Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2008 (18/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
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POR CUANTO:

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de octubre de 2008

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REORDENAMIENTO DE NUMERACION DE LAS CUADRAS QUE COMPRENDE LA AVENIDA MORDAZA, UBICADAS EN LA JURISDICCION CERCADO DEL CALLAO EN TODA SU EXTENSION DESDE SU INICIO EN LA INTERSECCION CON LA AVENIDA MORDAZA FAUCETT HASTA EL FINAL DE SU TRAYECTORIA Articulo 1º.- Apruebase el reordenamiento de numeracion de las cuadras que comprende la avenida MORDAZA, ubicadas en la jurisdiccion Cercado del Callao, en toda su extension desde su inicio en la interseccion con la avenida MORDAZA Faucett hasta el final de su trayectoria, que es el cruce con el MORDAZA Las Codornices - Callao y el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA perteneciente a la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres; dando lugar al otorgamiento de los Certificados de Nomenclatura y Numeracion de forma gratuita y sin tramite alguno. Articulo 2º.- Expidase por unica vez en forma gratuita los correspondientes Certificados de Nomenclatura Vial y de Numeracion de los inmuebles ubicados en la denominada avenida MORDAZA, jurisdiccion Cercado del Callao, asi como exonerar de la MORDAZA de los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) a todas aquellas personas que cuenten con Certificado de Numeracion anterior, que asi consten registrados en los Padrones de esta Comuna Provincial, o del Asiento Registral (copia simple del Tomo, Ficha o Partida Registral), donde conste la inscripcion de la numeracion asignada, rigiendo dicha gratuidad durante tres (03) meses, contados a partir de la vigencia de esta disposicion municipal. Articulo 3º.- Ampliase los alcances de la Ordenanza Municipal Nº 0000049 del 19 de octubre de 2007, sobre Regularizacion y Simplificacion de Procedimientos para las Edificaciones en Asentamientos Humanos y Urbanizaciones Populares, para todos los predios ubicados en las urbanizaciones colindantes a la Av. Quilca. Articulo 4º.- Oficiese con la presente a las siguientes entidades publicas: Gobierno Regional del Callao, SUNARP, Oficinas Registrales de MORDAZA y Callao, Ministerio del Interior, Policia Nacional del Peru, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru ­ Companias de Bomberos del Callao, Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, Instituto Nacional de Cultura (INC) Oficina Callao, Corte Superior de Justicia del Callao, Ministerio Publico, Consejo Nacional de Tasaciones, asi como a las siguientes empresas prestadoras de servicios publicos basicos: Serpost, Sedapal, Edelnor, empresas de telecomunicaciones y las demas que correspondan. Articulo 5º.- Encargase a la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 265645-1

El Expediente Administrativo Nº 2299-08 de fecha 18/06/08, la Municipalidad Distrital de Chicla solicita la ratificacion de la ordenanza distrital donde se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de su distrito, el Oficio N° 068-2008-AL-MDCH-H del 05/09/08, los informes legales detallados en su referencia y anexados en el expediente, en relacion a la solicitud de ratificacion de la ordenanza municipal distrital, y el Dictamen Nº 0042008/CREDA-MPH-M de fecha 29/09/08 de la Comision Especial de la Comision de Revision y Evaluacion de Documentos Administrativos de los Concejos Distritales - CREDA sobre la ratificacion de la ordenanza distrital que aprueba el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chicla, y la Sesion Ordinaria del Concejo del 30/09/08 vinculado al expediente mencionado parrafos arriba; y, CONSIDERANDO:

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Ratifican Ordenanza que aprobo el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chicla
ORDENANZA MUNICIPAL PROVINCIAL Nº 036-2008/CM-MPH-M Matucana, 30 de septiembre del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE HUAROCHIRI-MATUCANA

Que, el articulo II Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que las municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual esta concordado en lo establecido en el articulo Nº 194° de la Constitucion Politica del Estado; Que, en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 en su articulo 9º numeral 9) establece las facultades del Concejo Municipal para crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley. En tal sentido, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales estan obligadas a someter a ratificacion, por la Municipalidad Provincial de su circunscripcion, conforme se senala en el articulo 40º del cuerpo legal MORDAZA glosado; Que, conforme lo expresa la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su articulo 37º y 38º, senala que todas las entidades elaboraran y aprobaran su Texto Unico de Procedimiento Administrativo ­ MORDAZA, la misma que debe ser aprobado por Ordenanza Municipal cada dos anos, expresamente en los que fuera necesario los derechos, presentarse en funcion a la UIT; Que, conforme al Dictamen Nº 004-2008/CREDAMPH-M de fecha 29/09/08 de la Comision de Revision y Evaluacion de Documentos Administrativos de los Concejos Distritales (CREDA), ha evaluado el Expediente de la Municipalidad Distrital de Chicla: Expediente Nº 2299-08 de fecha 18/06/08, quien solicita la ratificacion de su Ordenanza Municipal Distrital Nº 010-2008-MDCHH del 12/05/08, donde aprueban el Texto Unico de Procedimiento Administrativo ­ TUPA; en ese sentido la Comision ha evaluado dicho expediente considerando los procedimientos establecidos en la Ordenanza Nº 038-2004/ CM-MPH-M de la Municipalidad Provincial de Huarochiri y los lineamientos senalados por el Tribunal Constitucional en sentencias contenidas en los Expedientes Nº 000412004-AI/TC y Nº 00053-2004-AI/TC en materia tributaria; Que, de acuerdo al Dictamen del CREDA, MORDAZA referido, senala que la ordenanza distrital cumple con las exigencias formales y requisitos tecnicos, conforme lo expresan en su Dictamen Nº 004-2008/CREDA-MPH-M, y la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30/09/08 donde se aprueba dicha solicitud; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 la Ordenanza Nº 038-2004/CM-MPH-M y los lineamientos del Tribunal Constitucional en materia tributaria, el Concejo Provincial en Sesion de Concejo del 30/09/08 por MAYORIA aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- RATIFICAR la ORDENANZA MUNICIPAL DISTRITAL Nº 010-2008-MDCH-H del 12/05/08, de la Municipalidad Distrital de Chicla, donde aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de dicha municipalidad, al haber alcanzado cumplir con los requisitos tecnicos y formales segun el Dictamen Nº 004-2008/CREDA-MPH-M.

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