Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2008 (18/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 18 de octubre de 2008

del ano 2007", en el cual se incluyo la transferencia del Equipo Mecanico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Tacna, Tumbes, Ucayali y Callao, consistente en 477 maquinas valorizadas en S/. 183 003 886.00; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 014-2008-PCM/SD, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobo la Directiva Nº 002-2008-PCM/SD "Normas especificas para la Transferencia del Equipo Mecanico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a los Gobiernos Regionales"; Que, el literal A) de la Directiva Nº 002-2008-PCM/SD, senala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones conformara la Comision de Transferencia de Entrega y los Gobiernos Regionales conformaran la Comision de Transferencia de Recepcion. Asimismo, dispone la MORDAZA de la documentacion que sustenta los mecanismos de verificacion, senalando que los Gobiernos Regionales no presentaran documentacion alguna, a excepcion del Gobierno Regional del Callao, toda vez que los 24 Gobiernos Regionales en la transferencia efectuada en el ano 2004 cumplieron con sustentar los mecanismos de verificacion preestablecidos como requisitos minimos para administrar la maquinaria objeto de transferencia; Que, asimismo, el literal B) de la Directiva Nº 0022008-PCM/SD, establece que la Comision de Transferencia de Entrega elaborara y remitira el Acta de Transferencia Definitiva de Maquinaria a cada uno de los Gobiernos Regionales, los mismos que de encontrarlas conformes seran suscritas por los Presidentes de las Comisiones Regionales de Transferencia; y remitidas para la suscripcion del Presidente de la Comision de Transferencia de Entrega; una vez suscritas las Actas, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones impulsara el Decreto Supremo que apruebe las transferencias de equipo mecanico efectuadas, a favor de los Gobiernos Regionales, a fin de hacer efectiva la transferencia; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 770-2002MTC/01, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones conformo la Comision de Transferencia del Subsector Transportes; y mediante Oficio Nº 03-2007-MTC/02C.T.R.M. Nº 770-2002-MTC/01, se conformo la Subcomision de Transferencia de Equipo Mecanico; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 046-2008-PCM/SD del 05 de setiembre de 2008, la Secretaria de Descentralizacion de la PCM, declaro que el Gobierno Regional del Callao, se encuentra apto para acceder a la transferencia del equipo mecanico y ratifico la validacion de los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Tacna, Tumbes y Ucayali, para acceder a la Transferencia del equipo mecanico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, a traves de la suscripcion de las Actas de Transferencia Definitiva de Maquinaria entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Tacna, Tumbes, Ucayali y el Callao se ha efectuado la transferencia del equipo mecanico, conforme se detalla en los MORDAZA que como Anexo, forma parte del presente Decreto Supremo; En uso de las facultades conferidas por el inciso 24) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; DECRETA: Articulo 1°.- Aprobacion de Transferencia de equipo mecanico efectuada a los Gobiernos Regionales

1.1 Apruebese la transferencia efectuada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Tacna, Tumbes, Ucayali y el Callao del equipo mecanico que se detalla en los MORDAZA que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. 1.2 Las caracteristicas de las maquinas materia de la transferencia, se detallan en los MORDAZA que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Valorizacion del equipo mecanico transferido a los Gobiernos Regionales La transferencia a que se refiere el articulo precedente se realizo al valor neto ajustado, conforme se detalla en los MORDAZA que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- De la Publicacion del Anexo del presente Decreto Supremo Los MORDAZA que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo, en los cuales se detallan las caracteristicas y el valor neto ajustado del equipo mecanico materia de la transferencia, se publicara en la pagina web http://www.mtc.gob.pe, en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles de aprobada. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de octubre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 266773-2

Autorizan a Taller de Servicios Mecanicos Lusan GNV S.A.C. para operar taller de conversion a gas natural vehicular en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 10478-2008-MTC/15 MORDAZA, 3 de octubre de 2008 VISTOS: El Parte Diario registrado con N° 100487 presentado por TALLER DE SERVICIOS MECANICOS LUSAN GNV S.A.C., mediante el cual solicita autorizacion como Taller de Conversion a GNV para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, con el proposito de asegurar que este cumpla con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC y 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 0372006-MTC y 006-2008-MTC, se aprobo el Reglamento

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