Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2009 (21/02/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

391319

Que, mediante Oficio Nº 2652-2008-MML-GDU-SPHU, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita dentro del MORDAZA de la Ordenanza Nº 296-MML, modificada mediante Ordenanza Nº 786-MML, opinion de esta Municipalidad respecto a la Desafectacion de Uso del MORDAZA ubicado en el Lote 7 A de la MORDAZA "P" de la UCV 188 del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Que, el Lote 7A de la MORDAZA "P", UCV 188 (area destinada a Parque) del Asentamiento Humano Huaycan, cuenta con el Saneamiento Fisico Legal otorgado por COFOPRI, con codigo de predio PO2136798, inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros SUNARP. Que, mediante Informe Nº 001-JCCR-2009, el Tecnico Asistente Sr. MORDAZA Christiam MORDAZA MORDAZA, informa a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, opinando que no procederia la desafectacion de este bien de uso publico, por no encontrarse en una de las causales que implicaria la desafectacion del mismo, ya que dicha area destinada a MORDAZA no ha perdido la naturaleza que justifico su inclusion en esta categoria de bienes, porque se mantiene libre, debiendose ejecutar obras para su fin. Que, mediante Informe Nº 065-2009-MDA/OGAJ la Oficina General de Asesoria Juridica, es de la opinion que se remitan los actuados a la Comision de Desarrollo MORDAZA del Concejo Municipal, con la finalidad de que sea evaluada la propuesta de desafectacion presentada por la organizacion recurrente, y posteriormente se emita el Acuerdo de Concejo correspondiente, en observancia de las consideraciones tecnicas senaladas por la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, y el citado Informe Legal, respecto a la consideracion juridica de dicho bien y la realidad fisica existente, disponiendose ademas la remision de los actuados a la Municipalidad de MORDAZA Metropolitana, de acuerdo al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 196/MML, modificada por Ordenanza Nº 786/MML. Que, mediante Ordenanza Nº 786-MML, Ordenanza que modifica el articulo 29º de la Ordenanza Nº 296MML y el articulo 5º de la Ordenanza Nº 341-MML; establece que las desafectaciones en todos los casos, inclusive las de bienes de uso publico cuyos titulares MORDAZA las Municipalidades Distritales, seran aprobadas mediante Ordenanza Metropolitana con Dictamenes de las Comisiones de Desarrollo MORDAZA y Asuntos Legales del Consejo Metropolitano y previa opinion de la Municipalidad Distrital. Que, el inciso 6) del articulo 56º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establece que son bienes de propiedad municipal los aportes provenientes de las habilitaciones urbanas. De igual modo los articulos 59º y 65º del referido precepto legal establece que los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotacion, arrendados o modificado su estado de posesion o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por Acuerdo de Concejo Municipal, estando facultadas las municipalidades para ceder en uso o conceder en explotacion bienes de su propiedad, a favor de personas juridicas del sector privado, a condicion de que MORDAZA destinados exclusivamente a la realizacion de obras o servicios de interes, o necesidad social, y fijando un plazo, que segun lo establece el Codigo Civil en su articulo 1001º, en el caso de uso, disfrute, explotacion del bien ajeno, su plazo no podra exceder de treinta (30) anos. Que, mediante Dictamen Nº 005-2009-MDA/CDU y OP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, recomienda Aprobar el Acuerdo de Concejo de desaprobacion de la Desafectacion en Uso del MORDAZA constituido por el Lote 7A de la MORDAZA "P", UCV 188, del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de MORDAZA, que cuenta con un area de 208.30 m2. solicitando se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobacion correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, SE ACUERDA: Articulo 1º.- APROBAR el Dictamen Nº 0052009-MDA/CDU y OP de la Comision de Desarrollo

MORDAZA y Obras Publicas, sobre la desaprobacion de la Desafectacion en Uso del MORDAZA constituido por el Lote 7A de la MORDAZA "P", UCV 188 del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de MORDAZA, en merito a las consideraciones MORDAZA expuestas. Articulo 2º.- DISPONGASE la Trascripcion y publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y poner en conocimiento del presente a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, y Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal para los fines convenientes. Articulo 3º.- DISPONGASE a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, remitir los actuados a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para la continuacion del procedimiento, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 296-MML y Ordenanza Nº 786-MML. Registrese comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA

314968-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Empleados Publicos de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2009-MDJM
MORDAZA MORDAZA, 17 de febrero del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; VISTO, el Memorandum Nº 315-2009-MDJM/GA, de fecha 17 de febrero del 2009, remitido por la Gerencia de Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 08-2008-MDJM y Resolucion de Gerencia de Administracion Nº 3382008-MDJM/GA se aprobaron el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Empleados Publicos y la Directiva que Regula la Asistencia y Permanencia de las Personas sujetas a Contratos Administrativos de Servicios de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, respectivamente. Que, las precitadas disposiciones reglamentarias establecen que el horario de ingreso a laborar es a las 08:00 a.m., con una tolerancia de 10 minutos, pasado los cuales se consideran como faltas, retirandose las tarjetas de control por el personal de esta Sub Gerencia de Recursos Humanos para el registro respectivo; excepcionalmente, vencida la tolerancia se permite que el servidor ingrese a laborar previa la autorizacion expresa de su jefe inmediato, quien cursa la comunicacion justificatoria a la Sub Gerencia de Personal, hasta un MORDAZA de dos oportunidades al mes. Que, asimismo establecen que las omisiones del registro de asistencia al ingreso y a la salida del centro de trabajo debera justificarse mediante comunicacion escrita, contando con el visto MORDAZA del jefe inmediato, dentro de un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas, acreditando que el omiso ha cumplido con su jornada laboral; en caso contrario, se considera como falta injustificada. Que, dicha practica ha devenido permisiva de excesos de justificacion que resienten la disciplina laboral, por lo que resulta necesario contar con instrumentos de gestion adecuados a nuestra realidad y que permitan lograr los objetivos institucionales. Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42 y el numeral 6 del Articulo 20 de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.