Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2009 (21/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de febrero de 2009

Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de vistos, contiene informacion sobre composicion, gestores, poblacion, ubicacion y extension; caracteristicas economicas, fisico - ambientales, y de infraestructura vial; utilidad para el desarrollo territorial, en enfoque de competitividad, fortalecimiento institucional, gestiones financieras, ejecucion de proyectos, formulacion de instrumentos de gestion, uso de tecnologia, asistencia tecnica y desarrollo de capacidades; y, propuesta de estructura, objetivos estrategicos y recomendaciones para su fortalecimiento; que en su conjunto justifican la viabilidad tecnica para la constitucion de la "Mancomunidad Municipal VILBASCUR"; Que, por los Acuerdos de Concejo de vistos, las Municipalidades Distritales de Curpahuasi, MORDAZA MORDAZA y Vilcabamba, aprueban la constitucion de la "Mancomunidad Municipal VILBASCUR"; Que, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal VILBASCUR", aprobado mediante Acta de Constitucion de vistos por los Alcaldes de las Municipalidades que integran esta Mancomunidad, senala como fines de la misma los siguientes: a) Instalar y sostener un servicio comun de apoyo; b) Promover e impulsar el desarrollo economico y social; c) Promocionar y ejecutar proyectos de desarrollo sostenible; d) Ejecutar acciones, convenios y proyectos conjuntos entre las municipalidades mancomunadas; e) Elaborar, gestionar, promover e implementar proyectos ante entidades nacionales e internacionales, publicas y/o privadas, que busquen y auspicien el desarrollo economico, productivo, social y cultural; pudiendo para ello gestionar recursos financieros, humanos y tecnicos ante distintas MORDAZA, en concordancia con las normas vigentes sobre la materia; f) Procurar mejores niveles de eficiencia y eficacia en la gestion de los gobiernos locales a traves del cumplimiento de las normas de transparencia, rendicion de cuentas y acceso a la informacion; propiciando la participacion, la modernizacion de la gestion municipal, y los procesos de integracion y desarrollo economico local; y, g) Desarrollar e implementar planes y experiencias conjuntas de desarrollo de capacidades, asistencia tecnica e investigacion tecnologica en convenio con universidades, institutos superiores, y otras entidades educativas publicas y privadas; Que, el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal VILBASCUR", contiene informacion sobre denominacion, domicilio, ambito territorial, objeto, funciones, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, condiciones para la admision, renuncia y separacion de sus miembros, requisitos para su modificacion y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; de este modo, se ha dado cumplimiento al contenido exigido para la elaboracion del Estatuto de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, de conformidad a la Solicitud de Inscripcion, Informe Tecnico de Viabilidad, Acuerdos de Concejo, Acta de Constitucion y Estatuto de la "Mancomunidad Municipal VILBASCUR", se ha cumplido con lo establecido por los principios, objetivos y requisitos mencionados en los articulos 3º, 4º y 5º de la Ley Nº 29029, y con lo dispuesto en el articulo 4º, de la Resolucion Ministerial Nº 016-2008PCM; Que, acorde con el Informe Nº 011-2009 - PCM/SDOGI-MIRA, procede que la Secretaria de Descentralizacion, mediante la resolucion correspondiente, disponga la inscripcion de la "Mancomunidad Municipal VILBASCUR", en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29029, la Resolucion Ministerial Nº 016-2008-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizacion de Inscripcion de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, a la "Mancomunidad Municipal VILBASCUR"; integrada por las Municipalidades Distritales de Curpahuasi, MORDAZA MORDAZA y Vilcabamba, en la Provincia de Grau, en el Departamento de Apurimac. Articulo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal VILBASCUR" como sigue: - Presidente: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Vilcabamba.

- Vicepresidente: MORDAZA Pumacayo MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Bastidas. - Vocal: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Curpahuasi. Articulo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Acta de Constitucion y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal VILBASCUR", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Independientemente de ello, el Estatuto y los actos que se ejecuten bajo su MORDAZA, deberan sujetarse a las demas normas aplicables, conforme sea necesario. Articulo 4º.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion Secretarial en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm. gob.pe/sd. Articulo 5º.- Vigencia La presente Resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario de Descentralizacion

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AGRICULTURA
Relacion de productos biologicos formulados registrados en el mes de enero de 2009
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 044-2009-AG-SENASA-DIAIA
La MORDAZA, 9 de febrero de 2009 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se creo el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) como encargado de desarrollar y promover la participacion de la actividad privada para la ejecucion de los planes y programas de prevencion, control y erradicacion de plagas y enfermedades que inciden con mayor significacion socioeconomica en la actividad agraria; siendo a su vez, el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme con lo senalado por el Articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene entre otras funciones y atribuciones, las de conducir y mantener el sistema de registro y actividades post-registro de insumos agropecuarios; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, establece que la Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene a su cargo, entre otras a la Subdireccion de Insumos Agricolas; Que, por Decreto Supremo Nº 16-2000-AG, se aprueba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, disponiendo en su Articulo 53° que el SENASA publicara mensualmente la relacion de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA registrados en el mes anterior; Que, la Tercera Disposicion Transitoria del Reglamento acotado menciona que en tanto no se disponga de reglamentacion especifica para el registro y control de productos biologicos se aplicaran las disposiciones referentes al registro de estos, contenidas en el Decreto Supremo Nº 15-95-AG; Que, el Articulo 12º del Reglamento sobre el Registro, Comercializacion y Control de Plaguicidas Agricolas y Sustancias Afines, aprobado con Decreto Supremo Nº 1595-AG, y actualmente aplicable solo para el registro de los productos biologicos formulados, senala que el SENASA publicara mensualmente la relacion de plaguicidas registrados en el mes anterior; Que, mediante Memorandum Nº 526-2009-AGSENASA-DIAIA-SIA de fecha 9 de febrero de 2009, la

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