Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2009 (29/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

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que los Gobiernos Regionales y Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de los planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica; Que, en el Capitulo V Planes de Desarrollo y Presupuestos, articulos 18º, 19º y 20º, numerales 20.1 y 20.2 de la ley mencionada, establece que los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial. Los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, se formulan y ejecutan en Concordancia con los planes de desarrollo concertados. El MEF dicta en forma anual las directivas que regulan la programacion, formulacion, aprobacion, ejecucion, evaluacion y control de los presupuestos; Que, en la Ley Nº 26300 - Ley de Derechos de Participacion y Control Ciudadano, en el Art. 2° Derechos de Participacion de los Ciudadanos, se establecen los mecanismos de participacion ciudadana en el ambito de los Gobiernos Regionales y Locales y en el Art. 3° de Derechos de Control Ciudadanos; Que, el Plan Estrategico Institucional (PEI), es un instrumento orientador de la gestion o quehacer institucional del Gobierno Regional, formulado desde una perspectiva multianual, toma en cuenta la vision de desarrollo, los objetivos estrategicos y acciones concertadas en el Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo. Contiene los objetivos Institucionales y las acciones que le corresponde realizar en el MORDAZA de sus competencias, a traves de la priorizacion de sus acciones permanentes y temporales y los recursos que estas requieren para su implementacion; Que, el articulo 38° de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la Organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; En uso de las atribuciones conferidas en la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; ORDENA: Articulo Primero.APRUEBESE el PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL (PEI) 2007 ­ 2010, del Gobierno Regional de Huancavelica, instrumento orientador de la gestion o quehacer institucional, formulado desde una perspectiva multianual, cuyo texto se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo Regional de Huancavelica, disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- DEROGUESE o dejese sin efecto, las normas o actos administrativos que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica, a los ocho dias del mes de enero del dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los 9 dias del mes de enero del ano dos mil nueve. L.FEDERICO MORDAZA MORDAZA SCHULTZ Presidente Regional 306132-3

Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Subgerencia de Defensa Civil, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente
ORDENANZA REGIONAL Nº 132-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 8 de enero de 2009 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA SUB GERENCIA DE DEFENSA CIVIL, GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTION DEL MEDIO AMBIENTE Articulo Primero.- APRUEBESE el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Sub Gerencia de Defensa Civil, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, documento que corre como anexo adjunto a la presente Ordenanza Regional, que cuenta con 37 folios, cuyos recursos seran destinados a las actividades propias de la Sub Gerencia de Defensa Civil, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente. Articulo Segundo.- DEROGUESE o dejese sin efecto, las normas o actos administrativos que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica, a los ocho dias del mes de enero del dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los 9 dias del mes de enero del ano dos mil nueve. L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SCHULTZ Presidente Regional 306258-1

Eligen Consejero Delegado del Consejo Regional de Huancavelica para el ano 2009
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 154-2008-GOB.REG.-HVCA/CR Huancavelica, 17 de diciembre de 2008. VISTO: El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesion Ordinaria celebrada el 17 de Diciembre del ano 2008, con el MORDAZA mayoritario de sus integrantes y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme dispone el articulo 191° de la Ley

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