la cuestion planteada se refiere al control "abstracto" de constitucionalidad de la MORDAZA de jerarquia infralegal. Por el contrario, el control concreto de constitucionalidad de una nor ma infralegal por par te del Tribunal Constitucional no plantea problema alguno debido a que MORDAZA deriva del poder-deber de control de inaplicabilidad que habilita la Constitucion (articulo 138º, 2do parrafo) a los "jueces" y, en tal sentido, al Tribunal Constitucional, con respecto a todo MORDAZA infraconstitucional, sea de jerarquia legal o infralegal. Es en este sentido que el CPConst ha establecido que "Cuando exista incompatibilidad entre una MORDAZA constitucional y otra de inferior jerarquia, el Juez debe preferir la primera, (...)" (Articulo VI). Distinto es, en cambio, cuando de lo que se trata es del control "abstracto" de constitucionalidad de las normas infralegales. 73. De conformidad con la Constitucion, el control abstracto de constitucionalidad de las normas con jerarquia de ley se efectua a traves del MORDAZA de inconstitucionalidad (articulo 200º, inciso 4). Dicho MORDAZA es de competencia del Tribunal Constitucional (articulo 202º, inciso 1). Por su parte, el control abstracto de constitucionalidad y legalidad de las normas de jerarquia infralegal se realiza a traves del MORDAZA de accion popular (Articulo 200, inciso 5). Dicho MORDAZA es de competencia del Poder Judicial (Articulo 85, CPconst). En este contexto, el Tribunal Constitucional esta prohibido del control abstracto de constitucionalidad de las normas de jerarquia infralegal debido a que el MORDAZA constitucional establecido para tal efecto esta reservado al Poder Judicial. 74. Sin embargo, el Tribunal Constitucional si puede efectuar el control abstracto de constitucionalidad de una MORDAZA de jerarquia infralegal y, asi, pronunciarse sobre su validez constitucional, cuando MORDAZA es tambien inconstitucional "por conexion o consecuencia" con la MORDAZA de jerarquia legal que el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional. De conformidad con el articulo 78º del CPConst, "La sentencia que declare la ilegalidad o inconstitucionalidad de la MORDAZA impugnada, declarara igualmente la de aquella otra a la que debe extenderse por conexion o consecuencia". 75. Segun esta disposicion, la MORDAZA a la que se extiende la inconstitucionalidad no se restringe a las que se encuentran en el mismo cuerpo normativo (Codigo, Ley sobre una materia especifica) a la que pertenece la MORDAZA impugnada, pues no establece que la extension de inconstitucionalidad hacia otras normas tenga que circunscribirse a las que se encuentran en el "mismo cuerpo normativo". Por lo tanto, las normas a las que puede extenderse la inconstitucionalidad son las que pertenecen a nuestro ordenamiento juridico en su integridad, con total prescindencia de si ellas hacen parte o no del mismo cuerpo normativo de la MORDAZA impugnada. Segun esto, si una MORDAZA inconstitucional por extension se encuentra fuera del cuerpo normativo al que pertenece la MORDAZA impugnada, correspondera tambien su declaratoria de inconstitucionalidad. 76. Una precision adicional es que la disposicion procesal citada no establece que la MORDAZA a la que se

§5.6 EXAMEN DE LA NECESIDAD DEL TRATAMIENTO DIFERENTE A POSTULANTES CON PROFA
69. Superado el examen de idoneidad corresponde, ahora, examinar el tratamiento diferenciado a la luz del subprincipio de necesidad. Ha de analizarse, entonces: a) la existencia de medios alternativos igualmente idoneos para la realizacion del objetivo y, b), si ellos no afectan el MORDAZA de igualdad. 70. Los medios alternativos. La conformacion de una judicatura adecuadamente formada y especializada puede alcanzarse a traves de un medio que no implica la intervencion en la igualdad. La conformacion de una judicatura formada y especializada puede alcanzarse a traves de la implementacion del curso del PROFA, sin que para ello, empero, sea indispensable la adopcion del trato diferenciado cuestionado. En efecto, el PROFA puede extenderse a abogados que ya han ingresado a la MORDAZA judicial -en cualquier nivel- y han de iniciar el ejercicio de su funcion jurisdiccional. Justamente, MORDAZA de iniciar sus labores los magistrados incorporados podrian recibir la formacion y especializacion. Para cumplir este cometido, no es necesario acudir a un tratamiento contrario a la igualdad como el cuestionado. Si se pretende alcanzar una judicatura formada y especializada, este cometido puede realizarse a traves de una via que no suponga la adopcion del medio aqui cuestionado. En suma, el medio aqui planteado es igualmente idoneo al examinado y, ademas, no ocasiona

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