Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2009 (21/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2009

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Modifican Ordenanza Nº 126/MDA que establecio el procedimiento de otorgamiento de MORDAZA de posesion para los beneficiarios de las Leyes Nºs. 28685 y 28687
ORDENANZA Nº 210-MDA
Ate, 13 de febrero del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesion Ordinaria de fecha 13 de Febrero del 2009, visto el Dictamen Nº 004-2009-MDA/CDU y OP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º, modificado por la Ley Nº 27680 establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, dispone en su Titulo Preliminar articulo IV, que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico con los incisos 3.2 y 3.5, del numeral 3 y ultimo parrafo del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades aprobada por la Ley Nº 27972. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 126/MDA de fecha 29 de Septiembre del 2006, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08 de Octubre del 2006, se establecio el procedimiento de otorgamiento de MORDAZA de Posesion para los Beneficiarios de las Leyes Nº 28685 y Nº 28687, que Regula la Declaracion de Abandono Legal de las Tierras de las Comunidades Campesinas de la Costa ocupadas por Asentamientos Humanos y otras Posesiones Informales y la de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos, respectivamente. Que, el Articulo 1º del acotado cuerpo Legal establece que la MORDAZA de Posesion tendra una vigencia de un (01) ano. Que, el Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA, Reglamento de los Titulos II y III de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo Complementaria de la formalizacion de la Propiedad Informal, acceso al suelo y Dotacion de Servicios Basicos, publicado el 27 de MORDAZA del 2006, establece en su art. 28º, ultimo parrafo que el Certificado o MORDAZA de Posesion tendra vigencia hasta la efectiva instalacion de los Servicios Basicos en el Inmueble descrito en dicho Certificado o Constancia. Que, el articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su numeral 8), establece que es competencia del Concejo Municipal aprobar, modificar, o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos. Que, en el presente caso la Municipalidad Distrital debera modificar el plazo de vigencia de las Constancias de Posesion, conforme lo establece el articulo 28º, ultimo parrafo del Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA, con la finalidad de preservar la relacion juridica existente entre las Normas de caracter nacional y aquellas emitidas por la entidad Distrital en el ambito de su Jurisdiccion. Que, mediante Dictamen Nº 004-2009-MDA/CDU y OP la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, recomienda aprobar la Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 126-MDA, solicitando elevar al Pleno del Concejo Municipal para el debate y aprobacion correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando

con el MORDAZA por unanimidad de los senores asistentes a la Sesion de Concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha aprobado la siguiente Ordenanza: "ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 126/MDA, MORDAZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE MORDAZA DE POSESION PARA LOS BENEFICIARIOS DE LAS LEYES Nº 28685, Y Nº 28687" Articulo Primero.- MODIFIQUESE el Articulo Primero de la Ordenanza Nº 126/MDA de fecha 29 de Septiembre del 2006, quedando su texto redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.- Otorgar la MORDAZA de Posesion a aquellos pobladores que se encuentran comprendidos dentro de los alcances de las Leyes Nº 28685 y Nº 28687, previo cumplimiento de los requisitos que se establecen en la presente Ordenanza. La MORDAZA de Posesion tendra vigencia hasta la efectiva instalacion de los servicios basicos en el inmueble descrito en dicha Constancia". Articulo Segundo.- AGREGUESE como Tercera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 126/MDA el siguiente Texto: "Tercera.- Dispongase la aplicacion del plazo de vigencia establecido en el articulo1º de la presente MORDAZA a las Constancias de Posesion emitidas MORDAZA de la vigencia de la presente Ordenanza y que a la fecha no se encontrasen vigentes, en aquellos casos en que sus Titulares no hayan efectuado la instalacion de los servicios basicos". Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA

314969-1

Aprueban dictamen que recomienda desaprobar la desafectacion en uso de MORDAZA ubicado en el Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan
ACUERDO DE CONCEJO Nº 007
Ate, 13 de febrero del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE, VISTO en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de febrero del 2009, el Dictamen Nº 005-2009-MDA/CDU y OP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, que recomienda desaprobar la Desafectacion en Uso del MORDAZA constituido por el Lote 7A de la MORDAZA "P" de la UCV 188, del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al articulo 194º de la Constitucion Politica, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, segun el articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos de interes publico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional.

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