Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2009 (21/02/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

391314

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2009

Que, conforme lo estipulado en el articulo 37º del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, aprobado mediante Resolucion Nº 10192005-CNM y modificado por Resolucion Nº 039-2006PCNM, establece que la interposicion del Recurso Extraordinario suspende la ejecucion de la resolucion de no ratificacion; Estando y lo expuesto y dispuesto en el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolucion Nº 1687-2008-MP-FN de fecha 19 de diciembre de 2008, que da por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal del MORDAZA, Distrito Judicial del MORDAZA, en el Despacho de la Fiscalia Provincial de Prevencion del Delito del MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 1157-2007-MP-FN de fecha 28 de setiembre de 2007. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento de la presente Resolucion al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y al Fiscal mencionado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Establecen disposiciones para la MORDAZA de informacion relacionada con Promotores o Fuerzas de Venta y Contratos de Comercializacion del SOAT, correspondiente a corredores de seguros - personas juridicas
CIRCULAR Nº CS-19-2009 ------------------------------------------------------------Ref.: MORDAZA de Informacion relacionada con Promotores o Fuerzas de Venta y Contratos de Comercializacion del SOAT, correspondiente a corredores de seguros - personas juridicas -----------------------------------------------------------Lima, 18 de febrero de 2009 Senor Gerente General: Sirvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 335º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, y lo establecido en los articulos MORDAZA, octavo, noveno y decimo de la Resolucion SBS Nº 510-2005, sobre comercializacion y MORDAZA de distribucion de productos de seguros, ha dispuesto lo siguiente: 1. Alcance La presente Circular es de aplicacion a los corredores de seguros personas juridicas a que alude el articulo 337º de la Ley General, en adelante corredores de seguros. 2. MORDAZA de la Informacion La informacion contenida en el Anexo I "Informacion sobre fuerza de ventas" y en el Anexo III "Informacion sobre contratos de comercializacion del SOAT" de la Resolucion SBS Nº 510-2005, debera ser presentada con periodicidad semestral y trimestral, respectivamente y dentro de los 15 dias siguientes al cierre del periodo correspondiente, utilizando el sistema que se indica en los numerales siguientes. 3. Remision de la informacion por medios electronicos La informacion senalada en el numeral anterior debera ser remitida a esta Institucion, a traves de su pagina Web institucional, utilizando la siguiente direccion: http://www.sbs.gob.pe/PortalSBS/Seguros/registros/ fzavta_login.asp Para efectos de la remision, los corredores de seguros deberan seguir las instrucciones que se detallan en el anexo que forma parte de la presente Circular, y que se publica en el MORDAZA institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. 4. MORDAZA de la MORDAZA de remision de informacion Una vez ingresada y remitida la informacion, el sistema generara una MORDAZA que acredite su envio, la misma que debera ser impresa y remitida a esta Superintendencia debidamente suscrita por el representante legal del corredor de seguros, caso contrario se tendra por no presentada la informacion. 5. Sanciones El incumplimiento de las disposiciones de la presente Circular, sera causal de infraccion y se sancionara de

315455-1

Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, designandolo en el Despacho de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas Sede Huancayo
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 210-2009-MP-FN
MORDAZA, 19 de febrero de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Nombrar al doctor Fredy MORDAZA MORDAZA Munico, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, designandolo en el Despacho de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas - Sede Huancayo. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, Fiscal Coordinadora del Despacho de la Fiscalia de la Nacion, ante la Seccion de Asuntos para Narcoticos (NAS) y DEA, de la Embajada de Estados Unidos de Norteamerica y demas organismos vinculados en la lucha contra el Trafico Ilicito de Drogas y delitos conexos, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y al Fiscal mencionado.
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion

315455-2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.