Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2006 (25/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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3.3 Emision del certificado registro de la planta de empaque En el caso de que la planta empacadora no aprobara la inspeccion el expediente sera anulado y el usuario debera de tramitar un MORDAZA procedimiento de registro de planta de empaque. En caso de ser favorable la inspeccion la Direccion Ejecutiva del SENASA emitira el Certificado de Registro de la Planta de Empaque (Formato DDF-F-05), el numero asignado a la planta de empaque sera codificado del siguiente modo: Certificado de Registro Nº : numero de la provincia asignado por el Sistema Nacional de Vigilancia de Mosca de la Fruta ­ primera(s) letras de la planta empacadora - ANO- PET Ejemplo: Certificado de Registro Nº : 016 ­ C - 06/07- PET En donde: 016 C 06/07 PET : : : : Asignacion del SINADE a la provincia de Ica Primera letra de la empresa "Comercial uvita" MORDAZA MORDAZA 2006/2007 Planta Empacadora

el MTD se encuentre dentro del umbral establecido. El tecnico responsable de la planta empacadora verificara que los lugares de produccion MORDAZA llegar a la planta empacadora sus MAC en forma diaria, y mantendra un registro actualizado. El SENASA verificara este registro en forma aleatoria. 3. Almacenamiento de fruta para la inspeccion fitosanitaria La inspeccion visual del envio se realizara durante el procesamiento de la uva. Las uvas de mesa que vienen directamente de lugares de produccion certificados por SENASA destinadas a la exportacion no podran ser almacenados o preenfriados en espacios compartidos con fruta de lugares de produccion no autorizados. CAPITULO IV CERTIFICACION FITOSANITARIA 1. Inspeccion fitosanitaria en el procesamiento de fruta El lote para la inspeccion sera la unidad que ingrese a la empacadora desde el lugar de produccion. El inspector del SENASA verificara, en forma aleatoria, al ingreso a la empacadora que el lote cumpla con las condiciones de resguardo senaladas en el capitulo anterior y que el MAC se encuentre debidamente completado, firmado y sellado. Durante el procesamiento de la fruta y MORDAZA del empaque, el inspector del SENASA procedera a inspeccionar la fruta dirigiendo el muestreo a aquellos frutos con sospecha de infestacion, con el objeto de verificar la ausencia de estados inmaduros de moscas de la fruta y otras plagas de acuerdo a los requisitos fitosanitarios de los paises de destino. El Inspector de Cuarentena debe comprobar que la fruta ha sido debidamente procesada y que en las MORDAZA no se encuentren frutos en estado de descomposicion, insectos, acaros, hojas, raices y suelo. 2. Inicio del Tratamiento Cuarentenario en Frio En aquellos envios de uva destinados a paises que regulen la aplicacion del tratamiento en frio en MORDAZA, el SENASA iniciara este tratamiento de acuerdo a las especificaciones de cada pais. (Ver Anexo). Para los envios destinados a EEUU, luego del inicio del tratamiento en frio, el inspector debera de ingresar los datos correspondientes al tratamiento en el Programa 556. 3. Emision del Certificado Fitosanitario El usuario, con 24 horas de anticipacion y en horario de oficina, presentara en mesa de partes del SENASA local, una solicitud (Formato: DD-E-8), adjuntando la boleta de pago por concepto de la Inspeccion y del Certificado Fitosanitario, segun el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente. Para las exportaciones a EEUU, debera de indicar el numero de contenedor que transporta el envio y el inspector del SENASA verificara que el contenedor se encuentra en la relacion de contenedores aprobados por APHIS. La inspeccion para certificacion del envio sera efectuada por el Inspector de Cuarentena Vegetal en las empacadoras registradas en las areas destinadas para este fin. Durante la inspeccion fitosanitaria, el Inspector del SENASA verificara que las MORDAZA lleven la informacion de origen o los codigos correspondientes, que MORDAZA nuevas, que los embalajes se ajusten a las exigencias de las normas internacionales sobre material de embalajes de MORDAZA, que el envio se encuentre libre de suelo. Los resultados de la inspeccion fitosanitaria los anotara en el Formato: DDF-E-09, en el que indicara el numero del contenedor o camion, precinto de seguridad colocado. Los contenedores deben ser de uso exclusivo para transportar envios de similar condicion fitosanitaria de ingreso inspeccionado, aprobado y tratados, los cuales deberan venir sellados y precintados por la autoridad fitosanitaria competente. Los numeros de los precintos deberan indicarse en el Certificado Fitosanitario.

3.4 Validez del certificado de la Planta de Empaque La validez de este Certificado sera por un ano calendario. El SENASA comunicara a las ONPF de los paises de destino que lo requieran la relacion actualizada de las plantas de empaque registradas. 3.5 Causales de cancelacion del certificado de la Planta de Empaque La cancelacion de esta certificacion ocurrira cuando el SENASA: - Compruebe el procesamiento o almacenamiento en forma simultanea de fruta fresca de uvas de mesa de lugares de produccion no certificados y/o sin la autorizacion debida. - Detecte en la planta empacadora o en el contenedor la mezcla de fruta fresca de uvas de mesa, procedentes de lugares de produccion no certificados. - Detecte la presencia de frutos frescos de uvas de mesa rechazados procedentes de otras empacadoras. - Se observe la adulteracion de algun documento. - Compruebe que la empacadora ha perdido las condiciones bajo las cuales fue aprobada o modifique estas sin aprobacion del SENASA. - Detecte ingreso de uvas de mesa con MAC que no corresponden al productor y al lugar de produccion inscrito y certificado por SENASA. CAPITULO III CONDICIONES DE RESGUARDO EN EL MORDAZA DE EXPORTACION 1. Cosecha de fruta destinada a la exportacion El exportador asegurara que la fruta a exportar procede de lugares certificados por SENASA y que el MTD vigente se encuentra dentro del umbral establecido. Los exportadores deben de contar con un sistema que permita la trazabilidad de la fruta. 2. Movilizacion de la fruta desde el lugar de produccion hacia la planta empacadora El productor, fuera de su lugar de produccion, esta obligado a transportar la fruta en camiones cerrados o cubiertos con mallas contra insectos, adjuntando el Manifiesto de Carga (MAC) correctamente llenado (Formato: DDF-E-13), sin enmendaduras, anadiduras, ni borrones. La carga debe estar debidamente identificada con el codigo del lugar de produccion del cual provienen. En un mismo camion o carreta puede trasladarse fruta de uno o mas productores, siempre y cuando corresponda a lugares de produccion certificados por el SENASA y que

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