Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2007 (19/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
ORDENA:

El Peruano MORDAZA, viernes 19 de enero de 2007

MORDAZA de la citada ley, son personas Juridicas de derecho publico, con autonomia economica, politica y administrativa, asi mismo enmarcandose entre otras finalidades la de fomentar el desarrollo integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada, teniendo como mision la de conducir la gestion publica regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, conforme tambien lo expresan los articulos cuatro y cinco de la citada ley, concordante con lo dispuesto por los articulos cuarenta y siete, cuarenta y ocho, cuarenta y nueve, cincuenta, cincuenta y uno, cincuenta y dos, cincuenta y tres, cincuenta y cuatro, cincuenta y cinco, cincuenta y seis, cincuenta y ocho, cincuenta y nueve, sesenta, sesenta y uno, sesenta y dos, sesenta y tres, sesenta y cuatro de la acotada MORDAZA legal; Que, resulta necesario que en este Gobierno Regional dentro de su Plan de Desarrollo, se establezca el Plan Regional de Accion por la Infancia y la Adolescencia con proyeccion hasta el ano dos mil dieciseis, con la finalidad de conseguir la Igualdad de oportunidades para todos, Priorizar la Ninez como sujeto de derechos y sustento del desarrollo; el Interes Superior del MORDAZA y su derecho a participar; y la Familia como Institucion Fundamental para el Desarrollo del Ser Humano; Que, los indicadores basicos de la situacion de las ninas, ninos y adolescentes en el ambito del Gobierno Regional MORDAZA, tenemos la mortalidad materna que es imprescindible abordarlo por su efecto inmediato en el recien nacido, ya que al morir la MORDAZA las posibilidades de MORDAZA del MORDAZA ser requiere de condiciones particulares para sobrevivir, condiciones que lamentablemente no se dan en muchos casos y que es preciso generar; Muerte MORDAZA MORDAZA, es muy preocupante las muertes MORDAZA natales (antes de nacer), en el ano dos mil cuatro durante el periodo fetal temprano se notificaron treinta y cuatro defunciones, en el intermedio noventa y dos y en el tardia doscientos veintitres, por su parte en el Periodo Neo MORDAZA Precoz murieron ciento ochenta Neonatal ochenta casos; Mortalidad Infantil, en el Peru sesenta por cada mil nacidos vivos mueren anualmente en las zonas rurales, veintiocho por mil nacidos vivos en las zonas urbanas; la mortalidad infantil en MORDAZA se ubica por encima del promedio nacional, cuarenta y cuatro por cada mil nacidos vivos; Mortalidad de Adolescentes, son las agresiones la primera causa de muerte seguido de los eventos de intension no determinada, lo cual nos hace suponer que la interaccion social en este grupo presenta serias deficiencias, asi mismo tenemos la desnutricion que en nuestro MORDAZA en veinticinco por ciento de ninos y ninas menores de cinco anos padecen de desnutricion cronica, MORDAZA alcanza el cuarenta y seis por ciento. Que, asi mismo existen otros problemas vinculados a la Educacion en sus diversos niveles, tambien problemas relacionados con la Familia como son la pobreza, el entorno Familiar y la violencia Familiar, en cuanto a los derechos humanos como es la Pobreza y la exclusion temprana, la afectacion a sus derechos fundamentales y el Abuso Sexual, entre otros; Que, con el diagnostico integral realizado en el presente plan, se consideran los objetivos del Plan de accion por la Infancia y la Adolescencia, se tiene a) Promover estilos de MORDAZA saludables y seguras con madres gestantes, ninos, ninas y adolescentes; b) Fortalecer la participacion ciudadana en la gestion de la salud focalizado a la ninez y la adolescencia; c) Promover un servicio educativo de calidad; d) Promover la participacion comunal en la gestion educativa; e) Fortalecer el nucleo familiar a partir padres y madres que asumen sus responsabilidades; f) Promover alianzas interfamiliares para la generacion de ingresos; g) Generar condiciones favorables para el cumplimiento pleno de los Derechos de los ninos, ninas y adolescentes. Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo quince inciso b) de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete- Organica de Gobiernos Regionales, es funcion del Consejo Regional " Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulacion entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinacion Regional; concordante con el articulo cuarenta y nueve incisos a) que establecen " Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar la politicas de salud de la region en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales"; Estando a lo precedente expuesto, y con las facultades conferidas por el articulo quince, treinta y ocho de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y sieteOrganica de Gobiernos Regionales, y a lo acordado POR UNANIMIDAD, en la Sesion de Consejo Extraordinario de la referencia, con dispensa de Lectura y aprobacion del acta.

Articulo Primero.- APROBAR el Plan Regional de Accion por la Infancia y la Adolescencia dos mil seis - dos mil dieciseis, el mismo que esta compuesto por un volumen con los siguientes rubros: MORDAZA, Metodologia, Principios Rectores del Plan, Vision, Ejes Estrategicos, Analisis FODA, Indicadores basicos de la Situacion de los ninos, ninas y adolescentes en la Region, Objetivos Estrategicos, Articulacion con Planes Nacionales y Regionales, Programa de actividades al dos mil siete, Monitoreo y Evaluacion; que consta de setenta y nueve fojas. Articulo Segundo.- PUBLICAR la presenta MORDAZA regional de conformidad con lo dispuesto por el articulo cuarenta y dos de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Mando se registre, comuniquese y cumpla. MORDAZA TEMPLO MORDAZA Presidente

17152-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BRENA
Autorizan celebracion del Primer Matrimonio Civil Masivo 2007
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2007/MDB
Brena, 12 de enero del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTOS: 006-2007-URC-SG/MDB; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo dispone el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, es deber del Estado y de todo Gobierno Local, proteger a la familia y promover el matrimonio, en su condicion de institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, es politica de la actual gestion, buscar el bienestar de la comunidad de Brena, promoviendo para ello entre otros aspectos, el fortalecimiento de la familia y la sociedad a traves de la union legal de las parejas deseosas de contraer matrimonio y/o el permitir a aquellas otras parejas que asi lo deseen, la regularizacion de su estado civil, para lo cual esta corporacion ha previsto llevar adelante la celebracion del "Ier. MATRIMONIO CIVIL MASIVO 2007"; a realizarse el dia 14 de febrero del presente ano; considerandose las inscripciones desde el 15 de enero hasta el 8 de febrero del 2007, para lo cual se debera contar con la participacion de las diferentes Gerencias, Subgerencias y Unidades de la Municipalidad; Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del "Ier. MATRIMONIO CIVIL MASIVO 2007", con motivo de conmemorarse el "Dia del MORDAZA y la Amistad", para el dia 14 de febrero del 2007, a las 06.00 p.m.; para lo cual las inscripciones se realizaran desde el 15 de enero hasta el 8 de febrero del 2007, en la Unidad de Registro Civil, ubicada en el Palacio Municipal de esta Comuna. Articulo Segundo.- Establecer que los contrayentes abonaran la suma de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de Inscripcion.

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