Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2008 (18/10/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

381770

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de octubre de 2008

Que, mediante Informe Tecnico N° 067-2008-MDT/JMC de fecha 18 de setiembre del 2008, el Jefe de la Oficina de Desarrollo MORDAZA y Proyectos de Infraestructura, comunica que a consecuencia del terremoto del 15 de agosto del presente, se han afectado las viviendas en el distrito de MORDAZA ­ Ica, mayor aun si estas eran en un 75% de material tradicional adobe y techo de torta, siendo necesaria la reconstruccion de estas viviendas; se recomienda declarar en estado de emergencia el distrito de MORDAZA, teniendo presente que las viviendas temporales MORDAZA para las familias de mayor necesidad. Que, asimismo el asesor legal externo mediante Informe Legal Externo - 2008 ­ MDT ­ MORDAZA de fecha 25 de setiembre del 2008 recomienda exonerar del MORDAZA de seleccion que se convocara, bajo la modalidad de Situacion de Emergencia la adquisicion de modulos de viviendas temporales de MORDAZA para damnificados del distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica. Que, debido a que la adquisicion a realizarse excede a una menor cuantia, podra utilizarse el mecanismo de exoneracion al MORDAZA de lo previsto en la ley de contrataciones y adquisiciones del estado, cuyo articulo 19° senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la presente ley. Que, ademas, se entiende como Situacion de Emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la Defensa Nacional, es asi como lo prescribe el articulo 22 del T U O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sancionado mediante D.S. N° 083-2004-PCM. Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en su Articulo 142° precisa que la situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes; despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. Toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de efectuada la contratacion, incluyendo el MORDAZA en el plan anual de adquisiciones y contrataciones de la entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE y en el Diario Oficial El Peruano, remitiendolo, junto con el informe tecnico ­ legal sustentatorio, a

la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones". Por estos fundamentos, de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por unanimidad, con dispensa del tramite de lectura del acta y aprobacion de acta, el Concejo Distrital de Tate: ACUERDA:

Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion que se convocara, bajo la modalidad de Situacion de Emergencia para la adquisicion de 62 modulos de viviendas temporales de MORDAZA para damnificados del distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Ica. Siendo su valor referencial S/. 93,000.00 Nuevos Soles, incluido I.G.V., con la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios por un tiempo de ejecucion de 30 dias calendario. En merito al sustento especificado, procediendose a la adquisicion de conformidad con lo establecido en el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D. S. Nº 083-2004-PCM, concordado con los articulos 146º y 148º del Reglamento de la Ley aprobado mediante D. S. Nº 084-2004-PCM. Articulo Segundo.- Designar al encargado del area de Abastecimiento como responsable de llevar a cabo el MORDAZA de exoneracion de conformidad con el Art. 148 del Reglamento del TUO, de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Publicar el Acuerdo de Concejo a expedirse, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su aprobacion y adicionalmente debera publicarse a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, de conformidad con lo establecido en el articulo 147º del Reglamento de la Ley, D. S. Nº 084-2004-PCM. Articulo Cuarto.- Remitir el referido Acuerdo, una vez publicado, asi como los Informes Tecnicos-Legales, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 20º del D. S. Nº 083-2004-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BALDINO MORDAZA MORDAZA 264860-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.