Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2008 (18/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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Que el articulo 73º de la Ley Organica de Municipalidades senala entre las materias de competencia ambiental municipal, la planificacion del desarrollo local, ordenamiento territorial y la coordinacion estrategica de los planes integrales de desarrollo distrital, la proteccion y conservacion del ambiente; asi como la formacion, aprobacion, ejecucion y monitoreo de los planes y politicas locales en materia ambiental en concordancia con las politicas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACION Y EL REGLAMENTO DE LA COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES

3). 1 Representante de la Red de Salud 4). 1 Representante de ONGs 5). 1 Representante del Sector Industrial 6). 2 Representantes del Consejo de Desarrollo Zonal- CDZ 7). 1 Representante del CCLD 8). 1 Representante del Sector Comercial 9). 1 Representante de los Institutos Superiores Articulo 4º.- De su representacion La Comision Ambiental Municipal - CAM, representa a las personas, instituciones publicas y privadas con responsabilidad, competencia e interes en la problematica ambiental del distrito. Las instituciones conformantes de la CAM, deberan designar un representante titular y alterno, mediante comunicacion escrita, la misma que debe ser suscrita por el directivo del mas alto nivel. Articulo 5º.- De los instrumentos de gestion ambiental La aprobacion de los instrumentos de gestion ambiental distrital debe contar con la opinion favorable de la Comision Ambiental Municipal, sin perjuicio de la intervencion de las instituciones publicas y privadas, y organos de base representativos de la Sociedad Civil. Los instrumentos de gestion ambiental distrital deben guardar estricta concordancia con los aprobados para el ambito nacional, regional, y provincial, de conformidad con el Art. 26 de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental ­ Ley Nº 28245 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 265638-1

Articulo Unico.- CREASE la Comision Ambiental Municipal - CAM como la instancia de gestion ambiental del distrito de San MORDAZA de Miraflores, encargada de coordinar y concertar la politica ambiental local, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico, privado y sociedad civil. La cual tendra por MORDAZA el presente Reglamento: Articulo 1º.- De la Comision Ambiental Municipal La Comision Ambiental Municipal ­ CAM, del distrito de San MORDAZA de Miraflores es el organo de coordinacion y concertacion de la politica y gestion ambiental en el ambito del distrito, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre todos los actores locales, articulando sus politicas ambientales con la Comision Ambiental Regional ­ CAR ­ MORDAZA, y el Ministerio del Ambiente. Articulo 2º.- De sus funciones La Comision Ambiental Municipal del distrito de San MORDAZA de Miraflores tiene las siguientes funciones: a. Ser la instancia de concertacion de la politica y sistema ambiental local en coordinacion con las Comisiones Ambientales Provincial y Regional. b. Elaborar participativamente el Plan de Accion Ambiental (de largo plazo) y la Agenda Ambiental Local (de corto plazo) que seran aprobados por el gobierno local. c. Impulsar en forma efectiva diversos mecanismos de participacion de la sociedad civil en la gestion ambiental local. d. Elaborar propuestas, velar por su aplicacion y evaluacion y mejora continua de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de politicas ambientales. e. Lograr compromisos concretos de las instituciones y sectores integrantes en base a una vision compartida del desarrollo sostenible local. f. Facilitar la concertacion y el tratamiento apropiado para la resolucion de conflictos ambientales. g. Representar a las necesidades e intereses del distrito en la gestion ambiental provincial y regional. h. Plantear las propuestas del distrito en la gestion ambiental provincial y regional. i. Canalizar la efectiva participacion del sector educativo, salud y medios de comunicacion para la difusion y ejecucion de la politica ambiental local. j. Promover y establecer mecanismos de apoyo, trabajo y participacion, coordinando con sus distintos integrantes, a favor de la gestion ambiental, en base al Plan de Accion Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local. k. Promover la educacion y la conciencia ambiental en todo el ambito del distrito. Articulo 3º.- De sus miembros La Comision Ambiental Municipal del distrito de San MORDAZA de Miraflores, se encuentra constituida por los siguientes miembros: 1). 1 Representante de la Municipalidad 2). 1 Representante de la UGEL Nº 01

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Convocan al II Matrimonio Comunitario 2008
DECRETO DE ALCALDIA Nº 022-2008/MDSMP San MORDAZA de Porres, 14 de octubre del 2008 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento al Plan Operativo Institucional 2008 de la Entidad, corresponde convocar la realizacion del II Matrimonio Civil Comunitario 2008; Que, el principal objetivo de esta convocatoria es regularizar la situacion convivencial de muchos vecinos sanmartinianos, brindandoles las maximas facilidades al respecto; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 248 y siguientes del Codigo Civil vigente, corresponde al MORDAZA celebrar los matrimonios y demas actos inherentes al mismo; De conformidad con los articulos 20, Inc. 6) y 42 de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, asi como articulos 248, 252 y demas concordantes del Codigo Civil vigente; DECRETA: Articulo Primero.- CONVOCAR al II Matrimonio Civil Comunitario 2008, a realizarse el 06.DICIEMBRE.2008,

Civil

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