Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2009 (21/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

391306

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2009

Soles) a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA del Departamento de Arequipa; Que, conforme con lo previsto en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales", es de aplicacion al procedimiento que nos ocupa el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, sus modificatorias y complementarias, toda vez que el procedimiento se inicio durante la vigencia de la citada MORDAZA, esto es el dia 29 de octubre de 2007, con la MORDAZA de la solicitud de la Municipalidad Provincial de MORDAZA del Departamento de MORDAZA al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes

de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Transferencia de propiedad en la modalidad de Donacion del Bien Mueble descrito en el Anexo de la presente Resolucion, por un Valor Neto ascendente a la suma de S/. 158 902,72 (Ciento Cincuenta y Ocho Mil Novecientos Dos y 72/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA del Departamento de Arequipa. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento

R.M. Nº 078-2009-VIVIENDA
ANEXO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Nº U.E. COD-SBN DESCRIPCION ESTADO MORDAZA MODELO SERIE MOTOR COLOR CUENTA F-ADQUIS VALOR ACTUALIZADO 31/03/2008 S/. 334,531.70 334,531.70 DEPRECIACION ACTUALIZADA 31/03/2008 S/. 175,628.98 175,628.98 VALOR NETO S/. 158,902.72 158,902.72

1

001 673670720001 RODILLO VIBRATORIO

R

DYNAPAC

CA25D

709B520 30742979

MORDAZA

332.01.01

01/01/2003

TOTAL

315611-2

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dictan disposiciones referidas a la declaracion y pago del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al ano 2009
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 054-2009/SUNAT
MORDAZA, 19 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Supremo Nº 057-2005-EF se dicto el Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo; Que conforme a lo dispuesto en el articulo 8º del citado reglamento, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) es el organo administrador del aludido impuesto; Que de acuerdo a lo senalado en el numeral 9.1 del articulo 9º del referido reglamento, los sujetos del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo presentaran la declaracion jurada en el medio, forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT mediante Resolucion de Superintendencia; Que mediante el articulo 2º de la Resolucion de Superintendencia Nº 091-2005/SUNAT se aprueba el Formulario Virtual Nº 1690 "Impuesto a las Embarcaciones de Recreo" a traves del cual se presenta la Declaracion Jurada Anual del citado impuesto; Que el articulo 3º de la aludida resolucion establece el procedimiento para la MORDAZA de la Declaracion Jurada Anual del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, exclusivamente a traves de SUNAT Virtual;

Que resulta necesario establecer el plazo para la MORDAZA de la Declaracion Jurada Anual del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al ano 2009; Que de otro lado, el numeral 9.2 del articulo 9º del Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo dispone que el impuesto podra ser pagado al contado o en forma fraccionada en cuatro (4) cuotas trimestrales, en el medio, la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT mediante Resolucion de Superintendencia; Que el articulo 4º de la Resolucion de Superintendencia Nº 091-2005/SUNAT establece los plazos en los cuales debe realizarse tanto el pago al contado como el pago fraccionado del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, especificando ademas que los pagos se realizan mediante el Sistema Pago Facil utilizando para tal efecto el Formulario Virtual Nº 1662 ­ Boleta de Pago; Que resulta conveniente difundir las fechas de pago del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo; Que en tanto la presente Resolucion se limita a senalar el plazo de vencimiento para la MORDAZA de la Declaracion Jurada Anual del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo asi como a difundir las fechas de vencimiento del pago al contado y del pago fraccionado del citado Impuesto, no es necesario efectuar su prepublicacion, en virtud de lo indicado en el numeral 3.2 del articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; En uso de las facultades conferidas por el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 057-2005-EF, el articulo 11º de la Ley General de la SUNAT aprobada por Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DEFINICIONES Para efecto de la presente Resolucion, se entendera por:
a) Impuesto : Al Impuesto a las Embarcaciones de Recreo.

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