Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2009 (31/01/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

389714

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de enero de 2009

exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, la Oficina de Asesoria Juridica senala que teniendo en cuenta las normas MORDAZA citadas, el Concejo Municipal debe proceder a exonerar del MORDAZA de contratacion entre la Fuerza Aerea del Peru y la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, para lo cual debera emitir el Acuerdo de Concejo correspondiente, por lo que concluye opinando lo siguiente: 1. Que, debe exonerarse del MORDAZA de Seleccion por la causal de contratacion entre entidades del sector publico con la Fuerza Aerea del Peru, estableciendose como valor referencial el siguiente:
Descripcion del servicio Vuelo Aerofotografico y Actualizacion Catastral Cantidad Medida 01 Precio Unitario Sub Total S/. 446,472.70 TOTAL Inc. IGV. 446,472.70

2. Que, debe autorizarse a la Gerencia de Administracion y Finanzas efectue la contratacion para dicho servicio de acuerdo a las especificaciones tecnicas y a lo dispuesto en el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones, asi como la comunicacion a la Contraloria General de la Republica y CONSUCODE en un plazo de 10 dias; 3. Que, para efecto del pronunciamiento debe remitirse al pleno del Concejo Municipal para su aprobacion conforme a lo dispuesto en el 20º Inc. c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Carta Nº 223-2008-CGM-MSS del 30.12.2008, la Comision de Gestion Municipal solicita informes ampliatorios de las areas correspondientes respecto de la exoneracion de la contratacion del servicio de Vuelo Aerofotografico, teniendo en cuenta lo dispuesto por el articulo 139º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, con Memorandum Nº 023-2009-GPP-MSS del 06.01.2009, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto senala que, la contratacion de Vuelo Aerofotografico cuenta con cobertura presupuestal en el Centro de Costo 4602 Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, actividad 3559, Mantenimiento de la Informacion Catastral, rubro 08 Impuestos Municipales, especifica de gastos 23271199 Servicios Diversos por la suma de S/. 446,473.00 Nuevos Soles; Que, con Memorandum Nº 018-2009-GDU-MSS del 07.01.2009, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, se ratifica en los Informes Nºs. 483 y 506-2008-GDU-MSS, agregando el caracter multiutilitario del vuelo aereo a contratar, el mismo que no solo esta dirigido a la elaboracion del catastro MORDAZA, si no a los diferentes procesos de planificacion MORDAZA, resultando un apoyo fundamental al MORDAZA de delimitacion distrital, y considera de MORDAZA importancia la contratacion del Vuelo por ser las condiciones climaticas optimas en este momento, opinando favorablemente por dicha contratacion; Que, con Informe Nº 017-2009-SGAB-GA-MSS de fecha 7.01.2009, la Subgerencia de Abastecimientos, senala que el costo del servicio ofertado por la Fuerza Aerea del Peru - FAP, es el mas conveniente frente a otras cotizaciones, no constituyendo un aprovechamiento de su condicion de Entidad del Estado, dado que existen diversas empresas en el mismo rubro, asimismo resulta mas eficiente dicha contratacion, debido a su menor tiempo que via un MORDAZA MORDAZA, siendo tecnicamente mas idonea y viable, agregando que la FAP no tiene habitualidad en la prestacion de dicho servicio conforme a la consulta en el MORDAZA del SEACE el cual adjuntan, concluyendo por considerar procedente su contratacion; Que, mediante Informe Nº 014-2009-GAJ-MSS del 08.01.2009, la Gerencia de Asesoria Juridica amplia su Informe Nº 1267-2008-OAJ-MSS y se ratifica en lo opinado en la Conclusion del mismo; Que, en virtud a las observaciones efectuadas en sesion conjunta de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos del 21.01.2009, la Subgerencia de Abastecimientos mediante Informe Nº 070-2009-SGAB-GAMSS del 21.01.2009 senala respecto a lo dispuesto en el Articulo 139º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que el costo por servicio ofertado por la

Fuerza Area del Peru es el mas conveniente, de acuerdo al Cuadro de Valor Referencial que adjunta, el mismo que ha sido solicitado a la Fuerza Aerea del Peru, Horizonte South MORDAZA SAC y Instituto Geografico Nacional, siendo que no constituye un aprovechamiento de las prerrogativas derivadas de su condicion de Entidad del Estado, toda vez que en el MORDAZA existen una pluralidad de empresas que ofertan el referido servicio, (Horizonte South MORDAZA SAC y Instituto Geografico Nacional), ademas que esta actividad no es desarrollada de manera exclusiva ni excluyente por la Fuerza Aerea, es decir que no es la unica empresa, al no ejercer monopolio en los servicios que presta y ademas la ejecucion contractual del servicio esta sujeta al cumplimiento de las normas de Contrataciones y Adquisiciones de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones y su reglamento, como por ejemplo, plazo para la suscripcion de contrato, entregar la Carta Fianza de Fiel Cumplimiento, aplicacion de penalidades por retraso injustificados, entre otros requisitos; Que, agrega ademas que, en razon de costo de oportunidad, resulta mas eficiente contratar con otra entidad del Estado, toda vez que la contratacion del referido servicio a traves de un MORDAZA MORDAZA, estaria demorando aproximadamente cuarenta y cinco (45) dias habiles, por lo tanto satisface la meta de la Municipalidad que es la de contratar en el mas breve plazo el servicio de Aerofotografia; Que, asimismo senala la Subgerencia de Abastecimientos que, la referida contratacion es tecnicamente mas idonea y viable, debido a que la Fuerza Aerea es competente en vuelos para aerofotografias en el territorio nacional por su experiencia, por sus equipos de aeronavegacion y equipo de aerofotografia. De otro lado, la oferta de la FAP senala que la resolucion de las fotografias aereas es de 20 micrones equivalente a 7.5 cm. de pixel (tamano), mientras que la propuesta de Horizonte South MORDAZA SAC equivale a 10 cm. de pixel, por lo tanto la de menor pixel, es decir la de la FAP permite ver la imagen con mayor nitidez; Que, del mismo modo indica que, si bien la Fuerza Aerea no ha contestado el requerimiento de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA sobre la declaracion jurada de "No Habitualidad" de los servicios de vuelo aerofotografico de la FAP, han suplido este vacio con la busqueda en el SISTEMA ELECTRONICO DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DEL ESTADO - SEACE, encontrando que la FAP no ha efectuado durante ese periodo servicios de vuelo aerofotografico; Que, la Subgerencia de Abastecimientos, concluye opinando por considerar procedente la realizacion del MORDAZA de exoneracion por contratacion entre entidades publicas con la Fuerza Area del Peru, toda vez que la referida contratacion reune las condiciones establecidas en el Articulo 139º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, a traves del Informe Nº 006-2009-GM-MSS de fecha 21.01.2008, la Gerencia Municipal concluye opinando por considerar procedente la realizacion del MORDAZA de exoneracion por contratacion entre entidades publicas con la Fuerza Area del Peru, toda vez que la referida contratacion reune las condiciones establecidas en el Articulo 139º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, conforme al analisis que efectua en su Informe; Estando al Dictamen Conjunto Nº 002-2009-CGM-CAJMSS de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, los Informes Nºs. 1267-2008-OAJ-MSS y 014-2009GAJ-MSS de la Oficina de Asesoria Juridica (hoy Gerencia de Asesoria Juridica) y de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, el Concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- DECLARAR la exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la contratacion del Servicio del Vuelo Aerofotografico y Actualizacion Catastral, por la causal de contratacion entre entidades del sector publico con la Fuerza Aerea del Peru de acuerdo a lo establecido en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el Articulo 139º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.