Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2009 (31/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de enero de 2009

NORMAS LEGALES

389667

Congreso de la Republica Ministerio de Relaciones Exteriores Ministerio de Economia y Finanzas Contraloria General de la Republica Poder Judicial Ministerio de Justicia Ministerio Publico Consejo Nacional de la Magistratura Tribunal Constitucional MORDAZA Nacional de Elecciones Oficina Nacional de Procesos Electorales Defensoria del Pueblo Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura Universidades Publicas Ministerio de Agricultura Ministerio de Transportes y Comunicaciones Ministerio de Defensa 19 DE FEBRERO Ministerio de Educacion, excepto USES 01,03 y 07 Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educacion 20 DE FEBRERO

la Resolucion Directoral N° 004-2009-EF/76.01, publicada en nuestra edicion del dia 27 de enero de 2009. En la Pag. 389324; DICE: "ANEXO "MODIFICATORIAS" Articulo 1° (....) Modificacion del articulo 23º numeral 23.3 literales c) primer parrafo y e): "Articulo 23º Lineamientos especificos para las Modificaciones Presupuestarias (...) 23.3 (...) e) La partida del gasto 2.1.1. "Pensiones" no podra ser habilitador". (....)" DEBE DECIR:

Ministerio de Educacion: USES 01,03 y 07 23 DE FEBRERO Ministerio de Energia y Minas Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo Ministerio de Salud Ministerio de Comercio Exterior y Turismo Ministerio de la Produccion Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educacion y de Agricultura Ministerio del Ambiente 24 DE FEBRERO Ministerio del Interior Fuero Militar Policial Articulo 2º.- La Direccion Nacional del Tesoro Publico emitira las Autorizaciones de Pago con anticipacion de un dia habil a la fecha indicada en el Articulo 1º. En los casos de Unidades Ejecutoras que esten realizando el pago de las remuneraciones y pensiones a los servidores publicos, a traves de cuentas bancarias individuales, abiertas en el sistema bancario, dichas Autorizaciones seran aprobadas con anticipacion de dos dias habiles al programado en el Cronograma; para el efecto las Unidades Ejecutoras requeriran sus habilitaciones con la antelacion necesaria. Articulo 3º.- La MORDAZA y/o transmision de Cartas Ordenes o Giros Electronicos por los mencionados conceptos se efectuara hasta por los montos limites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administracion o quien haga sus veces. La informacion con el detalle de los montos y cuentas de ahorro de los pensionistas o personal activo a ser abonados, debera ser exactamente igual al monto considerado en la Carta Orden o Giro Electronico, debiendo ser transmitida a traves del SIAF-SP, o de ser el caso presentada en medio magnetico, al Banco con dos dias de anticipacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Viceministro de Hacienda 307553-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL N° 004-2009-EF/76.01 Mediante Oficio Nº 016-2009-EF/11.03, el Ministerio de Economia y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de Articulo 1° (....) Modificacion del articulo 23º numeral 23.3 literales c) primer parrafo y e): "Articulo 23º Lineamientos especificos para las Modificaciones Presupuestarias (...) 23.3 (...) e) La partida del gasto 2.2.1. "Pensiones" no podra ser habilitador." (....)" 308027-1 "ANEXO "MODIFICATORIAS"

EDUCACION
Otorgan premios a los ganadores del Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz" correspondientes al ano 2008
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0024-2009-ED MORDAZA, 29 de enero de 2009 CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27725, modificado por el articulo 1º de la Ley Nº 28829, crea el Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz" a otorgarse anualmente a los jovenes u organizaciones juveniles para estimular y reconocer la obra y el esfuerzo que hayan realizado en la promocion y tutela de la cultura, valores e identidad nacional; Que, mediante la Directiva Nº 002-2008-ME-VMGPDITOE, se MORDAZA la organizacion, ejecucion y evaluacion del Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz" correspondiente al ano 2008, cuyo numeral 6.1 establece que el Premio se concedera en las modalidades de "Ambiente e Historia", lo que es concordante con lo establecido en el articulo 3º del Reglamento de la Ley Nº 27725, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2002-ED; Que, en el Acta de Sesion de la Comision Calificadora del Premio Nacional de la Juventud "Yenuri Chiguala Cruz",

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