Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2006 (25/11/2006)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de noviembre de 2006

del cero, se obtendra un factor de correccion cuyo valor correspondera al valor opuesto a la menor lectura. Para verificar los numeros de identificacion de los sensores, se debera calentar cada sensor con la MORDAZA de la mano para luego volver a realizar las lecturas. Se debera registrar la hora de inicio y fin de la calibracion. - Se debe tomar la temperatura de pulpa de la fruta de cada pallet, de preferencia en la MORDAZA central del pallet al momento de salir del almacen de frio, y luego tomar nota de la temperatura minima y MORDAZA registrada. Se recomendara la carga de la fruta cuando se registre la temperatura de 0.5º C. - Para la carga de la fruta al contenedor, se debe tener en cuenta que los pallets con fruta mas caliente deben ser colocados en la mitad de la carga y el ultimo MORDAZA de esta. - Se requieren registros de temperatura desde al menos tres ubicaciones. Los sensores se colocan en la fruta, de la siguiente manera; el sensor Nº 1 en la MORDAZA superior del primer pallet ubicado al fondo del contenedor y en la MORDAZA que se encuentra en el MORDAZA interno, el MORDAZA sensor en el pallet ubicado en la mitad del contenedor al lado derecho en una MORDAZA de media altura, el tercer sensor se coloca en el antepenultimo pallet al lado MORDAZA en una MORDAZA de media altura (ver grafico). - Mientras se realiza el cargado de los pallets en el contenedor, los espacios vacios entre pallets en el piso del contenedor deben ser cubiertos con carton limpio para evitar el escape del aire. Asimismo, en el interior de los contenedores en la parte superior de estos, existe una linea de color MORDAZA, la cual no debe ser superada por la altura alcanzada por los pallets con fruta. Se debe tomar en cuenta que los pallets en el interior del contenedor deben de tener una altura uniforme. - MORDAZA de cerrar las puertas del contenedor, se debera verificar nuevamente la temperatura registrada por los sensores, debido a que estos pueden sufrir algun dano durante la estiba de la carga. - Un precinto numerado del SENASA debe colocarse en el contenedor cargado. Este precinto no debe retirarse hasta que la carga MORDAZA sido aprobada en el puerto de destino. - Una vez completado el procedimiento, el inspector procedera a completar y otorgar los correspondientes: Certificado Fitosanitario (Formato DDF-E-10), Certificado de Carguio y Calibracion, Instrucciones para el capitan y Ubicacion de los sensores. Asimismo debera de ingresar la informacion correspondiente en el software de reporte de informacion del tratamiento "Sistema 556", para lo cual la planta de empaque debera de brindar las facilidades necesarias. Si el inicio del periodo de tratamiento se cortase por excesos de temperatura, MORDAZA en el registrador, o algun procedimiento inadecuado, y el tratamiento tiene que ser reiniciado, la informacion sobre la ocurrencia y el reinicio tiene que ser correctamente detallada en los reportes. En estos casos la fruta puede arribar a EEUU solo a los siguientes puertos: - Cualquier puerto localizado al norte 39o latitud y al este de 104o longitud; - Cualquiera de los siguientes puertos: Wilmington, NC; Seattle, WA; MORDAZA Christi, TX; y Gulfport, MS (no se encuentra en operacion actualmente); - Seattle-Tacoma International, Seattle, WA (no se encuentra en operacion actualmente), - Hartsfield-Atlanta International Airport, Atlanta, GA Tratamiento: T107-a-1 Tratamiento en Frio: Temperatura 34 °F (1.11 °C) o menos 35 °F ( 1.67 °C) o menos 2. Formatos La version electronica de los formatos se encuentra disponible en la pagina web del SENASA: http://www. senasa.gob.pe - (02) Solicitud para la evaluacion y certificacion de lugares de produccion, centros de acopio, empacadoras y Periodo de Exposicion 15 dias 17 dias

plantas de tratamiento y empaque de plantas y productos vegetales para exportacion. DDF-E-02 - (03) Informe de Inspeccion para la certificacion de centros de acopio, empacadoras, plantas de tratamiento y empaque de plantas y productos vegetales para exportacion. DDF-E-03 - (05) Certificado de Funcionamiento de Centro de Acopio, Empacadora y Planta de Tratamiento y Empaque. DDF-E-05 - (06) Informe de Inspeccion Fitosanitaria para la certificacion de Lugar de Produccion. DDF-E-06 - (07) Certificado de Aptitud de Lugares de Produccion de Frutas y Hortalizas con fines de exportacion. DDF-E07 - (08) Solicitud para Certificacion de Plantas, Productos Vegetales y Otros Articulos Reglamentados, Animales, Productos y Subproductos de Origen Animal, para la Exportacion o Re-exportacion. DDF-E-08 - (09) Informe de Inspeccion para la Certificacion de Plantas, Productos Vegetales y Otros Articulos Reglamentados, Animales, Productos y Subproductos de Origen Animal, para la Exportacion o Re-exportacion. DDF-E-09 - (10) Certificado Fitosanitario DDF-E-10 incluye: Certificado de Carguio y Calibracion, Instrucciones para el capitan y Ubicacion de los sensores. - (13) Manifiesto de carga para muestreo de frutos DDF-E-13 - Hoja de Incidencias. - Carta de Compromiso del Titular de Registro del Lugar de Produccion. - Listado de materiales para la supervision del SENASA. 6021-1

Lista de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA y productos biologicos formulados registrados en el mes de octubre de 2006
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1115-2006-AG-SENASA-DIAIA La MORDAZA, 10 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se creo el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) como encargado de desarrollar y promover la participacion de la actividad privada para la ejecucion de los planes y programas de prevencion, control y erradicacion de plagas y enfermedades que inciden con mayor significacion socioeconomica en la actividad agraria; siendo a su vez, el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme con lo senalado por el Articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene entre otras funciones y atribuciones, las de conducir y mantener el sistema de registro y actividades post-registro de insumos agropecuarios; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, establece que la Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene a su cargo, entre otras a la Subdireccion de Insumos Agricolas; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 001-2006-AGSENASA se continua con el MORDAZA de implementacion del ROF del SENASA; asumiendo sus funciones la Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria y la Subdireccion de Insumos Agricolas; Que, por Decreto Supremo Nº 16-2000-AG, se aprueba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, disponiendo en su Articulo 53° que el SENASA publicara mensualmente la relacion de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA registrados en el mes anterior;

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