Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2008 (18/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 18 de octubre de 2008

conforme lo establece la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; Que, el crecimiento vertical en el distrito experimentado en anos anteriores no ha ido acompanado de una planificacion MORDAZA que vele por que los predios bajo el regimen de propiedad exclusiva y comun cuenten con estacionamientos suficientes en los propios edificios, a lo cual se auna el hecho de que muchas de las entidades publicas y establecimientos comerciales y/o de servicios ubicados en el distrito no cuentan con espacios para estacionamiento originando que los vehiculos se estacionen en areas de las vias publicas, circulacion peatonal o en zonas rigidas generando congestion, inseguridad para los vecinos, entre otros, lo cual debe ser solucionado; en parte, con la construccion y funcionamiento de playas de estacionamientos y edificios para estacionamientos publicos, dentro de un plan integral tendiente a contar con un espacio publico de optima calidad, mejorando las condiciones de MORDAZA de los residentes y usuarios del distrito; Que, la ejecucion de este proyecto de desarrollo MORDAZA, frente a la creciente presion inmobiliaria, debe ser orientada otorgando prioridad a la promocion de la inversion privada, que permita el uso y la administracion eficiente de los recursos en la gestion territorial; Que, mediante Informe Nº 236-2008-GDUyMA/ MDJM de fecha 13 de octubre del 2008, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente sustenta tecnica y estadisticamente la necesidad de cubrir la demanda de estacionamientos cuyo deficit afecta el crecimiento del distrito; Que, mediante Informe Nº 806-2008/MDJMGAJyRC de fecha 06 de octubre del 2008 la Gerencia de Asesoria Juridica y Registro Civil ha opinado por la procedencia legal de establecer un MORDAZA regulador de promocion de la inversion privada destinada a la construccion y/o funcionamiento de playas y edificios para estacionamiento; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE PROMOCIONA LA INVERSION PRIVADA PARA LA CONSTRUCCION Y/O FUNCIONAMIENTO DE PLAYAS Y EDIFICIOS DE ESTACIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA Articulo Primero.- OBJETIVO La presente ordenanza establece el MORDAZA regulador de promocion de la inversion privada destinada a la construccion y/o funcionamiento de Playas y Edificios para Estacionamientos en el distrito de MORDAZA MORDAZA, que tengan por objeto principal, cubrir el deficit de estacionamiento dentro de la jurisdiccion. Articulo Segundo.- ALCANCES Las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza, resultan de aplicacion a las personas naturales o juridicas que inicien gestiones a efectos de obtener la autorizacion para la construccion y/o funcionamiento de Playas y Edificios para Estacionamientos, dentro del ano siguiente de entrada en vigencia de la presente norma. Articulo Tercero.- BENEFICIOS Se considerara de manera excepcional a los predios que cuentan con Zonificacion Conforme, ubicados en Zonas Residenciales o Comerciales en general, que soliciten acogerse a la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.CONDICIONES DE ACONDICIONAMIENTO PARA LA CONSTRUCCION Y/O FUNCIONAMIENTO DE ESTACIONAMIENTOS 4.1. Los predios donde funcionen las playas de estacionamiento deberan tener las siguientes condiciones minimas: 4.1.1. Contar con suelo afirmado (nivelado), asfaltado o de concreto.

4.1.2. Cerco perimetral completo con una altura no menor de 2.50 metros. 4.1.3. Senalizacion de los accesos y salidas, conforme a lo establecido por el Reglamento Nacional de Edificaciones vigente. 4.1.4. Caseta de atencion. 4.1.5. Servicios higienicos para el personal, el publico y discapacitados. 4.1.6. Espacios reglamentarios para patio de maniobras, giros y estacionamiento. 4.1.7. Instalaciones electricas, sanitarias y de seguridad. 4.1.8. Tratamiento de fachada acorde con el entorno.

4.2. En el caso de edificios de estacionamiento debera sujetarse a las normas vigentes: Ley Nº 27157 y su Reglamento, Reglamento Nacional de Edificaciones y Ordenanzas Municipales vigentes. Asimismo, el propietario u ocupante del predio debera cumplir con lo establecido en el MORDAZA vigente en lo referente a licencia de funcionamiento. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Mediante Decreto de Alcaldia se expediran las normas complementarias que se requieran para su adecuado cumplimiento. Segunda.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 265626-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Aprueban Reglamento para la aplicacion de la Sancion de Tapiado
ORDENANZA Nº 000080-2008-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 22 de agosto del 2008 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrito de San MORDAZA de Miraflores en sesion de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado consagra el concepto de Autonomia Municipal, garantia institucional, sobre la base de la cual las Municipalidades tienen Autonomia Politica, Economica y Administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Articulo 9° de la Ley de Bases de la Descentralizacion, define en su numeral 9.1 a la autonomia politica, como aquella facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, la Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con la Ley del Procedimiento Administrativo

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