Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2007 (19/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de enero de 2007

Aprueban transferencias financieras a favor de diversos Gobiernos Regionales y Municipalidades Distritales, para la ejecucion de proyectos de electrificacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 022-2007-MEM/DM
MORDAZA, 18 de enero de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 624-2006MEM/DM de fecha 29 de diciembre de 2006, se aprueba el Presupuesto Institucional del Pliego 016- Ministerio de Energia y Minas correspondiente al Ano Fiscal 2007, que incluye a la Unidad Ejecutora Nº 002- Direccion Ejecutiva de Proyectos; Que, el Articulo 1º de la Ley Nº 28880, dada el 8 de septiembre de 2006, autorizo un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, hasta por la suma de UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 937 189 157,00), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con el objeto de financiar la ejecucion de actividades y proyectos de inversion de indole y efecto social a cargo de diversos Sectores, que se encontraron detallados en los Anexos de la citada Ley; Que, mediante el Oficio Circular Nº 029-2006-EF/76.12 de fecha 11 de septiembre de 2006, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas remitio el Anexo con Codigo AIR57A6C ­ Distribucion del Gasto del Gobierno Nacional por Actividad y Proyecto y Grupo Generico de Gasto de la Ley Nº 28880, que consto en 16 paginas y registro el credito presupuestario asignado al Pliego 016 ­ Ministerio de Energia y Minas por el monto de CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES CIENTO QUINCE MIL CIENTO SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.168 115 165,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, de conformidad a lo establecido en el Articulo 1º de la Ley MORDAZA referida, mediante la Resolucion Ministerial Nº 4482006-MEM/DM de fecha 14 de septiembre de 2006, el Pliego 016 - Ministerio de Energia y Minas, aprobo la desagregacion de los recursos provenientes del Credito Suplementario a nivel de funcion, programa, sub programa, actividad, proyecto y grupo generico del gasto, hasta por la suma de S/. 168 115 165,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, en aplicacion del Articulo Unico de la Resolucion Directoral Nº 049-2006-EF/76.01, se establecieron Lineamientos para la Aplicacion del Numeral 3.2 del Articulo 3º de la Ley Nº 28880, referente a la ejecucion de proyectos de inversion mediante Transferencias Financieras del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas; y, que asimismo, mediante el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 053-2006-EF/76.01, se incluyo el Numeral 1.4 en el Articulo 1º de los Lineamientos MORDAZA referidos; Que, en aplicacion a lo dispuesto por el Numeral 8.3 del Articulo 8º de la Ley Nº 28939, los procesos de seleccion iniciados durante el Ano Fiscal 2006 que no se hubieran culminado al 31 de diciembre de 2006 o aquellos que se inicien en el ano 2007, con cargo a los recursos de la Ley Nº 28880, continuan o inician, segun corresponda, su tramite hasta la suscripcion del contrato respectivo. Para tal efecto se senala que el Decreto de Urgencia Nº 024-2006 y su modificatoria mantienen su vigencia hasta el 31 de MORDAZA de 2007; Que, conforme a lo senalado en la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 28880 y al Numeral 8.3 del Articulo 8º de la Ley Nº 28939, el Gobierno Nacional, mediante Resolucion Ministerial, efectua las transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, teniendo como requisito previo la suscripcion de los Convenios para la ejecucion de los Proyectos de Inversion ­ Ley Nº 28880 Articulo 3º Numeral 3.2; Que, mediante Memorandum Nº 017-07-MEM/DEP de fecha 12 de enero de 2007, la Unidad Ejecutora Nº 002Direccion Ejecutiva de Proyectos conformante del Pliego Institucional, ha solicitado la aprobacion de las transferencias financieras a efectuarse a favor de los GOBIERNOS REGIONALES y GOBIERNOS LOCALES, en el MORDAZA de las Leyes Nºs 28880 y 28939, para la ejecucion de obras de 136 proyectos de electrificacion rural descritos en los Anexos 01 y 02, constitutivos de la parte resolutiva del presente dispositivo, por la suma total de S/. 100 342 343,00; Que, mediante Informe Nº 003-2007-MEM-OGP/PRES de fecha 17 de enero de 2007, la Oficina de Presupuesto ha emitido opinion favorable, certificando la disponibilidad

presupuestaria en las MORDAZA funcionales programaticas y de gasto que haran factible las operaciones de transferencias financieras a los Gobiernos Regionales y Locales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; la Ley Nº 28880 - Ley que autoriza el Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006 y dicta otras medidas; los Lineamientos contenidos en la Resolucion Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 y la Resolucion Directoral Nº 053-2006-EF/76.01; y, la Ley Nº 28939- Ley que aprueba Credito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, dispone la creacion de fondos y dicta otras medidas; Con la opinion favorable de la Directora de Presupuesto y el Vº Bº del Director General de Planeamiento, Presupuesto, Estadistica e Informatica, del Director General de Asesoria Juridica y del Secretario General del Ministerio de Energia y Minas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 95 605 192,00 (NOVENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios con cargo al Presupuesto del Pliego 016 ­ Ministerio de Energia y Minas para el Ano Fiscal 2007; a favor de los GOBIERNOS REGIONALES de AMAZONAS; APURIMAC; AYACUCHO; CAJAMARCA; CUZCO; HUANCAVELICA; HUANUCO; LA LIBERTAD; LAMBAYEQUE; LORETO; PUNO; SAN MORDAZA y TUMBES, para la ejecucion de obras de 125 proyectos de electrificacion descritos en el Anexo 01 que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Aprobar la transferencia financiera por la suma de S/. 4 737 151,00 (CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios con cargo al Presupuesto del Pliego 016- Ministerio de Energia y Minas para el Ano Fiscal 2007; a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE QUIJE (AYACUCHO); MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE GRAN CHIMU (LA LIBERTAD); MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHOCOPE (LA LIBERTAD); MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PITIPO (LAMBAYEQUE), MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CORANI (PUNO); MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACHAYA (PUNO) y MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA (SAN MARTIN), para la ejecucion de obras de 11 proyectos de electrificacion descritos en el Anexo 02 que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Los recursos, materia de la presente transferencia financiera, seran destinados exclusivamente para la ejecucion de los proyectos descritos en los referidos Anexos, quedando prohibido que los GOBIERNOS REGIONALES y GOBIERNOS LOCALES, efectuen anulaciones presupuestarias con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Articulo 4º.- Las transferencias financieras a que se refieren los articulos precedentes se realizaran con cargo al presupuesto aprobado a la Unidad Ejecutora Nº 002 - Direccion Ejecutiva de Proyectos, organo nacional competente en materia de electrificacion rural, de acuerdo al siguiente detalle:
FUENTE DE FINANCIAMIENTO PROGRAMA SUBPROGRAMA ACTIVIDAD CATEGORIA DEL GASTO : : : RECURSOS ORDINARIOS 035 Energia

0100 Electrificacion Rural : 1 038920 Transferencia para Proyectos de Inversion ­ Ley Nº 28880 : 6 GASTOS DE CAPITAL 7 Otros Gastos de Capital

GRUPO GENERICO DEL GASTO :

La ejecucion de los recursos autorizados mediante las transferencias financieras, materia de la presente Resolucion, esta sujeta a los Calendarios de Compromisos que aprueba el Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 5º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en los Convenios de Financiamiento de los Proyectos de Inversiones, celebrados entre el Ministerio de Energia y Minas y los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, respectivamente. Articulo 6º.- La Unidad Ejecutora Nº 002 - Direccion Ejecutiva de Proyectos, sera responsable del cumplimiento de la ejecucion de los Convenios referidos en el articulo que antecede. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

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