Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2009 (11/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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DECRETA:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de MORDAZA de 2009

oficio previsto en el numeral 1.3 del articulo IV de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 371323-3

Articulo 1º.- Precision de la facultad transferida a los Gobiernos Regionales Precisar que la facultad relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generacion de energia electrica con potencia instalada mayor a 500 kW y menor a 10 MW, prevista en el Anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, comprende tanto el otorgamiento de autorizacion para la generacion de energia electrica con potencia instalada mayor a 500 kW y menor a 10 MW, como el otorgamiento de concesiones definitivas para generacion con Recursos Energeticos Renovables (RER) con potencia instalada mayor a 500 kW y menor a 10 MW, siempre que se encuentren en la respectiva region. Articulo 2º.- Sustitucion de autorizaciones otorgadas Las autorizaciones para generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables (RER) cuya potencia sea mayor a 500 kW y menor a 10 MW, deberan ser sustituidas de oficio por parte los Gobiernos Regionales, dentro del MORDAZA de sus competencias, a efectos de adecuar sus alcances a lo dispuesto por el penultimo parrafo del articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, dentro del plazo de ciento ochenta (180) dias calendario contados a partir de la vigencia de la presente norma. En concordancia con lo establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 1002, dicha MORDAZA legal no es de aplicacion a la actividad de generacion de electricidad con RER que al 02 de MORDAZA de 2008 ya se encontraba en operacion comercial. Articulo 3º.- Refrendo y Vigencia El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas, y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Solicitudes de modificacion de autorizaciones Las solicitudes de modificacion de autorizaciones para generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables (RER), cuya potencia sea mayor a 500 kW y menor a 10 MW, cuyo objeto tuvo por finalidad el acogimiento a la Primera Disposicion Modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1002, y que fueran presentadas hasta la fecha de publicacion del presente Decreto Supremo a la Direccion General de Electricidad, deberan encauzarse a traves de los Gobiernos Regionales correspondientes, salvo que a la fecha de vigencia del presente Decreto Supremo hayan concluido los respectivos procedimientos administrativos, en aplicacion del MORDAZA de impulso de

Aprueban modificacion al Contrato de Concesion Nº 253-2005
RESOLUCION SUPREMA Nº 055-2009-EM MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2009 VISTO: El Expediente N° 11137505, organizado por Peruana de Energia S.A.A., persona juridica inscrita en el asiento B 0001 de la Partida N° 03021511 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica "La Virgen"; y la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion N° 253-2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 060-2005-EM, publicada el 12 de octubre de 2005, la empresa Peruana de Energia S.A.A. es titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica La Virgen, que se ubicara en el departamento de MORDAZA, utilizando los recursos hidricos de los MORDAZA Tarma y Quebrada Guayabal, con una capacidad instalada de 58 MW, aprobandose el Contrato de Concesion N° 2532005, elevado a Escritura Publica el 21 de noviembre de 2005; Que, en virtud de la Resolucion Suprema N° 0332007-EM, publicada el 28 de MORDAZA del 2007, se aprobo a favor de Peruana de Energia S.A.A. la modificacion del Contrato de Concesion N° 253-2005, a fin de lo siguiente: a) ampliar el plazo para la ejecucion de las obras previsto en el Calendario de Ejecucion de Obras del proyecto, en el cual quedo estipulado que la ejecucion de las obras de la Central Hidroelectrica La Virgen tendra una duracion de 46 meses computados a partir de la fecha de aprobacion de la modificacion del contrato; y b) incrementar la potencia instalada de 58 MW a 64 MW;

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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