Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2008 (18/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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institucional que establecen las disposiciones de la Administracion Publica y el Estatuto de la UNI; Que la estructura organica de la administracion de la UNI fue aprobada por el Consejo Universitario mediante Resolucion Rectoral Nro. 897, del 20 de agosto del 2002; Que la Oficina Central de Personal ha elaborado el Cuadro de Asignacion de Personal, en coordinacion con la Oficina Central de Organizacion y Metodos, de acuerdo con los formatos emitidos por el D.S. Nro. 043-2004-PCM y aplicacion de la clasificacion de personal de Empleo Publico, Ley Nro. 28175; Que, en base al mencionado Cuadro de Asignacion de Personal, la OCPER ha elaborado el Presupuesto Analitico de Personal de acuerdo con las normas para su formulacion ­ Resolucion Directoral Nro. 025-2008EF/76.01; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 52º, Inc. c), del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenieria; SE RESUELVE:

Que, el articulo 11º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), publicara mensualmente la relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas que hayan sido sancionados por el Tribunal en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Direccion de Plataforma ­ SEACE respecto de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados, comunicados a dicha Direccion por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de setiembre de 2008; y De conformidad con lo dispuesto en el literal c) del Articulo 59º de la Ley, el numeral 14 del Articulo 3º y el numeral 23 del Articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2007-EF. SE RESUELVE:

1. Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Universidad Nacional de Ingenieria correspondiente al periodo 2009, el cual forma parte de la presente Resolucion Rectoral. 2. Aprobar el Presupuesto Analitico de Personal (PAP) de la Universidad Nacional de Ingenieria correspondiente al periodo 2009, el cual forma parte de la presente Resolucion Rectoral. 3. Encarguese a las Oficinas Centrales de Planificacion y de Personal el tramite correspondiente ante el Ministerio de Economia y Finanzas y otras Instituciones pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Rector 265615-1

Articulo Primero.- Disponer la publicacion de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de setiembre de 2008: 1. REPRESENTACIONES MORDAZA S.R.L. Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 1351-2008-TCS3 de 19.05.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 2. IPANEMA INGENIERIA Y SERVICIOS E.I.R.L. Inhabilitacion por dieciseis (16) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion de la orden de servicios por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2318-2008-TC-S3 de 20.08.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 3. ASOCIACION DE PRODUCTORES AGRARIOS LA ESPIGA DORADA Inhabilitacion por dieciocho (18) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber suscrito injustificadamente el contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2430-2008-TC-S3 de 28.08.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 4. MEGACLIN S.A.C. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2452-2008-TC-S3 de 29.08.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 5. DISTRIBUIDORA Y DROGUERIA SABOGAL GALLESE E.I.R.L. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2458 -2008-TCS3 de 29.08.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion.

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de setiembre de 2008
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado RESOLUCION Nº 513-2008-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 13 de octubre de 2008 VISTO: El Memorando Nº 477 -2008/DPS-JVZ de la Direccion de Plataforma - SEACE, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, se establece la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial El Peruano la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado;

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