Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2008 (31/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
Moneda Negociabilidad de los bonos Modalidad de colocacion Plazo de colocacion Registro

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de enero de 2008

el Ano Fiscal 2008, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento interno hasta por un monto que no exceda la suma de S/. 3 998 759 000,00 (Tres Mil Novecientos Noventa y Ocho Millones Setecientos Cincuenta y Nueve Mil y 00/100 Nuevos Soles), que incluye la emision de bonos soberanos hasta por la suma de S/. 2 880 000 000,00 (Dos Mil Ochocientos Ochenta Millones y 00/100 Nuevos Soles); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, los recursos obtenidos por la emision de bonos soberanos MORDAZA senalada, seran destinados a atender los requerimientos financieros del sector publico no financiero del Ano Fiscal 2008; Que, asimismo, en el caso que tales requerimientos financieros fuesen cubiertos, y existiesen recursos disponibles provenientes de la emision de bonos MORDAZA indicada, estos podran ser destinados a prefinanciar los requerimientos financieros del sector publico no financiero del siguiente ano y/o a financiar operaciones de administracion de deuda; Que, la indicada operacion de endeudamiento interno ha cumplido con los requisitos establecidos en el parrafo 20.1 del Articulo 20º de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, y se encuentra incluida en el Programa Anual de Concertaciones Internas del ano 2008 con cargo al Subprograma de Emision de Bonos; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento interno, en aplicacion del literal l) del Articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, y la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion y Condiciones Autoricese la emision de bonos soberanos hasta por S/. 2 880 000 000,00 (Dos Mil Ochocientos Ochenta Millones y 00/100 Nuevos Soles), para los fines a que se refieren el MORDAZA y tercer considerando de la presente MORDAZA legal, cuyas caracteristicas generales seran como se detalla a continuacion:
Monto MORDAZA a emitir Unidad Responsable Estructurador : S/. 2 880 000 000,00 : Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico : Direccion Nacional del Endeudamiento Publico

: Nuevos Soles : Libremente negociables : A traves de subastas : Por tramos hasta el 31 de diciembre de 2008 : Anotacion en cuenta en CAVALI ICLV S.A. y listados en la Bolsa de Valores de MORDAZA

Articulo 2º.- Unidad ejecutora La Unidad Ejecutora de la presente operacion de endeudamiento interno es la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autoricese al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir toda la documentacion que se requiera para implementar lo dispuesto en este dispositivo legal. Articulo 4º.- Servicio de Deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la emision de Bonos Soberanos que se autoriza en el Articulo 1º de la presente MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos que en funcion de las prioridades intersectoriales y metas del Sector, le correspondan en cada Ejercicio Presupuestal para el servicio de la Deuda Publica. Articulo 5º.- Condiciones adicionales Las caracteristicas adicionales necesarias para la implementacion de este dispositivo legal, se ajustaran a lo dispuesto en el Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno vigente. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de enero del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 158874-5

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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