Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2009 (21/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

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Que, posteriormente, luego de concluido el servicio prestado por la empresa SVS Ingenieros SAC, la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas, mediante Memorando N° 125-2009-MEM/DGM, de fecha 30 de enero de 2009, solicito la contratacion de un empresa que ejecute la Obra "Construccion de Tunel de Drenaje Subterraneo del Cerro Tamboraque" en los terminos y condiciones que se detallaron en el Estudio y en el Expediente Tecnico a Nivel Constructivo del Sistema de Drenaje Subterraneo del Cerro Tamboraque que fue elaborado por la Empresa SVS Ingenieros S.A.C; Que, en ese sentido y en virtud a los establecido en el Decreto de Urgencia N° 044-2008, el Ministerio de Energia y Minas, procedio a contratar a la empresa encargada de la construccion de la mencionada obra que contribuira a la estabilizacion fisica y estructural del cerro Tamboraque; Que, la contratacion de la supervision de la obra, se sustenta, asi como la obra misma, en la necesidad de adoptar medidas de emergencia que posibiliten mitigar el grave riesgo existente en la zona; Que, la Comision Especial encargada de efectuar las medidas y acciones que se requieran para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 044-2008, designada por Resolucion Ministerial N° 550-2008-MEM/DM y su modificatoria ha manifestado que el supervisor a contratar debera ser una empresa consultora con experiencia en obras mayor a diez (10) anos, su personal profesional y tecnico propuesto por la consultora debera contar con basta experiencia en labores semejantes, entre otros requisitos que se senalan en el Informe Tecnico N° 02-2009-MEM-CE presentado por la mencionada Comision; Que, asimismo, de conformidad con el mismo Informe Tecnico N° 02-2009-MEM-CE, la Comision Especial, luego de realizar un analisis de las posibilidades que ofrece el MORDAZA, ha senalado que el monto del servicio a contratar ascendera a la suma de S/. 319 318,00 (Trescientos Diecinueve Mil Trescientos Dieciocho y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, para lo cual se cuenta con la Certificacion de Credito Presupuestario N° 00506-2009MEM-OGP/PRES, de fecha 30 de enero de 2009, emitida por la Oficina de Presupuesto; Que, el literal b) del articulo 20º del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen ante una situacion de emergencia derivada de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o que afecten la defensa y seguridad nacional; Que, en el mismo sentido, el articulo 128° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, precisa que en virtud de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro, o que afecten la defensa y seguridad nacional, la Entidad debera contratar en forma inmediata lo estrictamente necesario para prevenir y atender los requerimientos generados como consecuencia directa del evento producido, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes. Asimismo, se especifica que posteriormente se debera convocar los respectivos procesos de seleccion; y en el caso que no corresponda, el informe tecnico legal debe fundamentar las razones que motivan la contratacion definitiva; Que, asimismo, dicho articulo senala que toda contratacion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de efectuada la entrega del bien o la primera entrega en el caso de suministros, o del inicio de la prestacion del servicio o del inicio de la ejecucion de la obra, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Contrataciones de la Entidad, publicando la resolucion o acuerdo correspondiente y los informes sustentatorios en el SEACE, debiendo remitir dicha informacion a la Contraloria General de la Republica, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones; Que, en consecuencia, mediante el Informe N° 0342009-MEM/OGA-LOG, la Directora de Logistica senala que resulta viable la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo, a fin de que se contrate la supervision para la ejecucion de la obra "Sistema de Drenaje Subterraneo del Cerro Tamboraque", bajo el supuesto de situacion de emergencia; Que, de conformidad con el articulo 8° del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, cada

Entidad elaborara un Plan Anual de Contrataciones, que debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido. El Plan Anual de Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego de la Entidad, correspondiendo la inclusion del MORDAZA MORDAZA indicado en el mencionado Plan Anual de Contrataciones; Que, en el ejercicio de las facultades de delegacion contenidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, resulta conveniente delegar, en la Oficina General de Administracion, la facultad de aprobar el expediente correspondiente al MORDAZA exonerado bajo la causal de Situacion de Emergencia, a que se refiere la presente resolucion, asi como los documentos de exoneracion respectivos; En virtud de lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 1842008-EF; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Incluir en el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001 MEM Central del Ministerio de Energia y Minas para el ano fiscal 2009, aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 022-2009-MEM/DM, y sus modificatorias, la contratacion del supervisor de la Obra "Sistema de Drenaje Subterraneo del Cerro Tamboraque", la que mitigara el riesgo en la MORDAZA, contribuyendo a la estabilidad fisica y estructural del Cerro Tamboraque, declarado en emergencia mediante Decreto Supremo N° 050-2008-PCM, y prorrogado por los Decretos Supremos N° 064-2008-PCM, N° 071-2008-PCM y N° 002-2009PCM. Articulo 2°.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Seleccion correspondiente por la causal de Situacion de Emergencia, para efectuar la contratacion senalada en el articulo precedente y asi, contratar en forma directa y mediante acciones inmediatas. Articulo 3º.- La referida contratacion sera realizada por la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Energia y Minas, por el monto de 319 318,00 (Trescientos Diecinueve Mil Trescientos Dieciocho y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, por un plazo de ejecucion de 180 dias calendario. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina General de Administracion la aprobacion del expediente y de los documentos correspondientes al MORDAZA exonerado en la causal de Situacion de Emergencia. Articulo 5º.- Disponer que la Oficina General de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes del Visto a la Contraloria General de la Republica y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, dentro del plazo de diez (10) dias habiles de su emision; debiendo publicarlas adicionalmente, a traves del SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

315606-2 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL N° 086-2009-MEM/DM
Mediante Oficio Nº 286-2009-MEM/SG, el Ministerio de Energia y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial N° 086-2009-MEM/DM, publicada en la edicion del 10 de febrero de 2009. DICE: Articulo 1°.- Delegar, (...) : · (...) conocer y resolver las observaciones y los recursos de apelacion que se interpongan al interior de los mencionados procesos de seleccion, (...)".

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