Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2006 (14/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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bonificacion. De estas dos normas, la primera constituye un supuesto de redundancia o reproduccion de la MORDAZA inconstitucional; la MORDAZA, en cambio, un caso de conexidad. Se trata de una relacion de conexidad debido a que concretiza la MORDAZA inconstitucional al especificar el organo que ha de adjudicar la bonificacion inconstitucional. 87. En consecuencia, si en el Reglamento se tiene dos normas -articulo 48º, primer parrafo, la Primera Disposicion Final, in fine- que guardan una relacion de conexidad con la MORDAZA inconstitucional y otra MORDAZA -Primera Disposicion Final- que reproduce el contenido de aquella, entonces, ellas tambien resultan inconstitucionales y, como tales, deben ser expulsadas del ordenamiento juridico. VII. FALLO Por estos fundamentos, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitucion Politica del Peru HA RESUELTO Declarar FUNDADA la demanda y, en consecuencia DECLARA INCONSTITUCIONAL: a) El articulo 3º de la Ley Nº 27466, en el extremo que modifica la Cuarta Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27368 modificatoria de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura. b) El articulo 48º, primer parrafo, en el extremo que remite a la Ley Nº 27466, y la Primera Disposicion Final del "Reglamento de Concurso para la seleccion y nombramiento de jueces y fiscales y balotario" expedido por el Consejo Nacional de la Magistratura por Resolucion Nº 989-2005-CNM. Dispone la notificacion a las partes y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Publiquese y notifiquese. SS. MORDAZA ORLANDINI BARDELLI LARTIRIGOYEN MORDAZA MORDAZA MORDAZA TOMA MORDAZA GOTELLI MORDAZA MORDAZA 06521

Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion Permanentes: a) Tubos, Valvulas y Accesorios de Material Plastico para el Transporte de Fluidos, b) Ingenieria de software y sistemas de informacion, c) Codificacion e Intercambio Electronico de Datos - EDI, d) Evaluacion de la Conformidad, e) Carne y Productos Carnicos y f) Productos Agroindustriales de Exportacion SCTN de Cafe de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Tubos, Valvulas y Accesorios de Material Plastico para el Transporte de Fluidos, 1 PNTP, el 9 de diciembre del 2005. b) Ingenieria de software y sistemas de informacion, 1 PNTP, el 12 de diciembre del 2005. c) Codificacion e Intercambio Electronico de Datos EDI, 1 PNTP, el 14 de diciembre del 2005. d) Evaluacion de la Conformidad, 4 PNTP, el 16 de diciembre del 2005. e) Carne y Productos Carnicos, 1 PNTP, el 16 de diciembre del 2005. f) Productos Agroindustriales de Exportacion - SCTN de Cafe, 1 PNTP, el 16 de diciembre del 2005. Los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopcion y sometidos a Discusion Publica por un periodo de treinta dias contados a partir del 17 de febrero del 2006; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 23 de marzo del 2006; RESUELVE Primero.- APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes:
NTP-ISO 580:2006 CONEXIONES TERMOPLASTICAS FABRICADAS POR INYECCION. Metodos de ensayo para evaluar los efectos del calentamiento. 2ª Edicion Reemplaza a la NTP-ISO 580:1997

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INDECOPI
Aprueban Normas Tecnicas Peruanas elaboradas por los Comites de Tubos, Ingenieria de Software, Carne, Evaluacion de la Conformidad, Codificacion y Productos Agroindustriales
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0024-2006/CRT-INDECOPI MORDAZA, 23 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la

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MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, "Articulo 40" (Comentario al), en MORDAZA Pages, MORDAZA MORDAZA (Coordinador) AA.VV. Comentarios a la Ley Organica del Tribunal Constitucional, Tribunal Constitucional, Boletin Oficial del Estado, MORDAZA, 2001, p. 613. Caamano, Francisco. El control de constitucionalidad de disposiciones reglamentarias, CEC, MORDAZA, 1994, p. 151.

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