Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2009 (31/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de enero de 2009

Articulo 2. Encargase el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 307367-1

senalada a la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto para el pronunciamiento respectivo; Que mediante Dictamen la Comision de Administracion, Economia y Presupuesto emite opinion por la procedencia de aprobar el Proyecto de Ordenanza; Que, habiendose sometido a debate y, a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento final; Estando a los fundamentos expuestos, y, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades con el MORDAZA UNANIME de los senores (as) Regidores (as), con la dispensa de Lectura y aprobacion del acta se ha dado la siguiente : ORDENANZA AMPLIACION DE LA FECHA DE VENCIMIENTO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES Articulo Primero.- Aplazar el vencimiento de pago del impuesto predial total anual, y la primera cuota trimestral del pago fraccionado del impuesto predial hasta el 31-032009. Articulo Segundo.- Aplazar el pago de arbitrios municipales correspondientes a los meses de Enero y febrero hasta el 31-03-2009. Articulo Tercero.- Corregir la fecha de pago de arbitrios correspondientes al mes de junio -2009, siendo su vencimiento de pago real el 30-06-2009. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y la Sub Gerencia de Relaciones Publicas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Amplian fecha de vencimiento tributos municipales
ORDENANZA Nº 001-2009-MDLP La MORDAZA, 27 de enero del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha, 27 de enero del 2009, el Dictamen de la Comision de Administracion Economia y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza de Ampliacion de la fecha de vencimiento de pago de los tributos municipales para el ano 2009. CONSIDERANDO: Que, en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado senala que "Las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia". Asimismo, se atribuye a los Concejos Municipales las funciones normativas que se establecen en el articulo 9º de la Ley 27972 Ley Organica de Municipalidades, la que se ejerce mediante Ordenanzas. Que, el articulo 36° del T.U.O del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99 EF establece la facultad de aplazamiento del vencimiento de pago de la deuda tributaria. Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 15° del T.U.O de la Ley de Tributacion Municipal , la fecha de vencimiento de pago del impuesto predial anual, y del primer trimestre del pago fraccionado de dicho tributo es el ultimo dia util del mes de febrero. Que, la Gerencia de Administracion Tributaria en su Memorando Nº 007-2009- GAT/MDLP indica que se hace necesario ampliar la fecha de vencimiento de pago de los tributos municipales hasta el 31 de marzo del 2009. Que la politica de la actual Gestion Municipal esta orientada a velar por el bienestar de los vecinos del Distrito, siendo que la mayoria de contribuyentes cuentan con familiares en edad escolar o que se encuentran realizando estudios Superiores en las Universidades o Institutos, coincidiendo con la carga economica del pago de matricula, materiales de ensenanza, uniforme y con el pago del impuesto predial y arbitrios municipales; por lo tanto es necesario dar oportunidad a los vecinos del Distrito de La MORDAZA para que puedan cumplir oportunamente con el pago de sus tributos. Que, mediante Informe Nº 015 -2009- GAJ/MDLP la Gerencia de Asesoria Juridica emite opinion senalando que ha procedido a revisar y analizar el proyecto sobre ampliacion de fecha de pago anual del impuesto predial y primera cuota trimestral de dicho tributo y de los meses de enero y febrero de los arbitrios municipales del 2009 se encuentra conforme al articulo 36° del Codigo Tributario y a lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 en consecuencia debera ponerse a consideracion del pleno del concejo municipal para su respectiva aprobacion de considerarlo pertinente. Que, mediante Informe Nº 0010-2009- GM-MDLP, la Gerencia Municipal, remite los actuados al Despacho de Alcaldia para ser elevado al Pleno del Concejo Municipal. Que mediante Oficio Nº 028 -2009- ALC-MDLP el Despacho de Alcaldia remite la documentacion MORDAZA

de

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Otorgan beneficios tributarios para pago de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenasgo para el ejercicio 2009
ORDENANZA Nº 002-2009-MDLP La MORDAZA, 27 de enero del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto en Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha, 27 de enero del 2009, el Dictamen de la Comision de Administracion Economia y Presupuesto, sobre el Proyecto de Beneficios Tributarios respecto al pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2009; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado senala que "Las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia". Asimismo, se atribuye a los Concejos Municipales las funciones normativas que se establecen en el articulo 9º de la Ley 27972 Ley Organica de Municipalidades, la que se ejerce mediante Ordenanzas. Que, los arbitrios por concepto de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2009 han sido aprobados por Ordenanza Nº 018-2008-MDLP, apreciandose que las tasas aprobadas por Ordenanza Nº 019-2007 ­MDLP aprobadas en funcion al costo de cada uno de los servicios han sufrido un incremento como resultado de la aplicacion de los Criterios de Distribucion establecidas por el Tribunal Constitucional al haberse determinado los costos reales de los arbitrios municipales correspondientes al ano 2008 con respecto a la que venian pagando los contribuyentes en el ano 2007; Que, la politica de la actual Gestion Municipal, esta orientada a velar por el bienestar de los vecinos del

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