Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2009 (21/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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de MORDAZA destaca la comida lambayecana por su milenaria tradicion culinaria que refleja siglos de historia y mestizaje cultural, la existencia de una envidiable despensa natural, y la reconocida sazon de sus caracteristicos potajes e ingredientes como el uso del distintivo Loche. Que, el Loche es un producto MORDAZA de esta region, ya que el registro iconografico de las culturas Mochica y MORDAZA demuestran que nuestros antepasados emplearon el loche en sus comidas; ya que en las tumbas pre-incas se hallaron semillas de loche de mas de 1100 A.C. que le permiten acreditarlo como un elemento originario de esta MORDAZA nortena del Peru; y testigos de esta herencia son Illimo, Tucume, Mocupe, Pitipo y Monsefu, distritos que por su clima, recurso hidrico y calidad de tierra, aun conservan la forma tradicional del cultivo de dicha hortaliza. Que, de acuerdo a la Organizacion Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), la Organizacion Mundial de Comercio (OMC) , la Decision 486 sobre Regimen Comun sobre Propiedad Industrial de la Comision de la Comunidad MORDAZA y el Decreto Legislativo Nº 823, Ley de Propiedad Industrial vigente, refiere que se entendera por Denominacion de Origen, "aquella que utilice el nombre de una region o un lugar geografico del MORDAZA que sirva para designar un producto originario del mismo y cuya calidad o caracteristicas se deben exclusiva o esencialmente a los factores naturales y humanos del lugar". Que, ante ello el Gobierno Regional MORDAZA, se ha propuesto realizar las gestiones para solicitar el reconocimiento de la Denominacion de Origen del "Loche de Lambayeque", para lo cual mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 078-2008-GR.LAMB/PR, se constituyo el Comite Tecnico, para promover y gestionar dicha Denominacion de Origen, como un reconocimiento a la calidad de este producto ligado a nuestra tradicion cultural y productiva, garantizando su procedencia, tradicion e historia con la finalidad de posicionarlo en el MORDAZA gastronomico nacional e internacional, promoviendo las exportaciones y contribuyendo a mejorar la economia de los productores; para lo cual se estan elaborando los estudios respectivos para su debida sustentacion ante Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual (INDECOPI). Que, ante ello como un reconocimiento a la calidad y caracteristicas ligada a nuestra MORDAZA geografica, es necesario que se Declare al "Loche de MORDAZA como Producto Agrocultural de la Region". Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DECLARASE al LOCHE DE MORDAZA, como Producto Agrocultural de la Region. Articulo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico la gestion ante los organismos competentes de la Denominacion de Origen del Loche de Lambayeque. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. NERY MORDAZA DE KROLL Presidente Regional (e)

Que, de conformidad con el Articulo 30° de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, cada entidad, termino que comprende a los Gobiernos Regionales de acuerdo con el Articulo I, inciso 5., del Titulo Preliminar de la mencionada ley, senala en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, los procedimientos administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante esta para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, siguiendo los criterios que a este efecto establece la citada ley; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 018-2003GR.LAMB./CR, el Consejo Regional aprobo el MORDAZA de la Sede del Gobierno Regional de Lambayeque; aprobandose la modificacion del mismo cuerpo normativo a traves de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 01-2008GR.LAMB/PR. Que, en el MORDAZA de las transferencias de funciones a los gobiernos regionales, las inspecciones tecnicas de seguridad en defensa civil y expedicion de certificados de seguridad en esta misma materia, han pasado a formar parte de las competencias de la Subgerencia de Defensa Civil ­ Area de Inspecciones Tecnicas de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, a cuyo efecto corresponde incorporar al MORDAZA de la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA doce (12) nuevos procedimientos, los mismos que han sido debidamente sustentados con la correspondiente estructura de costos. Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 38º, numeral 38.5, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, "una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, o por Resolucion del Titular del Organismo MORDAZA conforme a la Constitucion, segun el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1"; es decir, a traves de MORDAZA de MORDAZA nivel de las autoridades regionales; debiendose, en ambos casos, publicarse la modificacion en el diario encargado de los avisos judiciales en la capital de la region o provincia cuando se trate de entidades con alcance sub nacional. Que, estando a lo prescrito por el Articulo 38°, numeral 38.1, de la Ley Nº 27444, tratandose de los Gobiernos Regionales el MORDAZA es aprobado por la MORDAZA de MORDAZA nivel de las autoridades regionales, debiendo entenderse por analogia con los Gobiernos Locales, que se trata de Ordenanza Regional; Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento de MORDAZA ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- MODIFIQUESE el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, incorporandose en el mismo doce (12) procedimientos administrativos referidos a las inspecciones tecnicas de seguridad en defensa civil y expedicion de certificados de seguridad en esta misma materia, correspondientes a la Subgerencia de Defensa Civil ­ Area de Inspecciones Tecnicas de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, conforme al texto que como anexo corre adjunto a la presente disposicion regional. Articulo Segundo.- PUBLIQUESE la modificacion del MORDAZA de la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA a que se refiere el Articulo Primero de la presente disposicion regional, en el diario encargado de los avisos judiciales de la capital de la region, sin perjuicio de su difusion a traves de otros medios, conforme a ley. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. NERY MORDAZA DE KROLL Presidente Regional (e)

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Modifican el MORDAZA de la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2009-GR.LAMB./CR
Chiclayo, 09 de febrero de 2009. LA PRESIDENTA (e) DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de fecha 06 de febrero de 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:

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