Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2006 (14/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, viernes 14 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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a su cargo el diseno y la conduccion del MORDAZA de promocion de la inversion en la Central Hidroelectrica de Campanayocc del Proyecto Especial Rio Cachi." Articulo Segundo.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional a suscribir la Addenda al Convenio MORDAZA de Asistencia Tecnica suscrito con PROINVERSION el 20 de MORDAZA del 2005, de conformidad con lo dispuesto en el texto del Articulo MORDAZA del Acuerdo de Consejo Regional Nº 077-05-GRA/CR, modificado por el Articulo Primero del presente Acuerdo de Consejo Regional. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicacion y difusion del presente Acuerdo para los fines pertinentes. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 06714

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Modifican Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital de Sullana
ORDENANZA REGIONAL Nº 100-2006/GRP-CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por la Ley de Refor ma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificatoria Ley Nº 27902, Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que aprueba lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de las Entidades de la Administracion Publica; y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, en su inciso 1. establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo 35º de la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, el inciso a) del articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, establece como atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM se aprobaron los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del CAP de las Entidades de la Administracion Publica, en cuyo articulo 14º, numeral 14.5, establece que en el caso de las Direcciones Regionales Sectoriales y demas entidades que mantienen dependencia funcional y tecnica con los Ministerios, el proyecto de CAP se elabora de conformidad con las disposiciones

complementarias que elabora el respectivo Ministerio, debiendo el organo encargado de dicho Ministerio emitir opinion previa. De existir opinion favorable corresponde la remision a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la que debe emitir un informe previo y elevar el proyecto de CAP para la aprobacion por parte del Gobierno Regional, asimismo el articulo 15º establece que la aprobacion debe darse mediante Ordenanza Regional; Que, el articulo 17º del Decreto Supremo Nº 0432004-PCM, establece que las Entidades deberan cumplir con publicar su CAP en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la Entidad, siendo esta dentro de los 3 dias calendario siguientes a la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad de los funcionarios responsables conforme a la Ley de transparencia y acceso a la informacion publica; Que, el proyecto del Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital de Sullana ha sido elaborado en concordancia a lo establecido en la Directiva Nº 007MINSA/OGPE-V.01 - Directiva para la formulacion de Documentos Tecnicos Nor mativos de Gestion Institucional, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 371-2003-SA/DM. Asimismo, cuenta con la opinion tecnica favorable de la Oficina General de Planeamiento Estrategico del Ministerio de Salud, por lo que contiene las respectivas visaciones; Que, en cumplimiento a lo establecido en el articulo 4º de la Ley Nº 28220 - Ley de Nombramiento de Medicos Cirujanos contratados por el Ministerio de Salud a nivel nacional, concordante con el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 009-2004-SA - Reglamento de la Ley Nº 28220, es necesario aprobar el proyecto del Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital de Sullana, debiendo adecuarse a la clasificacion de cargos que aprobara posteriormente el Ministerio de Salud y consiguientemente a la totalidad de los lineamientos establecidos por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal de las Entidades de la Administracion Publica; Que, mediante Informe Nº 015-2006/GRP-410300, de fecha 15 de febrero del 2006 e Informe Nº 224-2006/GRP460000, de fecha 8 de marzo del 2006, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Oficina Regional de Asesoria Juridica, respectivamente, concluyen y recomiendan que es procedente la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Hospital de Sullana; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Extraordinaria Nº 03 de fecha 14 de marzo del 2006, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL DEL HOSPITAL DE SULLANA Articulo Primero.- Apruebese la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital de Sullana, aprobado mediante el Acuerdo de Consejo Regional Nº 224-2004/GRP-CR de fecha 29 de MORDAZA del 2004, que constara de quinientos cuarenta (540) cargos asignados necesarios, siendo trescientos setentinueve (379) cargos ocupados y ciento sesentiun (161) previstos, veintitres (23) Contratos sujetos a modalidad y ciento veintiseis (126) Contratos de Locacion de Servicios con personas naturales, de acuerdo a los Formatos 1 y 2 y Anexos 1 y 2 que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- El Hospital de Sullana efectuara la publicacion de su Cuadro para Asignacion de Personal aprobado en el articulo precedente, en cumplimiento a lo establecido en el articulo 17ª Decreto Supremo Nº 0432004-PCM.

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