Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2006 (25/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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MORDAZA Metropolitana como organo desconcentrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, segun el articulo 65º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, se establece que la Capital de la Republica no integra ninguna Region y en la Provincia de MORDAZA las competencias y funciones reconocidas al Gobierno Regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 0242006, dispone la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, la relacion de los bienes, servicios y obras, a ejecutar, aprobadas mediante Resolucion del Titular de la Entidad o la MORDAZA Autoridad Administrativa; Que, de acuerdo a la Disposicion Final, Unica de la Ley Nº 28904 se sustituye los Anexos 3 y 3 A, la distribucion del Gasto de los Gobiernos Regionales, que sustituye la ejecucion de la obra Pavimentacion de las vias locales de la Cooperativa de Vivienda de los Trabajadores de INGEMMET ­ COVITI ­ SAN MORDAZA DE PORRES por la ejecucion de obra de Pavimentacion de vias internas del Grupo Residencial Nº 25 A Sector 1 ­ MORDAZA El Salvador; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 396 del 24 de marzo del 2006, se delego en el Gerente del Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana el suscribir, como MORDAZA autoridad administrativa del Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana, los contratos, convenios y resoluciones que involucren actividades propias del Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana; Que, estando a lo acordado y de conformidad con la delegacion de facultades conferidas mediante Resolucion de Alcaldia Nº 396 del 24 de marzo del 2006, Ley Nº 28880, Ley que autoriza credito suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006 y Decreto de Urgencia N° 024-2006 publicado el 26 de septiembre del 2006, en el cual se establece el procedimiento especial para la ejecucion de las actividades y proyectos bajo el ambito de la Ley N° 28880, Ley que autoriza un credito suplementario en el presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006 y la Ley Nº 28904, Ley que otorga una asignacion excepcional para el ano fiscal 2006 a la Policia Nacional del Peru; Y, contando con la opinion favorable de la Subgerencia Regional de Asesoria Juridica y de la Subgerencia de Regional de Administracion del Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Servicio de Consultoria para Supervision de Obra asi como la Ejecucion de la Obra Pavimentacion de vias internas del Grupo Residencial Nº 25-A Sector 1 ­ MORDAZA El MORDAZA, en el ambito de la Ley Nº 28880, Ley que autoriza credito suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de la institucion, dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA BADO Gerente Programa de Gobierno Regional de MORDAZA Metropolitana 6099-1

VISTO: El Informe Nº 061-2006-SG-SRC//MDC del 27 de setiembre del 2006 y el Proveido Nº 1639 del 5 de octubre del 2006 de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, concordante ademas con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 4 de la Constitucion Politica, es deber del Estado, por ende de todo Gobierno Local, el de proteger a la familia y promover el matrimonio, en su condicion de instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Que, el Art. 84 Numeral 2 Subindice 2.4 y Numeral 3 Subindice 3.3 de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades preve que; constituyen funciones de los Gobiernos Locales, el organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad; asi como el de promover la igualdad de oportunidades con criterio de equidad; Que, es politica de la actual gestion el de realizar diversas acciones dirigidas a lograr el fortalecimiento de la institucion Municipal en todo el ambito de su jurisdiccion y buscar el bienestar de la comunidad del distrito de Carabayllo; promoviendo para ello entre otros aspectos, el fortalecimiento de la familiia y la sociedad a traves de la formalizacion de las uniones de hecho, de parejas que por motivos economicos y/o de otra indole, mantienen un estado de concubinato indefinido; correspondiendo al Gobierno Local promover campanas de MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, con motivo de estar cerca la celebracion de las MORDAZA Navidenas, preveyendo se realice el dia 16 de diciembre del 2006 en la Piscina Municipal "Ricardo Palma" de la Urb. MORDAZA MORDAZA distrito de Carabayllo; con la finalidad de procurar que dichas personas formalicen su estado civil; Estando a la facultad conferida en el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER, la celebracion del "MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO", en forma general para toda la jurisdiccion del distrito de Carabayllo, a realizarse el dia 16 de diciembre del 2006 en la Piscina Municipal del Complejo Deportivo "Ricardo Palma" de la Urb. MORDAZA MORDAZA - distrito de Carabayllo. Articulo Segundo.- DISPONER, que para la realizacion de esta ceremonia, los contrayentes cumplan previamente con presentar los siguientes requisitos: a) MORDAZA Certificada de la Partida de Nacimiento de cada uno de los contrayentes (actualizadas). b) Certificado de Solteria de ambos contrayentes, o MORDAZA certificada de la Partida de defuncion del conyugue anterior, o MORDAZA certificada de la Sentencia de divorcio o de invalidacion del matrimonio anterior, o el certificado consular de solteria o viudez, segun sea el caso. c) Certificado medico de ambos contrayentes. d) Certificado domiciliario de ambos contrayentes. e) MORDAZA del documento nacional de identidad de ambos contrayentes. f) MORDAZA de los documentos de identidad de los testigos. g) Pago del derecho correspondiente. Articulo Tercero.- DISPENSAR, de la publicacion de Edictos a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la MORDAZA de la documentacion completa, establecida como requisito previo, y que se encuentren aptos para contraer matriminio; esto al MORDAZA de la

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Disponen la celebracion de matrimonio civil comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2006-A/MDC Carabayllo, 11 de octubre del 2006

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