Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2008 (31/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

365427

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban estudio tecnico que determina la flota vehicular de vehiculos menores por sectores del distrito y prorrogan permiso de operacion otorgado a diversas entidades transportadoras
ORDENANZA Nº 128-MDCH Chorrillos, 14 de diciembre del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de Chorrillos en sesion de fecha 14 de diciembre del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, conforme dispone el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, segun Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las Municipales son organos de gobierno con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia de concordancia con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipales Nº 27972; Que, el Articulo IV, Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipales Nº 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada MORDAZA de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. Siendo inherente la funcion reguladora del transporte publico de pasajeros en vehiculos menores a fin de garantizar la seguridad de los vecinos y usuarios en el distrito; Que, mediante Ordenanza Nº 053-2003-MDCH y sus modificatorias Ordenanzas Nºs. 064-MDCH y 065-MDCH, MORDAZA el servicio de transporte publico de pasajeros en vehiculos menores, en el distrito. Sin embargo, mediante Ordenanza Nº 081-2005-MDCH, y segun acuerdo de fecha de 12 de enero del 2005 la Comision Tecnica Mixta de aquel entonces expreso la necesidad de efectuar un estudio tecnico-economico complementario a las acciones realizadas a fin de determinar la demanda real del servicio en cada MORDAZA del distrito, cuyo resultado determinara, el numero de la flota vehicular necesaria y de las entidades transportadoras, a la vez que se dispuso tambien la suspension de todo tramite sobre inscripcion, incremento y otros mientras se culmine el estudio tecnico. Asi, mismo la aplicacion de los procedimientos y normas en materia de transporte establecido por la Municipalidad concluyo el 31 de diciembre del ano 2004, con la expedicion del permiso de operacion y sticker a cada empresa o entidad transportadora por un periodo de 03 anos el mismo que vence el 31 de diciembre del 2007; Que, segun el Informe Nº 2286-2007-GODU-OPRIVMDCH de fecha 7 de diciembre del 2007 la Sub-Gerencia de Obras Privadas a traves de la Oficina de Transporte MORDAZA, indica que se ha concluido con el ESTUDIO TECNICO DE DETERMINACION DE FLOTA VEHICULAR, SEGUN LA DEMANDA REAL DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO EN VEHICULOS MENORES EN EL DISTRITO, conforme fue dispuesto por la Ordenanza Nº 081-2005MDCH, de fecha 03-06-05, senala tambien que los Permisos de Operacion emitidos el 31 de diciembre del 2004, que se otorgaron por un periodo de 03 anos, a las entidades transportadoras, que calificaron y aprobaron el MORDAZA de seleccion, vence el 31 de diciembre del 2007. Por lo tanto, debe cumplirse con la normas vigentes, siendo necesario adecuarse y cumplir con los resultados del ESTUDIO TECNICO indicado anteriormente, cuya implementacion sera en forma progresiva, y de acuerdo a las directivas que determine la Sub-Gerencia de Obras Privadas - Oficina de Transporte MORDAZA, para lo cual recomienda que debe

prorrogarse por 180 dias la vigencia de los permisos de Operacion otorgadas a las siguientes entidades: EMPRESA DE MOTOTAXIS "LOS PIONEROS DEL SUR"; EMPRESA DE TRANSPORTES MENOR Y SERVICIOS "GUARDIA PERUANA" SAC.; EMPRESA DE TRANSPORTES OCRRA SRL; ASOCIACION DE MOTOTAXISTAS "AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD"; EMPRESA DE TRANSPORTES SUR MORDAZA SAC; ASOCIACION DE MOTOTAXIS "EL CHORRILLANO"; EMPRESA DE MOTOTAXIS "LA CAMPINA DEL MORDAZA MILENIO" SAC; ASOCIACION DE MOTOTAXIS "CRUZ DE MARCAVILCA"; EMPRESA DE TRANSPORTES TORITOS SAC; ASOCIACION DE MOTOTAXISTAS "LIMA SUR", por lo que debe, someterse a su aprobacion, via ordenanza municipal; Estando a lo dispuesto por el inciso 8 del Art. 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores se ha dado la siguiente: ORDENANZA APRUEBAN ESTUDIO TECNICO QUE DETERMINA LA FLOTA VEHICULAR DE VEHICULOS MENORES POR SECTORES DEL DISTRITO Y PRORROGAN EL PERMISO DE OPERACION OTORGADAS A DIVERSAS ENTIDADES TRANSPORTADORAS Articulo Primero.- Aprobar el "Estudio Tecnico de Determinacion de Flota Vehicular, segun la Demanda Real del Servicio de Transporte Publico en Vehiculos Menores del Distrito", de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza Nº 081-2005-MDCH, que consta de 89 folios, y forma parte integrante de la presente norma. Articulo Segundo.- Disponer, que todas las entidades transportadoras deberan adecuarse y cumplir conforme a los resultados del estudio tecnico, indicado en el articulo anterior, cuya implementacion sera en forma progresiva, y de acuerdo a las directivas que determine la Sub-Gerencia de Obras Privadas a traves de la Oficina de Transporte Urbano. Articulo Tercero.- Prorrogar por 180 dias adicionales el plazo de vigencia de los PERMISOS DE OPERACION, para prestar el servicio de transporte publico, expedidos el 30 de diciembre del 2004, a las siguientes entidades transportadoras: EMPRESA DE MOTOTAXIS "LOS PIONEROS DEL SUR"; EMPRESA DE TRANSPORTES MENOR Y SERVICIOS "GUARDIA PERUANA" SAC.; EMPRESA DE TRANSPORTES OCRRA SRL; ASOCIACION DE MOTOTAXISTAS "AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD"; EMPRESA DE TRANSPORTES SUR MORDAZA SAC; ASOCIACION DE MOTOTAXIS "EL CHORRILLANO"; EMPRESA DE MOTOTAXIS "LA CAMPINA DEL MORDAZA MILENIO" SAC; ASOCIACION DE MOTOTAXIS "CRUZ DE MARCAVILCA"; EMPRESA DE TRANSPORTES TORITOS SAC; ASOCIACION DE MOTOTAXISTAS "LIMA SUR". Articulo Cuarto.- El servicio de transporte publico de pasajeros en vehiculos menores, solo sera prestado por las unidades autorizadas de las empresas transportadoras, indicadas en el articulo anterior, no pudiendo hacerlo quienes no cuenten con el Permiso de Operacion, cuyos vehiculos detectados seran internados en el deposito municipal, con el apoyo de la Policia Nacional del Peru, por 05 dias, por primera vez y por 30 dias, por reincidencia, ademas del pago de la sancion impuesta y el derecho de guardiania del 0.15% de la UIT por dia. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA, Secretaria General del Concejo, Sub-Gerencia de Seguridad Ciudadana, Policia Municipal y Defensa Civil, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 157827-1

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