Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2008 (18/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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del plazo otorgado, el funcionario responsable de Mesa de Partes, ingresara oficialmente el expediente y lo remitira a la Secretaria General para que remita la parte a) a la Consejeria de Evaluacion y Asuntos Academicos y la parte b) a la Comision Juridica, quienes dispondran de cinco dias calendario para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciara el procedimiento corriendo los plazos y terminos establecidos en el presente reglamento; si el informe fuera desfavorable se otorgara a la promotora el plazo de cinco dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas, en su defecto se expedira la resolucion que declara su inadmisibilidad"; Que, por Oficio Nº 1113-2008-CONAFU-P de fecha 19 de Junio del 2008, el Presidente del CONAFU, remite las observaciones formuladas a la Parte "A" y "B" del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Peruana de Arte Orval; a fin de que el proyecto Universitario cumpla con subsanar las observaciones encontradas; Que, por Oficio Nº 004-2008-ORVAL-PROM recibido en fecha 27 de Junio del 2008, los senores MORDAZA Berdejo MORDAZA y Martial Borzee MORDAZA, en calidad de representantes de la Promotora de la Universidad Peruana de Arte Orval, presentan el Levantamiento de observaciones formuladas a su Proyecto de Desarrollo Institucional; Que, por Resolucion Nº 302-2008-CONAFU de fecha 13 de agosto del 2008, se resuelve declarar inadmisible la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Peruana de Arte Orval, presentada por los senores MORDAZA Berdejo MORDAZA y Martial Borzee MORDAZA, en calidad de representantes de la Promotora; concediendosele el plazo de 5 dias habiles para subsanar la omision advertida, bajo apercibimiento de expedirse resolucion de tenerse por no presentada la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional y archivarse el expediente en forma definitiva, en caso de incumplimiento. Que, por Oficio Nº 005-2008-ORVAL-PROM recibido en fecha 19 de agosto del 2008, los senores MORDAZA Berdejo MORDAZA y Martial Borzee MORDAZA, en calidad de representantes de la Promotora de la Universidad Peruana de Arte Orval, presentan el Levantamiento de observaciones formuladas a su Proyecto de Desarrollo Institucional, remitidas mediante Resolucion Nº 302-2008CONAFU ; Que, con Informe Legal Nº 238-2008-CONAFU-CJ de fecha 03 de setiembre del 2008, la Comision Juridica informa al Pleno del CONAFU, que el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Peruana de Arte Orval, ha cumplido en forma debida con subsanar todas las observaciones advertidas correspondiente a la Parte B del PDI presentado, por lo que opina que se admita a tramite la solicitud de autorizacion de funcionamiento presentada; Que, con Oficio Nº 638-2008-CONAFU-CDAA de fecha 27 de agosto del 2008, el Consejero de Asuntos Academicos, informa al Pleno del CONAFU, que el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Peruana de Arte Orval, ha cumplido en forma debida con subsanar todas las observaciones advertidas correspondiente a la Parte A del PDI presentado, por lo que opina que se admita a tramite la solicitud de autorizacion de funcionamiento presentada; Que, en el articulo 22º del Reglamento, se establece que: "Con los dictamenes favorables, la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta con una comision de Consejeros del Pleno, con la finalidad de conocer sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del Consejo para su admision a tramite"; Que, con fecha 11 de setiembre del 2008 se ha llevado a cabo la entrevista de los Promotores y Comision Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad Peruana de Arte ORVAL, con los miembros del Pleno del

CONAFU; en cumplimiento con la MORDAZA descrita en el parrafo anterior; Que, en sesion de fecha 17 y 18 de setiembre del 2008, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 361-2008-CONAFU acuerda admitir a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Peruana de Arte ORVAL, presentado por los senores MORDAZA Berdejo MORDAZA y Martial Borzee MORDAZA, en calidad de representantes de la Promotora del proyecto universitario; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Arquitectura de Interiores, 2) Direccion de Arte Graficas y Publicitarias, 3) Gestion Turistica Arqueoarquitectura; bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Por estas Consideraciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ADMITIR a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Peruana de Arte ORVAL, presentado por los senores MORDAZA Berdejo MORDAZA y Martial Borzee MORDAZA, en calidad de representantes de la Promotora del proyecto universitario; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Arquitectura de Interiores, 2) Direccion de Arte Graficas y Publicitarias, 3) Gestion Turistica Arqueoarquitectura. Articulo Segundo.- Prosigase con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Peruana de Arte ORVAL, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de Octubre de 2004 y toda la normatividad vigente del CONAFU. Articulo Tercero.- REQUERIR a la Promotora del Proyecto de Universidad Peruana de Arte ORVAL para que CUMPLA con acreditar el pago por Derecho de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Peruana de Arte ORVAL, conforme el item 6 del MORDAZA - 2008 de CONAFU. Articulo Cuarto.- Solicitar a la Asamblea Nacional de Rectores dar tramite a los actos administrativos que permitan la ejecucion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente JIMS MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 265608-1

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Disponen expedir titulos a favor de magistrados como Jueces de Juzgados de la Investigacion Preparatoria de Ilo, Mariscal MORDAZA y MORDAZA, en los Distritos Judiciales de MORDAZA y La MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 276-2008-CNM MORDAZA, 2 de octubre del 2008 VISTO: El Oficio Nº 1738-2008-P CSJMO-PJ, del 11 de junio del 2008, remitido por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Moquegua; y,

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